DECRETO 1181 2007

Síntesis:

APRUEBA EL TEXTO ORDENADO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 - ENCOMIENDA AL CONSEJO DEL PLAN URBANO AMBIENTAL LA CONFECCIÓN DE LA VERSIÓN DE DIFUSIÓN VECINAL DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

20/09/2007

Sanción:

23/08/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto los artículos 1.3.2, 1.4.1, 1.4.2 y 1.4.3 del Código de Planeamiento Urbano y el Expediente N° 84.553/06, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano establece que el Poder Ejecutivo deberá ordenar el texto de ese cuerpo normativo e incorporar periódicamente al mismo las modificaciones y agregados que se vayan aprobando, debiendo mantenerse inalterada la continuidad de su articulado;

Que para el cumplimiento de ese deber legal, la Dirección General de Interpretación Urbanística realizó el proyecto correspondiente, que cuenta con la conformidad de la Subsecretaría de Planeamiento y del Consejo del Plan Urbano Ambiental;

Que a los efectos de facilitar la comprensión y aplicación de las normas contenidas en el Texto Ordenado del Código de Planeamiento Urbano se procedió, oportunamente, a agregar al mismo la interpretación oficial de sus disposiciones;

Que, en otro orden de ideas, el artículo 1.4.2 del Código de Planeamiento Urbano establece que el Consejo del Plan Urbano Ambiental elaborará y mantendrá permanentemente actualizado un manual práctico y sencillo para el manejo del Código por parte de los/as vecinos/as;

Que en este sentido corresponde encomendar a dicho organismo la confección de la versión de difusión vecinal del Código de Planeamiento Urbano que por el presente se aprueba;

Por ello, conforme lo dispuesto por los artículos 1.3.2 y 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano y en uso de las facultades que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Texto Ordenado del Código de Planeamiento Urbano al 31 de diciembre de 2006, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2° - Encomiéndase al Consejo del Plan Urbano Ambiental, la confección de la versión de difusión vecinal del Código de Planeamiento Urbano que por el presente se aprueba en cumplimiento del artículo 1.4.2 de dicho ordenamiento.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, a la Subsecretaría de Planeamiento, al Consejo del Plan Urbano Ambiental y a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Cumplido, archívese.


ANEXOS

NOTA: La presente edición se integra con la Separata de Decreto N° 1.181/07, Texto Ordenado del Código de Planeamiento Urbano, para el año 2007. A partir de la fecha, los mismos pueden ser consultados en la página de internet de Boletín Oficial de G.C.A.B.A.:

Separata del BO 2772

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
DNU 2-10 Reglamenta la habilitación de los usos de casas de fiestas privadas, prevista en el CPU TO 1181-07
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la  Ley N° 5957 incorpora en la Sección 1 capítulo 1.2. Definición de términos técnicos , parágrafo 1.2.1.1 Relativos al uso, inciso b) De los tipos de uso la definición Centro de Entretenimiento Familiar, del Código de Planeamiento Urbano TO por Decreto N° 1181/07.</p><p>Articulo 2° incorpora en el Cuadro de Usos articulo 5-2-1  a) Agrupamiento Equipamiento, E) Cultura, Culto y Esparcimiento, V) Locales de diversión, el Uso: Centro de Entretenimiento Familiar.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 11/22 deroga el Decreto 1181/07.</p>
INTEGRA
<p>Art 1 de la Ley 4461, modificatorio del CPU, Decreto 1181-07, establece que el crédito por reserva de Capacidad Constructiva, podrá ser cedido en todo o en parte,según las previsiones del Título IV de la Sección III del Libro II del Código Civil, Ley Nacional 340,mientras no se hubiese agotado.</p>
REGLAMENTADA POR
Disp 11052-DGHP-09 aprueba Nomenclador de Habilitaciones y Código Informático, para la habilitación de los usos regulados por Ley 449 TO Dto 1181-07
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Ley 4461, modificatorio del CPU, TO Decreto 1181-07, establece que El Banco Ciudad, carta orgánica aprobada por Dto ley 9372-63, creará mecanismos que garanticen la transparenciaen la compra-venta de los créditos de la capacidad constructiva.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 3444, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4611 desafecta polígono delimitado por la línea de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Juramento, calles Zavalía, 11 de Septiembre y La Pampa, modificando el CPU, Texto Ordenado aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta polígono a Distrito APH 44.</p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12.44 APH 44, al capítulo 5.4, artículo 5.4.12.</p><p>Art. 4, suprime el punto 26 del Art. 5.4.13 del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 5, modifica las planchetas 3 y 6 del Plano de Zonificación.</p><p>Art. 6, incorpora al Atlas los Planos 5.4.12.44a y 5.4.12.44b.</p><p>Art. 7, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 44 Barrancas de Belgrano, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4463, incorpora inmueble catalogado al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Arts. 1, 2 y 3 de la Ley 4477, desafectan polígonos del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código de Planeamiento Urbano, T.O.  aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 4, afecta a Distrito U, Urbanización Determinada del CPU, al desarrollo denominado Nuevo Caballito, que como Anexo I forma parte de la presente. </p><p>Art. 5, aprueba las Normas urbanísitcas para el Distrito U, al desarrollo denominado Nuevo Caballito. </p><p>Art. 6, aprueba las Normas urbanísitcas para el Distrito U, al desarrollo denominado Nuevo Liniers, que como Anexo II forma parte de la presente.</p><p>Art. 7, aprueba las Normas urbanísitcas para el Distrito U, al desarrollo denominado Nuevo Palermo I, que como Anexo III forma parte de la presente.  </p><p>Art. 8, desafecta polígono de sus respectivos distritos de zonificación. </p><p>Art. 9, afecta al Distrito E3 -Equipamiento Local, a las áreas identificadas en el art. 8, desarrollo denominado Nuevo Palermo II, conforme a las normas urbanísticas detalladas en el Anexo IV.</p><p>Art. 20, encomienda al Poder Ejecutivo la incorporación en el Código de Planeamiento Urbano de las normas que como Anexo I y II forman parte de la presente, y modifica las Planchetas 7, 16, 20 y 31.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2500, deroga el acápite 8 del artículo 5.4.12.15 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 3445, cataloga inmueble con nivel de protección integral.</p><p>Art 2, incopora el inmueble catalogado por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3589, incorpora el parágrafo 5.4.12.22 Distrito APH 22 Plaza Belgrano y entorno, al Artículo 5.4.12 APH del Capítulo 5.4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, suprime punto 15 del Artículo 5.4.13. NUEVOS APH del Capítulo 5.4, del CPU.</p><p>Art. 3, modifica las planchetas 3 y 6 del Plano de Zonificación, según lo expresado en los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 4, reemplaza los Planos Barrancas de Belgrano y entorno Nro 5.4.13 del Atlas del CPU, por los Planos 5.4.12.22a y 5.4.12.22b que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p> Art. 5, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 22 Plaza Belgrano y entorno, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 3988, cataloga con nivel de protección cautelar inmueble de Av. Triunvirato 4802.  </p><p>Art 2, incopora el inmueble catalogado por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 4215, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incopora el inmueble catalogado por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4643, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art 2, incopora los inmuebles catalogados por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto Nro 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 3122, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art 2, incopora el inmueble catalogado por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Cap 10.3 Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5096, incorpora  los inmuebles catalogados por el Artículo 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4634, modifica el texto del Art. 4.11.2 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 10 de la Ley 5172, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Ribera Iguazú, al Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 11, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Alvarado.</p><p>Art. 12, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Luna.</p><p>Art. 13, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Orma.</p><p>Art. 14, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Pepirí y Diógenes Taborda.</p><p>Art. 15, incorpora los Planos Nro 5.4.6 (Nro a designar) que como Anexo II forma parte de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley Nro 2798, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto Nro 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 2769, afecta al Distrito de Zonificación AE (Nro a designar) a las parcelas frentistas del pasaje Bollini, entre French y Pacheco de Melo.</p><p>Art. 2, incorpora al Art. 5.4.7 Distritos AE del Código de Planeamiento Urbano, el parágrafo 5.4.7 (Nro a designar) Distrito AE (Nro a designar) Pasaje Bollini.</p><p>Art. 3, modifica la Plancheta Nro 12 del Plano de Zonificación, Año 2000 (Ley 449, Art. 125), del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley Nro 2442, Incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley Nro 2797, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 31 de la Ley 5235, elimina los subdistritos U31 b, d, e, f y j, y sus respectivos planos de delimitación, del texto del parágrafo 5.4.6.32 Distrito U31 del Código de<br />Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 32, incorpora el parágrafo 5.4.6.40 U-BARRIO NUEVOS, al citado Código.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley5094, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 4608, incorpora la Estación de Trenes de Villa Pueyrredón del ex Ferrocarril Gral. Mitre , al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4645, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar. </p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 7 de la Ley Nro 5215: Incorpora el parágrafo 5.4.12.36. Distrito APH 36 Plaza Arenales y Estación Devoto  y Zona de Amortiguación al Artículo 5.4.12 AREAS DE PROTECCION HISTORICA APH del Capítulo 5.4 NORMAS ESPECIFICAS PARA CADA DISTRITO  del CPU TO Decreto Nro 1181-07<strong>.</strong></p><p>Art. 9 de la Ley 5215: Cataloga con sus correspondientes Niveles de Protección en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3  Catalogación del CPU, TO Decreto Nro 1181-07, el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 36  Plaza Arenales y Estación Devoto<strong>. </strong></p><p>Art 10 de la Ley Nro 5215: Incorpora los inmuebles catalogados por el Artículo 9 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del CPU  de la Ciudad de Buenos Aires, TO Decreto Nro. 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3137, desafecta predio del distrito de zonificación E3 y lo afecta a Distrito E4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, aprueba las Normas Urbanísticas, como Anexo II, artículo 5.4.3.4 Distrito E4 - Equipamiento Especial.  </p><p>Art. 3, modifica el Parágrafo 5.4.3.4 E4 - Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, en su punto 5), Enumeración, según lo especificado en los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 4, incorpora el Pabellón Buschiazzo de la calle Gascón 450, el Edificio Policlínico de la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 4230/36 y la Capilla al listado de inmuebles catalogados con nivel de protección Estructural, de acuerdo con lo especificado en el Anexo III.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4646, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3123, desafecta predio del Distrito E3 de Zonificación, y lo afecta al Distrito de Zonificación E4 (Nro a designar), Estadio Diego Armando Maradona de la Asociación Atlética Argentinos Juniors.</p><p>Art. 2, incorpora texto en el Punto 5), Enumeración, del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, incorpora texto en el Punto 6) Normas Especiales del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 Equipamiento Especial del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4644, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3042 desafecta polígono, de los respectivos distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta polígono al Distrito APH 45 Parque Avellaneda y entorno.</p><p>Art. 3 incorpora parágrafo 5.4.12.45. Distrito APH 45 Parque Avellaneda y entorno, al Art. 5.4.12 ÁREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA APH del Capítulo 5.4. NORMAS ESPECÍFICAS PARA CADA DISTRITO.</p><p>Art. 4 suprime el punto 30 del Art. 5.4.13. NUEVOS APH del Capítulo 5.4.</p><p>Art. 5 modifica las planchetas N° 21 y 22 del Plano de Zonificación .</p><p>Art. 6 incorpora Planos 5.4.12.45a, 5.4.12.45b, 5.4.12.45c, 5.4.12.45d, 5.4.12.45e y el Cuadro de Tipologías N° 5.4.12.45.al Atlas.</p><p>Art. 7 incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 45 Parque Avellaneda y Barrio Marcelo T. de Alvear al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación.</p><p>Art. 8 incorpora inmuebles singulares del entorno del Distrito APH 45 Parque Avellaneda y entorno al Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad de Buenos Aires del Capítulo 10.3. Catalogación.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4607, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar. </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4476, desafecta de su actual destino al Distrito E4-9 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, To aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta el Distrito E4-9 a Centro de Transferencia de Cargas Sur.</p><p>Art. 3, incorpora texto en el Punto 6 del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4.</p><p>Art. 5, modifica el nombre del Distrito E4-9, en el Punto 5 del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 -Equipamiento Especial, conforme lo normado en el artículo 2 de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3425, en su art. 1, desafecta inmueble del distrito de zonificación R2al del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta la parcela referida en el artículo 1, a zonificación Urbanización Parque-UP, según delimitación en distritos del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5095, incorpora inmuebles catalogados al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Arts. 1 y 3 de la Ley 4474, desafectan polígonos de sus respectivos distritos de zonificación.</p><p>Arts. 2 y 4, afectan a Distrito U, Urbanización Determinada, los polígonos referidos en los artículos 1 y 3, respectivamente. </p><p>Art. 5, afecta a Distrito E4 Equipamiento Especial del CPU, al desarrollo Centro de Transbordo Multimodal Estación Sáenz.</p><p>Art. 6, aprueba las Normas urbanísticas para el Distrito U, Urbanización Determinada, número correlativo a designar del CPU, al desarrollo denominado ESTACIÓN BUENOS AIRES</p><p>Art. 7, aprueba las Normas urbanísticas para el Distrito U, Urbanización Determinada, número correlativo a designar del CPU, al desarrollo denominado ESTACIÓN SÁENZ.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3621, en su art. 1, desafecta polígono del distrito de zonificación E 4-48 Mercado de Abasto del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.12.32 Distrito APH 32, Mercado de Abasto, al Artículo 5.4.12, del Capítulo 5.4.</p><p>Art. 3, suprime el punto 13 del Art. 5.4.13 del Capítulo 5.4, y el punto 48 del artículo 5.4.3.4 distrito E 4 del CPU.</p><p>Art. 4, modifica la Plancheta 12 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos 1 y 2. </p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU, los Planos 5.4.12.32a, 5.4.12.32b y 5.4.12.32c, que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 6, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 32 Mercado de Abasto, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3685, incorpora el parágrafo 5.4.12.21 Distrito APH 21 Edificios Administrativos del Antiguo Matadero, al Artículo 5.4.12 del Capítulo 5.4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 2, suprime el punto 31 del Artículo 5.4.13 del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 3, modifica la Plancheta 27 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los arts. 1 y 2.</p><p>Art. 4, reemplaza los Planos Antiguo Matadero 5.4.13 (Plano de Delimitación y Plano de Inmuebles Catalogados), por los Planos número 5.4.12.21a y 5.4.12.21b, que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 5, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 21 Edificios Administrativos del Antiguo Matadero, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p><p>Art. 6, suprime el inmueble allí indicado, del Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Sección 10 del CPU, y lo incorpora al Listado de Inmuebles Catalogados del Distrito APH 21 Edificios Administrativos del Antiguo Matadero, aprobado por el art. 5. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3387, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2847, en su art. 1, incluye en la Sección 1, Capítulo 1.2, parágrafo 1.2.1.1, inciso b) del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, la definición de Casa de Cuidados Paliativos.</p><p>Art. 2, incluye en el Cuadro de Usos del CPU, en el artículo 5.2.1 a), sección Equipamiento, C) Establecimientos de Sanidad, el Uso Casa de Cuidados Paliativos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3421, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5216, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, con niveles de protección cautelar y estructural, al listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3590, en su art. 1, cataloga con sus respectivos niveles de protección diversos inmuebles.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados al Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2869, en su art. 1, desafecta polígono del Distrito de Zonificación I2, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta el polígono mencionado en el art. 1, a Distrito de Zonificación U 37 Barrio Comandante Tomás Espora.</p><p>Art. 4, aprueba el Plano 5.4.6.38 Distrito U 37 Barrio Comandante Tomás Espora.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5197, desafecta polígono del Distrito U31 de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 2, afecta polígono al Distrito de Urbanización Determinada U-Barrio Cildañez (número a designar) del CPU, según Plano 5.4.6 (número a designar), que como Anexo I forma parte de la presente ley. </p><p>Art. 5, incorpora el texto del Anexo II, al Parágrafo 5.4.6 (número a designar) Barrio Cildañez, a la Sección 5 del CPU.</p><p>Art. 6, reemplaza el Plano 5.4.6.32c por el Plano 5.4.6 (número a designar), y modifica las Plancheta 22 y 28 de zonificación del CPU, conforme lo establecido en la presente Ley.</p><p>Art. 7, incorpora el Plano 5.4.6 (número a designar), correspondiente al Parágrafo  <br />5.4.6 (número a designar) Barrio Cildañez, que como Anexo I forman parte de la presente,<br />al Atlas del CPU, AD 610.42.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4232 desafecta polígono del Distrito U31 de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 modifica el Punto 2) Delimitación del parágrafo 5.4.6.32 distrito U31.</p><p>Art. 3 afecta polígono al Distrito de Urbanización Determinado U-BARRIO INTA N (a designar).</p><p>Art. 4 afecta Fracción al dominio público y ratifica apertura y cesión de vías públicas.</p><p>Art. 5 ratifica amanzanamiento de Fracción.</p><p>Art. 6 ratifica modificaciones de manzanas.</p><p>Art. 9 desafecta Manzana del dominio público.</p><p>Art. 11 incorpora el texto del Anexo III al Parágrafo 5.4.6 (nro. a designar) Barrio INTA a la Sección 5.</p><p>Art. 12 deroga el Plano 5.4.6.32e, e incorpora el Plano 5.4.6 (nro. a designar), correspondiente al Parágrafo 5.4.6. (Nro. a designar) Barrio INTA, al Atlas del CPU.</p><p>Art. 13 modifica las Planchetas 27 y 31 de zonificación.</p><p>Art. 14 Encomienda al Poder Ejecutivo la adecuación del parágrafo 5.4.6.32, del Distrito U31 en función de lo normado por la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3796, en su art.1, incorpora el parágrafo 5.4.7, número a designar, al Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, modifica la Plancheta 6 del Plano de Zonificación del CPU, e incorpora el Plano 5.4.7 (número a designar). </p><p>Art. 3, cataloga inmuebles con el Nivel de Protección que en cada caso se indica. </p><p>Art. 4, incorpora los inmuebles catalogados por el Art. 3, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3989, en su art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3470, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 4157, modifica el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 1, desafecta del Distrito de Zonificación C3II parcelas frentistas a la calle Washington acera impar desde el deslinde del Distrito de urbanización determinado U28 Belgrano R hasta su intersección con vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre.</p><p>Art. 2, afecta parcelas mencionadas en el Artículo 1 al Distrito de Zonificación R1b1.</p><p>Art. 3, desafecta polígono del Distrito de Zonificación C3II.</p><p>Art. 4, afecta las parcelas referidas en el art. 3 al Distrito de Zonificación R2b1.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2793, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.   </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3552, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, t.o. aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5301, cataloga con nivel de Protección Cautelar, en los términos del<br />Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO Decreto 1181-07,  el inmueble sito en la calle Chile 1507. </p><p>Art. 2 ,incorpora  el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el<br />Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3121, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Singulares Catalogados del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3076, cataloga con Nivel de Protección Estructural al Comité de la Capital Federal de la Unión Cívica Radical.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>El Anexo de la Ley 4905 modifica el texto de la Ley 4876, modificatoria del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 1 del Anexo de la Ley 4905, incorpora al inciso b) -DE LOS TIPOS DE USO- del parágrafo 1.2.1.1 -Relativos al Uso- del Capítulo 1.2 -Definición de Términos Técnicos- del CPU, la definición de CLUBES DE BARRIO.</p><p>Art. 2 del Anexo incorpora texto en el parágrafo 5.5.1.4 -Cultura, Culto y Esparcimiento-, como parágrafo 5.5.1.4.2.</p><p>Art. 3 del Anexo incorpora al Cuadro de Usos 5.2.1.a) del CPU el rubro Club de Barrio en el agrupamiento Cultura, Culto y Esparcimiento, Clase III Locales Deportivos, conforme se indica en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte del presente.