LEY 2829 2008

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - PROTECCIÓN PATRIMONIAL DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INMUEBLE DE CALLE 15 DE NOVIEMBRE DE 1889 N 1171 - PASAJE SASTRE - CALLE 15 DE NOVIEMBRE DE 1889 N 1171 - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES

Publicación:

22/09/2008

Sanción:

14/08/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/09/2008


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Catalóguese con nivel de Protección "Cautelar" en los términos establecidos por la Sección 10 "Protección Patrimonial" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al inmueble denominado "Pasaje Sastre" ubicado en la calle 15 de Noviembre de 1889 N° 1171, correspondiente a la Circunscripción 3, Sección 16, Manzana 58 de esta ciudad. Toda intervención que se realice en la edificación localizada en la mencionada manzana, no podrá superar la altura del arranque de las cúpulas existentes en la misma.

Art. 2°.- Incórporese el citado inmueble al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- Establécense las siguientes disposiciones particulares para la Manzana 59, Sección 16, Circunscripción 3:"Todas las construcciones que se realicen en la Manzana 59, Sección 16, Circunscripción 3, no podrán superar la altura del arranque de las cúpulas existentes en la edificación emplazada en la Manzana 58, Sección 16, Circunscripción 3."

Art. 4°.- Asiéntese en la documentación catastral correspondiente la catalogación establecida en el Artículo 1° y las disposiciones particulares establecidas en el Artículo 3° de la presente ley.

Art. 5°.- Comuníquese, etc.Santilli - Pérez

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2008.

En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2829 (Expediente N° 51.389/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 14 de agosto de 2008, ha quedado automáticamente promulgada el día 17 de septiembre de 2008.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Agencia Gubernamental de Control y al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 2829 cataloga con nivel de protección estructural el inmueble denominado Pasaje Sastre, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble del Art. 1 al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, del Capítulo 10.3.</p>