</p><p>Art. 4 incorpora referencia 41 a las Referencias Guarda o Estacionamiento Vehicular, del Cuadro de Usos 5.2.1 del CPU.</p><p>Art. 7 modifica numeración correlativa del parágrafo 5.5.1.4 del mencionado Código, desde el ex 5.5.1.4.2 Cancha de Tenis, Res. C.P.U.A- 46/1982, B.M. 16885 publicado 19/10/1982- y sus posteriores, por 5.5.1.4.3. Cancha de Tenis- y sus sucesivos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4876, incorpora texto en el parágrafo 5.5.1.4.2 Clubes de Barrio, en el punto 5.5.1.4 Cultura, Culto y Esparcimiento del Capítulo 5.5.1, Usos, del Título 5.5 de la Sección 5 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, modifica la numeración correlativa de los parágrafos del CPU desde el ex parágrafo 5.5.1.4.2, Cancha de Tenis Res. 46-CPUA-82, y sus posteriores, por 5.5.1.4.3.Cancha de Tenis y sus sucesivos del parágrafo.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4688, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural en los términos del Art 10.3.3 del Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4579, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano,TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la ley 4609, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capitulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3396, desafecta del Distrito RUA las parcelas incluidas en el polígono determinado por la Av Congreso y las calles Holmberg, La Pampa y Donado, del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado aprobado por Decreto 1181-07.</p><p> Art. 3, desafecta del Distrito RUA, las parcelas 24 a 34 de la Manzana 93, Sección 51, Circunscripción 16.</p><p>Art. 4, afecta las parcelas mencionadas en el artículo 3, al Distrito R2bI.</p><p>Art. 5, desafecta parcelas del Distrito R2bI.</p><p>Art. 6, afecta parcela al Distrito R2bl.</p><p>Art. 7, afecta parcelas enumeradas en el artículo 2 al Distrito U (Nro a designar) Barrio Parque Donado Holmberg.</p><p>Art. 8, afecta parcelas enumeradas en el artículo 5 al Distrito U (Nro a designar) Barrio Parque Donado Holmberg.</p><p>Art. 9, aprueba las Normas Urbanísticas para el Distrito U (Nro a designar) Barrio Parque Donado Holmberg.</p><p>Art. 10, incorpora el texto del Anexo I, Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Normas Urbanísticas Barrio Parque Donado-Holmberg a la Sección 5 del CPU.</p><p>Art. 11, incorpora los Planos correspondientes al Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Barrio Parque Donado-Holmberg, que como Anexo II forma parte de la presente, al Atlas del CPU.</p><p>Art. 13, modifica las Planchetas 5 y 6 del CPU, conforme lo establecido en la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4147  lncopora el inmueble citado en el art 1 al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Art 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3640, cataloga inmuebles con diversos niveles de protección. </p><p>Art. 2 de la Ley 3640, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Ley 3637, desafecta polígono del distrito de zonificación C3II del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 2, afecta el polígono mencionado en el art. 1, al Distrito APH 23 -Puente Alsina- del CPU.</p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12.23. Distrito APH 23 -Puente Alsina-, al Artículo 5.4.12 del CPU. </p><p>Art. 4, suprime el punto 24 del Artículo 5.4.13 del Capítulo 5.4, del CPU.</p><p>Art. 5, modifica la planchetas 23 y 29 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en el art. 2. </p><p>Art. 6, incorpora al Atlas del CPU los Planos 5.4.12.23a y 5.4.12.23b, que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 7, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 23 Puente Alsina, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3551, cataloga inmuebles con sus correspondientes niveles de protección, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 4, elimina la Av. Don Pedro de Mendoza entre Necochea e Irala del Listado de Arterias Integrantes de la Red de Tránsito Pesado que constituye el Anexo I de la Ley 216, contenido en la Sección 6 del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art. 5, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3942, desafecta parcela del Distrito de Zonificación R2aII del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta la parcela mencionada en el Art. 1, a Distrito de Zonificación Urbanización Parque -UP.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4065, incorpora la chimenea localizada en el inmueble especificado en el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3822, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3934, incorpora el parágrafo 5.4.12.31 Distrito APH 31, Entorno Plaza Lavalle, al Artículo 5.4.12 del Capítulo 5.4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, suprime el punto 5 del Artículo 5.4.13 del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 3, modifica la plancheta 13 del Plano de Zonificación del CPU. </p><p>Art. 4, incorpora al Atlas del CPU los Planos 5.4.12.31a, 5.4.12.31b y 5.4.12.31c, que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 5, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 31 Entorno Plaza Lavalle, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4687, cataloga inmueble con nivel de protección cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 3640, modifica el Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad, previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, en función de lo establecido en los artículos precedentes.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3683, cataloga inmuebles con sus respectivos Niveles de Protección, en los términos del Art. 10.3.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3638, desafecta polígono del distrito de zonificación E3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora parágrafo 5.4.12.19. Distrito APH 19 Casa Bomba Caballito al Artículo 5.4.12 del Capítulo 5.4.</p><p>Art. 3, suprime el punto 19 del Artículo 5.4.13. NUEVOS APH del Capítulo 5.4.</p><p>Art. 4, modifica la plancheta 17 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 5, incorpora los Planos 5.4.12.19a y  5.4.12.19b al Atlas del CPU, los cuales como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 6, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 19 Casa Bomba Caballito al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3536, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3471, desafecta polígono delimitado por los ejes de las calles Tinogasta, Zamudio y Espinosa del distrito de zonificación R2bII del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, y lo afecta al Distrito APH 28 Casas Baratas en Barrio Agronomía.</p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.12.28. Distrito APH 28 Casas Baratas en Barrio Agronomía, al Artículo 5.4.12 ÁREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA APH del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 3, suprime el punto 27 del Artículo 5.4.13. NUEVOS APH, del Capítulo 5.4.</p><p>Art. 4, modifica la Plancheta 10 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU los Planos 5.4.12.28a, 5.4.12.28b y el Cuadro de Tipologías 5.4.12.28, que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 6, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 28 Casas Baratas en Barrio Agronomía, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 5141, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 3, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4267, modifica los planos 5.4.12.50 a) y b) del Atlas del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 5142, incorpora el inmueble catalogado por el Artículo 3, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3422, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4214, desafecta del Distrito de Zonificación U17 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, la Parcela 1 de la Manzana 7E.</p><p>Art. 2, afecta el predio indicado en el artículo 1 al Subdistrito U31m.</p><p>Art. 3, desafecta del Distrito de Zonificación E2 del CPU la Manzana 20, Sección 78, Circunscripción 1.</p><p>Art. 4, afecta la manzana mencionada en el artículo 3 al Subdistrito U31. </p><p>Art. 5, sustituye el texto del Punto 2), Delimitación, del Parágrafo 5.4.6.32, Distrito<br />U31, del CPU.</p><p>Art. 6, sustituye el texto del Punto 1), Delimitación y zonificación, del Parágrafo<br />5.4.6.18 Distrito U17 -Villa Soldati-, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4144, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catalogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3535 incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3125, sustituye el texto del Parágrafo 5.4.6.10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, por el que como Anexo I forma parte de la presente.</p><p>Art. 2, sustituye el Plano 5.4.6.10) del CPU, por el que como Anexo II forma parte de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 3538, incorpora incisos en el parágrafo 5.4.3.4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art.4, incorpora los inmuebles catalogados por los artículos 1 y 2 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. del CPU.</p><p>Art. 6, incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano los planos 5.4.3.4 33 -Hospital Neuropsiquiátrico José T. Borda- y 5.4.3.4 34 -Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Braulio Moyano-.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3935 incorpora inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
INTEGRADA POR
<p>Ley 3999 -  La aprobación del Régimen catastral para la Ciudad de Buenos Aires, guarda concordancia con los objetivos del  Registro Único Ordenado por Inmueble, que fuera establecido en el parágrafo 2.3.2 del CPU TO Dec. 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3686, incorpora texto como Capítulo 4.13 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, reemplaza el Artículo 5.2.4.3 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3103, incorpora el inmueble individualizado en el Artículo 1 al Listado de Inmuebles Catalogados, correspondiente al Artículo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3074 modifica el parágrafo 5.4.6.5, Distrito U4 Barrio Juan XXIII, inciso 5) del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3040 cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3 del Cap 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 Incorpora inmuebles catalogados por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2868 cataloga inmuebles con Nivel de Portección Estructural  en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-08.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2829 cataloga con nivel de protección estructural el inmueble denominado Pasaje Sastre, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble del Art. 1 al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, del Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3820 incorpora inmuebles catalogados por el Art. 1 al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 -Catalogación- del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4691, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2984, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2606 Desafecta polígono del Distrito U23 Barrio Nuevo Belgrano parágrafo 5.4.6.24  del CPU,  TO aprobado por Dto. 1181-07</p><p>Art. 2 afecta polígono citado en el art. 1 al Distrito R2b1 (número a designar), parágrafo 5.4.1.4, inc. a)</p><p>Art. 3 incorpora texto en el Punto 7) Casos Particulares del inciso a) R2b1 del parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b.</p><p>Art. 5 elimina párrafo del Punto 4.3.1 Edificación en parcela mayor correspondiente a la Zona 1 del parágrafo 5.4.6.24, Distrito U23.</p><p>Art. 6 Sustituye el texto del Punto 5 Zona 2 del parágrafo 5.4.6.24 Distrito U23- Barrio Nuevo Belgrano.</p><p>Art. 7, Modifica el texto de la normativa de la Zona 2 contenida en el Anexo llb del parágrafo 5.4.6.24, según lo establecido para la misma en el artículo 5.</p><p>Art. 8, Elimina el texto del Punto 14) del parágrafo 5.4.6.24 del Código de Planeamiento Urbano e incorpora nuevo texto.</p><p>Art 9 desafecta manzana del Distrito U23- Barrio Nuevo Belgrano parágrafo 5.4.6.24</p><p>Art 10 afecta manzana al Distrito de Zonificación E4 Instituto de Rehabilitación Psicofísica</p><p>Art 11 afecta Manzana al Distrito de Zonificación E4 N° a designar, Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad</p><p>Art 12 Cataloga con nivel de protección estructural los edificios que forman parte del conjunto Instituto Nacional de Rehabilitación -Ex Ciudad Infantil</p><p>Art. 13 -incorpora en el Punto 3 Usos Permitidos de la Ordenanza 40693, consignada en el parágrafo 5.4.6.24 del Código de Planeamiento Urbano, el uso Vivienda colectiva</p><p>Art 14 reemplaza el Plano 5.4.6.24a - Distrito U23 Barrio Nuevo Belgrano que integra el Atlas.</p><p>Art. 15 suprime gráficos en la Figura 5.4.6.24c- Distrito U23 Barrio Nuevo Belgrano que integra el Atlas. </p><p>Art. 16 suprime gráficos de la Figura 5.4.6.24d- Distrito U23 Barrio Nuevo Belgrano que integra el Atlas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4103, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados en el artículo 1, al Catálogo previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 2591, desafecta polígono del Distrito R2aI y Zona II del Distrito U29, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 2, deroga los Distritos de Arquitectura Especial AE5 y AE7.</p><p>Art. 3, afecta Distrito APH 30 Av Alvear y su entorno.</p><p>Art. 4, incorpora parágrafo 5.4.12.30. Distrito APH 30 al artículo 5.4.12. </p><p>Art. 5, suprime el punto 6 del art 5.4.13.</p><p>Art. 6, modifica Plancheta 13.</p><p>Art. 8, incorpora Listado al Catálogo del Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2794, incorpora el inmueble referido en el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4367, incorpora el Punto 7 en el parágrafo 5.4.1.1, Capítulo 5.4, en la Sección 5 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4, sustituye el texto del Inciso 2) Subdivisión, del Parágrafo 5.4.6.14 Distrito U13 Catalinas Norte, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 5, elimina párrafo del Inciso 3) Tipología Edilicia, del Parágrafo 5.4. 6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 6, sustituye el texto del Inciso 3) Tipología Edilicia, del Parágrafo 5.4. 6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 7, sustituye el último párrafo del Inciso 3) Tipología Edilicia, del Parágrafo 5.4. 6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 8, incorpora el item g) Normas especiales Parcelas LM1, LM10 y LM13 al Inciso 3) Tipología Edilicia, del Parágrafo 5.4. 6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 9, sustituye el texto del Inciso 4) Usos, del Parágrafo 5.4.6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 10, sustituye el texto del ítem b) del Inciso 7) Exigencias varias, del Parágrafo 5.4.6.14 Distrito U13.</p><p>Art. 11, deroga toda norma que se oponga a las normas establecidas en la presente para las Parcelas LM1, LM10 y LM13, del Parágrafo 5.4.6.14 Distrito U13 Catalinas Norte, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2503, incorpora el parágrafo 5.4.7.21, Pasaje Volta, al artículo 5.4.7, Distritos de Arquitectura Especial - AE del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2891, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto por el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4314, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4466, afecta el polígono descripto en el Articulo 1, a Distritos Área de Reserva Ecológica y Urbanización Parque, según el plano que se adjunta como Anexo I.</p><p>Art. 3, modifica las Planchetas de Zonificación  1 y  3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2429 Desafecta predio del Distrito de Zonificación UP- Urbanización Parque- del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Dec. 1181-07</p><p>Art. 2 afecta parcelas a Distrito E2.</p><p>Art. 3, encomienda al poder ejecutivo la modificación de la Plancheta 23 del CPU, de acuerdo a los términos de la presente Ley. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4190: Incorpora texto al artículo 8.3.1.1 inciso a), denominado Área de Desarrollo Prioritario 1, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 3550, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2828, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 3225, cataloga con Nivel de Protección Cautelar, según los términos del Capítulo 10.3, Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3576, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5117, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3472 modifica el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art.1: Incorpora el parágrafo 5.4.12.18. Distrito APH 18, Santa Casa de Ejercicios, al Artículo 5.4.12 area Protección Histórica del CPU.</p><p>Art.2: Suprime el punto 7 del Artículo 5.4.13. NUEVOS APH del Capítulo 5.4, Normas específicas para cada distrito del CPU.</p><p>Art.3: Modifica la  plancheta 18 del Plano de Zonificación del CPU.</p><p>Art. 5: Incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 18 Santa Casa de Ejercicios al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3912, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Cödigo de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 3821, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3789, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 3915, incorpora la referencia 40 a las Referencias de Estacionamiento Vehicular del Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora la referencia VIII a las Referencias de Carga y Descarga del Cuadro de Usos 5.2.1 del CPU.</p><p>Art. 3, modifica el Cuadro de Usos 5.2.1 a) del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3852, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capitulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2722 Desafecta polígono, del Distrito de zonificación R2aII del Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta polígono, al Distrito de zonificación R2bI.</p><p>Art. 3 desafecta polígono del distrito de zonificación R2aI.</p><p>Art. 4 afecta polígono al distrito de zonificación R2bI.</p><p>Art. 5 Desafecta polígonos de sus respectivos Distritos de Zonificación.</p><p>Art. 6 Afecta polígono a Distrito de Zonificación R2bIII.</p><p>Art. 7 desafecta polígono del distrito de zonificación C3 I.</p><p>Art. 8 afecta polígono a Distrito de Zonificación C3II. </p><p>Art. 9 desafecta polígono del distrito de zonificación C3I.</p><p>Art. 10 afecta polígono al Distrito de Zonificación R2bIII.</p><p>Art. 11, incorpora texto como punto 7.3 al inciso 7, Casos Particulares, del inciso a) Distrito R2bI del Parágrafo 5.4.1.4.</p><p>Art. 12 modifica las Planchetas 11, 12, 16 y 17 del Plano de Zonificación.</p>
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<p>Art. 2 de la Ley 3533, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el  Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3642, desafecta polígono del distrito de zonificación R2bII del Código de Planeamiento Urbano y lo afecta al Distrito APH 27, Barrio San Vicente de Paul. </p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.12.27 Distrito APH 27, al artículo 5.4.12 del Capítulo 5.4 del CPU, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 3, suprime el punto 23 del Artículo 5.4.13, NUEVOS APH, del Capítulo 5.4, NORMAS ESPECÍFICAS PARA CADA DISTRITO (A.D.610.19) del CPU. </p><p>Art. 4, modifica la Plancheta 23 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los Artículos 1 y 2.</p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU los Planos 5.4.12.27a y 5.4.12.27b que como Anexo I forman parte de la presente. </p><p>Art. 6, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 27 Barrio San Vicente de Paul, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3620, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3639, desafecta polígono de los distritos de zonificación R2bII y C3II del Código de Planeamiento Urbano, y lo afecta a Distrito APH 20, Casa Bomba.</p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.12.20 Distrito APH 20, Casa Bomba, al artículo 5.4.12, ÁREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA APH, del Capítulo 5.4, del CPU, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3346, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3102, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3213, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 5119, en su art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3510, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, Edificios del Hospital Rivadavia, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, incorpora el inciso 6 (número a designar) Distrito E4 35 Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia. </p><p>Art. 4, incorpora al Código de Planeamiento Urbano el Plano de Delimitación y Protección Ambiental y Edilicia (número a designar) Distrito E4 35 Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia.</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3426, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al listado de inmuebles catalogados correspondiente al Art. 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3424 incorpora el inmueble de calle Superí 1924 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO por Dto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3508, en su art. 1, cataloga inmuebles con sus correspondientes niveles de protección en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU, T.O. aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3018, incorpora el inmueble referido en el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, T. O. aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la ley 5058, incorpora  el inmueble catalogado con protección cautelar, de la calle Querandíes 4290   al Catálogo previsto en el capítulo 10.3 Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 2 de la Ley 3126 incorpora inmueble al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO por Dto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4, suprime inmuebles del Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH Floresta del Código de Planeamiento Urbano, y los incorpora al Listado de Inmuebles Catalogados singulares del CPU, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4925, cataloga con nivel de protección cautelar inmueble sito en calle Medrano 46.</p><p>Art. 2 incorpora el inmueble en cuestión al Listado de Inmuebles Catalogados, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4927 cataloga con Nivel de Protección Cautelar. inmueble Av. Cabildo 2829 Catalogación Código de Planeamiento Urbano </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por art. 1°  al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Art.2 de la Ley 4462: Incorpora inmuebles catalogados con diferentes niveles de protección al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU modifica TO CPU - Dec. 1181-07.
MODIFICADA POR
Art. 1 de la Ley 4427, cataloga con Nivel de Protección Cautelar, en los términos del artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO por Dto 1181-07, inmueble de Av Entre Ríos 1039-45. Art. 2, incorpora el citado inmueble al Catálogo mencionado.
MODIFICADA POR
Art. 3 de la Ley 4228, incorpora inmuebles catalogados por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 y 2  de la Ley 4483, catalogan inmueble con nivel de protección integral, modificando el Código de Planeamiento Urbano, T.O. Dec. 1181-07.</p><p>Artículo 3, modifica el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 1 San Telmo.</p>
MODIFICADA POR
Art 1 del la Ley 4506, desafecta el distrito de zonificación R2all del Código de Planeamiento Urbano.- Art. 2 de la Ley 4506-13, afecta el polígono delimitado por el eje de las calles Ercilla, Escalada, Acassuso y Basualdo al distrito de zonificación R2bl del Código de Planeamiento Urbano, cuyo texto fue aprobado por Dec. 1181-07.
MODIFICADA POR
Ley 4464 modifica el Código de Planeamiento Urbano TO Dec. 1181-07.<br> Art. 1: Desafecta las parcelas enumeradas de sus respectivos distritos de zonificación del CPU. </br><br>Art. 2: Afecta polígonos comprendidos en el art. 1ro. a la Zona de Amortiguación APH1 San Telmo-Avenida de Mayo, a excepción de las parcelas 901B, 1A y 15A de la Manzana 7 Sección 8. </br><br>Art. 3: Incorpora al Parágrafo 5.4.12.1 el inciso 7)-Casos Particulares- 7.1 Zona de Amortiguación APH1 San Telmo-Avenida de Mayo del CPU. </br><br>Art. 7: Incorpora los inmuebles catalogados por el art. 6 a continuación del Listado de Inmuebles Catalogados del Distrito APH1 San Telmo-Avenida de Mayo, con el texto Listado de Inmuebles Catalogados de la Zona de Amortiguación del Distrito APH1 San Telmo-Avenida de Mayo. </br><br>Art. 9: Suprime los inmuebles que allí se detallan, del Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad de Buenos Aires con Declaratorias Ley 12665 y del Listado de inmuebles Catalogados Singulares, y los incorpora al Listado de Inmuebles Catalogados de la Zona de Amortiguación del Distrito APH1 San Telmo-Avenida de Mayo.</br><br> Art. 10:Modifica las planchetas 13 y 18 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en la Ley 4464.</br><br> Art. 11:Incorpora en el Atlas del CPU los Planos 5.4.12.1.c1 y 5.4.12.1.c2 que forman parte de la Ley 4464 como Anexo I.</br>
MODIFICADA POR
Art. 2 de la Ley 4216: Incorpora los inmuebles sitos en Av. Rivadavia 4067 y 4070, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU. Modifica TO del CPU. Dec. 1181-07.
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2, incorpora inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Art. 2 de la Ley 4165: Incorpora el inmueble Gran Pabellón Central de la Exposición Ferroviaria y de Transportes Terrestres al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU. Modifica TO del CPU. Dec. 1181-07.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2409, afecta parcela para la construcción de viviendas destinadas a vecinos del Barrio Rivadavia I, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Art 2 de la Ley 2665 incorpora inmueble de Av. Juan Bautista Alberdi 5751-53-55, al catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO por Dto 1181-07.
MODIFICADA POR
Art.2, de la Ley 4066: Incorpora distintos inmuebles catalogados, con nivel de protección cautelar, sitos en la calle Paysandú, diferentes puertas, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU, TO por Dec. 1181-07.
MODIFICADA POR
Ley 3987 modifica TO del CPU Dec. 1181-07.<br>Art. 1: Incorpora texto al parágrafo 1.2.1.1 inciso b) De los tipos de uso, del CPU.</br> <br>Art. 2: Suprime del Cuadro de Usos 5.2.1 a) del CPU, en el Agrupamiento E) CULTURA, CULTO Y ESPARCIMIENTO, V Locales de Diversión, los siguientes rubros : Café concert y Boite</br><br>Art.3: Suprime del Cuadro de Usos 5.4.12.1 a) del CPU, en el Agrupamiento E) CULTURA, CULTO Y ESPARCIMIENTO, V Locales de Diversión, los siguientes rubros: Café concert y Boite.</br
MODIFICADA POR
Ley 3954: Modifica TO CPU Dec. 1181-07<br>Art. 1: Desafecta distrito de zonificación R2aI , del CPU, polígono delimitado por Av. Martín García, Av. Montes de Oca, Calle Finochietto, calle Bolivar.</br><br>Art. 2: Afecta polígono desafectado en el Art.1 de la presente ley al distrito R2bI del CPU.</br><br> Art. 3: Desafecta distritos de zonificación C2 y E3, polígono delimitado calle Ituzaingó, Av. Montes de Oca, calle Olavarría, Calle Gral Hornos. </br><br> Art. 4: Afecta el polígono consignado en el Artículo 3 de la presente ley al distrito de zonificación R2bl del CPU.</br><br>Art. 5: Desafecta distrito de zonificación R2aI , del CPU, polígono delimitado por calle Brandsen, calle José Aarón Salmón Feijoo, Av. Suárez.</br><br>Art.6: Afecta el polígono consignado en el Art. 5 de la presente ley al distrito de zonificación R2bIII del CPU.</br>
MODIFICADA POR
Art. 1, de la Ley 3681, cataloga con nivel de protección cautelar, el inmueble de Av Rivadavia 8636. Art. 2, incorpora el citado inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.
MODIFICADA POR
Art. 2 de la Ley 3423, incorpora el inmueble catalogado en el artículo anterior, al Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.
MODIFICADA POR
Ley 4145, en su art. 1, cataloga con nivel de protección cautelar inmueble sito calle Carlos Calvo 2721, modifica Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.
MODIFICADA POR
<p>Art. 2, incorpora inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 y 3, afectan y desafectan distintos distritos del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181/07.-</p><p>Art. 2, deroga las Normas Especiales establecidas en el Parágrafo 5.5.2.8, Normas Especiales de la Sección 5, Decreto 629/92.-</p><p>Art. 6, modifica el punto 44 del inciso 5 del Parágrafo 5.4.3.4.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 5009, incorpora inmueble al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano. T.O. Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Ley 3041 Cataloga con nivel de protección cautelar al inmueble ubicado en calle Ugarteche 2815-19-20, modificando TO. CPU. Dec. 1181-07 -Código de Planeamiento Urbano-.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5010, cataloga inmuebles con sus distintos niveles de Protección, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-2007.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p><p>Art. 3, incorpora incisos en el parágrafo 5.4.3.4, Distrito E4 Equipamiento especial.</p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU, el plano N° 5.4.3.37, Planta Potabilizadora de Agua, que forma parte de la presente ley como Anexo II.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.2 de la ley 5549, incorpora a los edificios del Hospital Tornú y del Instituto de Investigaciones Alfredo Lanari,  catalogados con nivel de protección cautelar por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, modifica TO  Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Art.1, Ley 2857: Cataloga con nivel de Protección estructural inmueble Av. Caseros 3183. Modifica TO CPU Dec. 1181-07
MODIFICADA POR
Artículo 2 de la Ley 4978, incorpora definiciones al inciso b) DE LOS TIPOS DE USO del parágrafo 1.2.1.1 Relativos al Uso del Capítulo 1.2 Definición de Términos Técnicos del Código dePlaneamiento Urbano, Texto Ordenado Decreto 1181-07.- Art. 3, incorpora el parágrafo 5.5.1.13. Higiene Urbana.- Art. 5, incorpora al Distrito de Zonificación E4 (número a designar) los establecimientos enunciados en el parágrafo 5.5.1.13. Higiene Urbana del Código de Planeamiento Urbano, excepto el enunciado en el 2.7 Base secundaria de recolección de RSU. Art. 7, desafecta predio del Distrito de Zonificación Equipamiento Especial E4 39 Estación de Transferencia de Basura Flores. Art 8, afecta predio al Distrito de Zonificación E4 (PLANTA DE TRANSFERENCIA).- Art. 9, desafecta predio del Distrito de Zonificación Urbanización Especial U26 BarrioParque Central. Art. 10. afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - BASE PRIMARIA DE RECOLECCIÓN DE RSU.- Art. 11, desafecta predio del Distrito de Zonificación UP y APH 2.- Art. 12, afecta perdio al Distrito de Zonificación E4 - BASE PRIMARIA DE RECOLECCIÓN DE RSU y PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RSU (RESIDUO SÓLIDO URBANO) SECOS CLASIFICADOS.- Art. 13, desafecta predio del Distrito de Zonificación Equipamiento Especial E4 - 39 Estación de Transferencia de Basura Colegiales.- Art. 14 afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RSU.- Art. 15, desafecta predio del Distrito de Zonificación Equipamiento 3 -E3.- Art. 16, afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - PUNTO LIMPIO.- Art. 17, desafecta a la parcela 5 manzana 77 del del Distrito de Zonificación Residencial R2bII.- Art. 18, afecta predioal Distrito de Zonificación E4 - BASE PRIMARIA DE RECOLECCIÓN DE RSU.- Art. 19, desafecta predio del Distrito de Zonificación Urbanización Parque UP.- Art. 20, afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - CENTRO VERDE.- Art. 21, desafecta predio del Distrito de Zonificación Urbanización Futura UF.- Art, 22, afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - CENTRO VERDE.- Art. 23, desafecta predio del Distrito de Zonificación Renovación Urbana RU.- Art. 24, afecta predio al Distrito de Zonificación E4 - CENTRO VERDE.- Art. 25, desafecta predio del Distrito de Zonificación Urbanización Parque UP.- Art. 26, afecta predio al Distrito de Zonificación E4.- Art. 27, desafecta predio del Distrito de Zonificación Equipamiento 4.- Art. 28 afecta predio al Distrito de Zonificación -E4.- Art. 29, desafecta predio del Distrito de Zonificación Residencial R2bI.- Art. 30, afecta predio al Distrito de Zonificación E4.- Art. 31, desafecta predio del Distrito de Zonificación Renovación Urbana RUA.- Art. 32, afecta predio al Distrito de Zonificación E4.- Art. 33, desafecta predio del Distrito de Zonificación Equipamiento 4 E4 43.- Art. 34, afecta predio al Distrito de Zonificación E4.- Art. 35, desafecta predio del Distrito de Zonificación Industrial I1.- Art. 36, afecta predio al Distrito de Zonificación E4.
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<p>Art. 1 de la Ley 4975, incorpora inmuebles mencionados en cuadro, con distintos niveles de protección, al Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH Floresta, Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles citados en el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 5, incorpora texto al parágrafo 5.4.12, (N° a designar), APH Floresta del CPU, ítem 4.1.2.2, Grados de Intervención Ambiental, g) Mobiliario Urbano.</p><p>Art. 6, cataloga inmuebles con sus respectivos niveles de protección, en los términos delArtículo 10.3.3, del Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU.</p><p>Art. 7, incorpora los inmuebles catalogados en el art. 3, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
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Art.1, Ley 2590: desafecta parcelas y las afecta al distrito de zonificación CII, perímetro calles Cuenca, Av. San Martín y Beiro, modifica TO CPU Dec. 1181-07
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<p>Art. 2 de la Ley 4979, desafecta del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07, al polígono A, B, C y D delimitado en el Plano que como Anexo I forma parte integrante de la presente.</p><p>Art. 3, desafecta del distrito de zonificación Equipamiento Especial -E4 52 del CPU, al polígono C, E, F, G, H, I y J delimitado en el Plano como Anexo I.</p><p>Art. 4, afecta los predios mencionados en los arts. 2 y 3, al distrito de zonificación Equipamiento Especial E4 -(N° a designar) Higiene Urbana del CPU, según Anexo I.</p>
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Art. 1 de la Ley 4991, afecta al ensanche de la calle Del Barco Centenera, la parcela 15f de la manzana 32, sección 40, circunscripción 6, modificando el Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.
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<p>Art. 2 de la Ley 4974, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
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<p>Art. 1 de la Ley 4972 desafecta predios del Distrito de zonificación E3, Equipamiento Local del Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta al Distrito E4--94, Equipamiento Especial Hospital Italiano.</p><p>Art. 3, modifica el punto 2 DELIMITACIÓN, del parágrafo 6.94 DISTRITO E4--94 HOSPITAL ITALIANO, del CPU.</p>
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<p>Art. 1 de la Ley 4980, desafecta de uso y utilidad pública ciertas parcelas con destino Autopista Costera establecida por Ordenanza 21227-66.</p><p>Art. 2, desafecta la porción de Distrito RU del Código de Planeamiento Urbano a las parcelas mencionadas en el Art. 1.</p><p>Art. 3, desafecta la porción de Distrito U 32 Área de Protección Patrimonial Antiguo Puerto Madero del CPU, a las mismas parcelas.</p><p>Art. 4, afecta las parcelas mencionadas a Distrito APH 51, Zona 1 del CPU. Art. 5, modifica la Plancheta de Zonificación N° 13 de acuerdo a lo establecido en la presente, modificando el CPU, cuyo TO fuera aprobado por Decreto 1181-07.</p>
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<p>Art. 1 de la Ley 4581 incorpora al Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Dto. 1181-07, el parágrafo 5.2.7.1, Acopio Transitorio con Declaración de Cumplimiento Obligatorio en Prevención y Protección para Inflamables.</p>
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Ley 4944 aprueba modificaciones al Código de Planeamiento Urbano, TO Dec. 1181-07<br> Art.1: Desafecta distritos de zonificación, polígonos entre Av. Díaz Velez , Gallo, Perón, Anchorena y límite con el Área Operativa Ferroviaria de lalínea del Ferrocarril Sarmiento y la calle Sánchez de Bustamante, y polígono entre Anchorena, B. Mitre y límite con el área operativa del FFCC Sarmiento </br><br> Art.2: Afecta polígonos detallados en el Art.1, al Distrito de Zonificación UP Urbanización Parque </br><br>Art.3: Cataloga con nivel de protección cautelar inmuebles Galpón de Encomiendas y Taller Usina, sitos en la calle Bartolomé Mitre 3273</br>
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Art. 1 de la Ley 4942, cataloga con Nivel de Protección Estructural, inmueble sito en calle Cramer 1816. Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU, T.O. por Decreto 1181-07.
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<p>Ley 5093 en su art. 1 cataloga a diversos inmuebles con sus respectivos Niveles de Protección en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
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Art. 3 de la Ley 4943, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Listado de InmueblesCatalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en elCapítulo 10.3, Catalogación, del CPU, T.O. por Decreto 1181-07.
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Art. 2 de la Ley 4946, incorpora el inmueble de Luis Sáenz Peña 1442, catalogado por el Art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Dto 1181-07.
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<p>Art. 1 Ley 5550 cataloga con Nivel de Protección Cautelar inmueble calle Charcas 2529 </p><p>Art 2, incorpora  el inmueble catalogado por art. 1 al Catálogo previsto en Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano TO Decreto 1181-07.</p>
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Art.1, Ley 4945: Cataloga con nivel de protección cautelar inmueble calle Loria 148, modifica TO CPU Decreto 1181-07.
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<p>Art. 1 de la Ley 3420, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
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<br> Artículo 1 de la Ley 4924, deroga definiciones en el inciso b), De los tipos de Uso, del Parágrafo 1.2.1.1, Relativos al Uso, del Capítulo 1.2, DEFINICIÓN DE TÉRMINOS TÉCNICOS, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07. <br/><br> Art. 2, incorpora definiciones en el inciso b), del mismo Parágrafo y Capítulo del CPU referidos en el art. 1. <br/> <br> Art. 3, deroga ciertas denominaciones del Cuadro de Usos 5.2.1.a), EQUIPAMIENTO, del Agrupamiento F) TRANSPORTES, CLASE III ESTACIÓN INTERMEDIA, del CPU. <br/><br> Art. 4, deroga ciertas denominaciones del Cuadro de Usos 5.2.1.a), EQUIPAMIENTO, del Agrupamiento F) TRANSPORTES, CLASE IV ESTACIÓN INTERMEDIA, del CPU. <br/><br> Art. 7, incorpora al Cuadro de Usos 5.2.1.a) del CPU, el rubro Estación intermedia de Transporte interjurisdiccional Ley 123 C.R.E., en el agrupamiento Transportes, Clase III, Estación intermedia, conforme se indica en el Anexo I de la presente. <br/><br> Art. 8, incorpora al Cuadro de Usos 5.2.1.a) del CPU el rubro Estación terminal de Transporte interjurisdiccional Ley 123 C.R.E., en el agrupamiento Transportes, Clase IV Estación Terminal, conforme se indica en el Anexo II de la presente. <br/><br> Art. 9, desafecta del Distrito de Zonificación E4-13 Parque Almirante Guillermo Brown (Cesiones a Clubes y otros) del CPU, las fracciones S, T y parte de la fracción U de la Manzana 113B, Sección 56, Circunscripción 1, conforme croquis que como Anexo III forma parte de la presente Ley. <br/><br> Art. 10, afecta las fracciones individualizadas en el artículo 9, al Distrito de Zonificación E4 (número a asignar), Estación Terminal de Transporte Interjurisdiccional. <br/>
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<p>Art. 1 de la Ley 4465 incorpora texto al finalizar el numeral 3.1 del Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 Belgrano R del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, sustituye el texto del Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 Belgrano R, 4.1.1 Línea de Frente Interno del CPU. </p><p> Art. 3, incorpora incisos a) y b) al punto 4.1.4 Ocupación del Suelo, del Parágrafo 5.4.6.29. </p><p>Art. 4, sustituye el texto del Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 Belgrano R 4.2.</p><p>Art. 5, sustituye el texto del Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 Belgrano R 5.1.2 Otros Usos, inciso b). </p><p>Art. 6, sustituye el texto del Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 Belgrano R 5.2.</p><p>Art. 7, incorpora texto como numeral 6 del parágrafo 5.4.6.29.</p>
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<p>Art. 1 de la Ley 3509, elimina la calle Grote entre la Av. Pedro de Mendoza y la calle Comandante Francisco Carbonari, del Listado de Arterias Afectadas a Apertura, de la sección 6 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
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Art 3 de la Ley 4213 cataloga con Nivel de Protección Estructural en los términos del Art 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble de Laprida 1212, TO por Dto 1181-07- Art 4 incorpora el inmueble al Catálogo
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Ley 4146 en sus arts. 1° y 2° respectivamente cataloga con Nivel de Protección Estructural inmueble sito Avenida Ricardo Balbín 4131 Se incorpora el citado inmueble al Catálogo previsto en Capítulo 10-3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano términos Art. 10-3-3 Capítulo 10-3 Catalogación Código de Planeamiento Urbano
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Ley 4568 deja sin efecto predios declarados de utilidad pública afectados a la construcción de la Autopista 25 de mayo,conforme Ord. 33387 y su modificatoria Ord. 33782, subsumida por la modificación al CPU TO Dec. 1181-07
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3577, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar. </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3527, incorpora definiciones en el inciso b) del Parágrafo 1.2.1.1. del Capítulo 1.2 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, sustituye la denominación Estación Intermedia de Transporte de larga distancia Ley 123 C.R.E. del Cuadro de Usos  5.2.1.a) del Agrupamiento TRANSPORTES, CLASE III ESTACIÓN INTERMEDIA.</p><p>Art. 4, incorpora rubro al Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Agrupamiento TRANSPORTES CLASE III, ESTACION INTERMEDIA.</p><p>Art. 5 desafecta parcela de los Distritos de Zonificación R2bI y C3I, y la afecta al Distrito de Zonificación E4, Equipamiento Especial, Estación Intermedia de Ómnibus de Media y Larga Distancia - Parada Liniers.</p><p>Art. 6, desafecta parcela del Distrito de Zonificación R1a y la afecta al Distrito de Zonificación E4, Equipamiento Especial, Estación Intermedia de Ómnibus de Media y Larga Distancia - Parada Puente Saavedra.</p><p>Art. 7, incorpora texto al Punto 5) del Parágrafo 5.4.3.4. Distrito E 4.</p><p>Art. 8, incorpora texto al final del Punto 6) del Parágrafo 5.4.3.4. Distrito E 4.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Res. 415-SECPLAN-14:Todos los firmantes de planos que se presenten ante la DG de Registro de Obras y Catastro, deberán consignar  en la carátula claves - CUIT o CUIL -complementa las exigencias establecidas en el Artículo 2.1.2 Datos a consignar en el Certificado de Uso Conforme del Código de Planeamiento Urbano.to Dec. 1181-07</p>
MODIFICADA POR
Ley 3936 afecta polígono a distrito de zonificación E-3,delimitado por Av. Alte. Brown, Av. Martín García, Irala y Pilcomayo, modifica TO CPU Dec. 1181-07
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4610, desafecta distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art 2, afecta a distrito APH 38 Entorno Plaza San Martín, Plaza Fuerza Aérea Argentina y Museo Ferroviario, el polígono indicado en el artículo 1 de la presente Ley y graficado en el Plano 5.4.12.38 a.</p><p>Art. 3, incorpora Parágrafo 5.4.12.38 (Entorno Plaza San Martín, Plaza Fuerza Aérea Argentina y Museo Ferroviario).</p><p>Art. 4, suprime los puntos 1 y 2 del Artículo 5.4.13.NUEVOS APH del Capítulo 5.4. NORMAS ESPECÍFICAS PARA CADA DISTRITO (A.D.610.19) del CPU.</p><p>Art. 5, deroga el Parágrafo 5.4.7.12 Distrito AE 12, así como el Plano 5.4.7.12.</p><p>Art. 6, modifica la plancheta 13 del Plano de Zonificación del CPU.</p><p>Art. 7, incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano (A.D.610.42) los Planos 5.4.12.38 a, 5.4.12.38 b, 5.4.12.38 c1, y 5.4.12.38 c2.</p><p>Art. 8, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 38 Entorno Plaza San Martín, Plaza Fuerza Aérea Argentina y Museo Ferroviario al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5568 incorpora el predio correspondiente a <span style=line-height:20.8px>la construcción denominada La Boyera, </span>al ítem 5.4.12.2. Distrito APH2 Parque 3 de Febrero del Código de Planeamiento Urbano, adyacente al actual distrito APH2 Parque 3 de Febrero, del Código de Planeamiento Urbano cuyo Texto Ordenado aprueba el Decreto 1181-07.</p><p>Art 2 modifica la plancheta 7 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4400 desafecta fracción del Distrito de Zonificación E4 14 Parque Deportivo Pte. Julio A. Roca del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta a Distrito Urbanización Parque.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3487, modifica el Cuadro de Usos 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, en el Agrupamiento Equipamiento, E) Cultura y Esparcimiento, las Referencias Generales en relación con el rubro Teatro Independiente.</p>
MODIFICADA POR
Ley 4794 Art. 1 y 2 dispone afectación a la vía pública según lo graficado en el Plano 5.5.2.22 a).- Art. 3 dispone afectación a la vía pública de la traza graficada en el Plano 5.5.2.28 a).- Art. 4 Desafecta distritos de zonificación Parcela 1 Manzana 7 F, Sección 50, Circunscripción 1, y la Parcela 1b, Mz 58b, Sección 58, Circunscripción 1.- Arts. 5 y 6 Aprueban Normas Especiales, como anexo I Barrios Las Palomas y 26 de Junio, y como Anexo II Conjunto Cruz y Lacarra. Art. 8 incorpora a los Parágrafos 5.5.2.22 y 5.5.2.28, en el Capítulo 5.5 Normas Especiales, Artículo 5.5.2 Zonificación, de la Sección 5 del Código dePlaneamiento Urbano (T.O. Decreto 1181-07), las Normas Especiales aprobadas precedentemente.
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5116 incorpora inmuebles catalogados al Catálogo previsto<br />en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 406-MDUYTGC-16 crea el Foro de Desarrollo Urbano, <span style=line-height:20.8px>que tratará el nuevo Código Urbanístico.</span></p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4253, cataloga inmueble con nivel de protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2482 modifica TO CPU Dec. 1181-07</p><p>Art. 2 Afecta  a Distrito R1bII de zonificación del CPU,  polígono comprendido entre la calle Superí, las avenidas Congreso y Monroe y la Estación Cohglan.</p><p>Art.3 : Modifica  el parágrafo 5.4.1.2b) Distrito R1bII del CPU .</p><p>Art.5:  Incorpora  el parágrafo 5.4.12.48 Distrito APH 48 Estación Coghlan y entorno, al Art.  5.4.12 Áreas de Protección Histórica APH  del Capítulo 5.4Normas Específicas para cada Distrito (A.D.610.19) del CPU.</p><p>Art. 6: Incorpora al Atlas del CPU  A.D.610.42 los Planos  5.4.12.48a y   5.4.12.48b </p><p>Art. 7: Incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 48 Estación Coghlan y entorno al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del CPU.</p><p>Art. 10, modifica las Planchetas de Zonificación números 6 y 7 del CPU. </p><p>Art. 11, modifica las Planchetas de Zonificación números 3, 5 y 6 del CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2708, modifica el Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta a Distrito APH 42 Calle Melian entre Olazabal y la Pampa, el polígono delimitado por el art. 1. </p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12.42 Distrito APH 42 Calle Melián entre Olazábal y La Pampa, al Artículo 5.4.12 Áreas de Protección Histórica APH del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 4, suprime el punto 16 del Artículo 5.4.13, Nuevos APH, del Capítulo 5.4 del CPU.</p><p>Art. 5, modifica la Plancheta 6 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en la presente ley. </p><p>Art. 6, incorpora al Atlas del CPU, los Planos 5.4.12.42 a, 5.4.12.42 b y las Figuras 5.4.6.29.a),b),c) y d), correspondientes al Distrito U28, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.  </p><p>Art. 7, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 42 Calle Melián entre Olazábal y La Pampa, al catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4689, cataloga con Nivel de Protección Cautelar inmueble sito Avenida Santa Fe 2299, esquina Azcuénaga 1121.</p><p>Art. 2, incorpora el citado inmueble al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4792, cataloga inmuebles con sus correspondientes Niveles de Protección en los términos del artículo 10.3.3, Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el Art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3 dle CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p><strong>MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO.</strong></p><p>Artículo 1 y  2  de la Ley 3174, desafectan distritos de zonificación, del Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Decreto1181-07.</p><p>Artículo 3, afecta a distrito APH 50, Avenida Callao los polígonos desafectados por los Arts. 1 y 2.</p><p>Artículo 4, incorpora el parágrafo 5.4.12.50 Distrito APH 50.</p><p>Artículo 5, modifica la plancheta 13 del Plano de Zonificación. </p><p>Artículo 6, incorpora planos al Atlas del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Artículo 7, incorpora Listado de Inmuebles Catalogados.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4793, deroga el texto de 7.1) Sector 3 Parque Chas, del Punto 7) Casos Particulares, del Parágrafo 5.4.1.2a) Distrito R1bl del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 4766, establece que las mesas para la práctica de Ping Pong podrán ser instaladas en parques y plazas que cuenten con una superficie mayor a los 20.000 metros cuadrados y que no estén afectadas a distritos APH (áreas de protección histórica.), reguladas por el Código de Planeamiento Urbano, cuyo texto ordenado se encuentra aprobado por Dec. 1181/07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 4475, incorpora a los Centros de Concentración Logística a la Sección 1 Parágrafo 1.2.1.1 Item b, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07. </p><p> Art. 2, incorpora el rubro Centros de Concentración Logística a la Sección 5 Cuadro de Usos 5.2.1.a) Equipamiento F) Transporte Clase V Centros de Transferencia.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4738, incorpora texto a la Sección 5 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, como parágrafo 5.4.7 N° (a designar) Distrito AE N° (a designar).</p><p>Art. 2, incorpora al Atlas del CPU el Plano 5.4.7 N° (a designar) Distrito AE N° (a designar), que como Anexo I forma parte de la presente Ley. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4729 desafecta polígonos del Distrito de Zonificación R1b1 del CPU.</p><p>Art. 2, afecta los polígonos mencionados en el art. 1, a Distrito de Zonificación UP.</p><p>Art. 3, modifica la plancheta correspondiente al plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
Ley 4703-13 en su art. 1° desafecta del Distrito de Zonificación R2bIII polígono delimitado por calles Artigas eje Galicia Avenida Donato Alvarez Luis Viale hasta intersección con Artigas. Art 2° afecta el citado polígono al Distrito de Zonificación R2aII. Art. 3° incorpora en la Sección 5° CPU Cap. 5-4 Normas Específicas para cada Distrito inc. 5-4-1-3 Distrito R2a, Punto b R2aII -6 Casos Particulares, el apart. 6-2. Art. 4° modifica plancheta de Zonificación N° 16 del CPU.
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4690, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
REGLAMENTADA POR
Res. 424-10 asimila actividades al Cuadro de Usos 5.2.1, aprobado por el Código de Planeamiento Urbano, Ley 449
INTEGRADA POR
Res. 113/SECPLAN/12 incorpora con carácter preventivo al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el edificio sito la Av. Rivadavia 1635
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4067, afecta polígono al distrito de zonificación AE Nro (a designar) Malasia del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.7 (a designar) Distrito AE Nro (a designar) MALASIA, al citado Código.</p><p>Art. 3, modifica la plancheta 6 del Plano de Zonificación Art. 5.1.3 del CPU.</p>
INTEGRADA POR
Res. 435-AGIP-11 El Banco Ciudad interviene en la determinación del valor inmobiliario de inmuebles catalogados, en el artículo 10.3 c19 del Código de Planeamiento Urbano TO DEc. 1181-07
MODIFICADA POR
Ley 3447 incorpora texto sobre parcelas S. M del Carrril y la Pampa - modifica Planchetas de zonificación 5 y 10 del CPU TO Dec. 1181-07
INTEGRADA POR
Res. 2.609-MH-07 fija precio de venta de Separata del CPU texto ordenado por Dto. 1.181-07
MODIFICA
Dec. 1181-07 Modifica el Dec. 844-03 que aprueba el Texto Ordenado para el año 2003
MODIFICADA POR
<p>Art. 5 de la Ley 2464, desafecta de la normativa especial (NE) al predio referido en el art. 3.</p><p>Art. 6, afecta el predio referido en el artículo 3 al Distrito de Zonificación E4 (Equipamiento Especial) Sede Social, Deportiva y Cultural del Club San Lorenzo de Almagro, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
INTEGRADA POR
Res. 67-AGIP-10 El Banco Ciudad interviene en la determinación del valor inmobiliario de inmuebles catalogados, en el artículo 10.3 c19 del Código de Planeamiento Urbano TO DEc. 1181-07
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2826 desafecta parcela de distrito de zonificación R1b1 del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta la parcela mencionada en el artículo 1 a Distrito de Urbanización Parque UP.</p>
INTEGRADA POR
Dto. 486-09 ratifica la propuesta de norma urbanística realizada en el marco de las disposiciones del Art. 5.4.13 del Código de Planeamiento Urbano, respecto del Área de Protección Histórica, Parque Chas, incorporada en el Art. 5.4.13, punto 25 del referido Código
INTEGRADA POR
Disp. 11-09 fija Línea de Frente Interno para la Manzana comprendida entre las calles Miralla, Saraza, Pola y Balbastro, en el marco del Código de Planeamiento Urbano
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Ley 6010 desafecta de la Zona lb del Distrito U20 -- Barrio Nuevo Colegiales, la Manzana delimitada por los ejes de la calle Concepción Arenal, Zapiola, Av. Dorrego y calle Cap. Gral. Ramón Freire.</p><p>Art. 2º afecta a la Zona 1c del Distrito U20 -- Barrio Nuevo Colegiales, la manzana identificada en el Artículo 1°.</p><p>Art. 3º aprueba las Normas Urbanísticas para la Zona 1c del Distrito U20 Barrio Nuevo Colegiales y por Art. 4° las incorpora  al Parágrafo 5.4.6.21 Distrito U20 -- Barrio Nuevo Colegiales, inciso 2) Zonificación, Zona 1c.</p><p>Art. 5° afecta poligono a Urbanización Parque (UP6).</p><p>Art. 6° sustituye e incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano, los Planos N°5.4.6.21, N° 5.4.6.21c6, y N° 5.4.6.21 c7.</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 13 de la Ley Nº 6129 deroga el parágrafo 5.4.6.32 Subdistrito U31h del Distrito U31, así como el Plano N° 5.4.6.32h del Atlas del Código de Planeamiento Urbano</p><p>.Art. 14 desafecta poligono del Distrito U10 Ante Puerto </p><p>Art. 15 modifica el Plano N° 5.4.6.11 Distrito U10 Ante Puerto del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art. 16. desafecta poligono del Distrito UF </p><p>Art. 17 modifica la Plancheta 13.</p><p>Art. 18 modifica el Parágrafo 5.4.6.61 Distrito U60 Barrio Carlos Mugica</p><p>Art. 19 modifica  las Planchetas N° 8 y N° 13 </p><p>Art. 20 incorpora los Planos del Anexos II.</p><p>Art. 21 destina a conector verde la traza de la AU Pres. Arturo U. Illia de acuerdo al Plano Nº 5.4.6.61 III - UP - CONECTOR VERDE.</p><p>Art. 23 aprueba las aperturas de vías públicas y amanzanamiento de acuerdo al Plano Nº 5.4.6.61 IV que como Anexo II forman parte de la presente.</p><p>Art. 24 afetca al dominio público y dispone la apertura de la vía correspondiente a la proyección virtual de la futura calle 14 desde la Línea de Afectación Vial (LAV) Este de la nueva traza de la AU Pres. Arturo U. Illia y en dirección Noroeste hasta la intersección con la calle Jerónimo Salguero.</p><p>Art. 25 deroga la traza de la Av. Gendarmería Nacional desde la calle Prefectura Naval Argentina hasta Calle 10 (No Oficial).</p><p>Art. 26 aprueba las Normas Urbanísticas del Anexo II e incorpora al Código de Planeamiento Urbano.</p><p><strong>Nota al usuario: Se deja constancia que la Ley 6099(según su Art. 6, vigente desde el 27/12/2018) aprobó el Código Urbanístico.Por Art. 4 abrogó la Ley 449 modificada por la presente</strong></p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 5 de la Ley 6130 incorpora punto f) al Artículo 5.5.2.8 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07.</p><p><strong>Nota al usuario: Se deja constancia que la Ley 6099 (según su Art. 6, vigente desde el 27/12/2018) aprobó el Código Urbanístico. Por Art. 4 abrogó la Ley 449 modificada por la presente.</strong></p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5997 incorpora el inciso b) “De los tipos de uso” del parágrafo 1.2.1.1 “Relativos al Uso” del Capítulo 1.2 “Definición de Términos Técnicos” del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 incorpora párrafos al parágrafo 5.5.1.13 “Higiene Urbana”</p><p>Art. 3 desafecta del Distrito de Zonificación Distrito U34 al polígono delimitado por las calles Holmberg, Deheza, Avenida Parque Roberto Goyeneche y Arias.</p><p>Art. 4 afecta el polígono delimitado por las calles Holmberg, Deheza, Avenida Parque Roberto Goyeneche y Arias al Distrito de Zonificación E4 - Equipamiento Especial.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 6135 incorpora el párrafo 6.4.2.1. Bajo Viaductos Ferroviarios a la Ley 449 que aprobó el Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 6086 desafecta polígono del Distrito APH 2 Parque 3 de Febrero / UP de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 afecta polígono al Distrito de Zonificación U N° (a designar) Ámbito Gigena.</p><p>Art. 3 aprueba Normas Urbanísticas para el Distrito de Zonificación U N° (a designar) Ámbito Gigena.</p><p><em><strong>Nota al usuario: Se deja constancia que la Ley 6099 (según su Art. 6, vigente desde el 27/12/2018) aprobó el Código Urbanístico. Por Art. 4 abrogó la Ley 449 modificada por la presente.</strong></em></p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 12-DGROC-17 determina que las parcelas de la Manzana 58, Sección 18, Circunscripción 3, delimitada por las calles San Ricardo, Algarrobo, Villarino y vías del ferrocarrilil General Nacional General Roca no están sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables todas las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4° Ley 6064 desafecta de vía pública antigua traza de Av. Rafael Obligado y se lo afecta al dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 5° desafecta de vía pública Av. rafael Obligado y se mantiene el dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 6°  se afecta alDistrito U16 polígonos delimitados en Anexo III y polígono A de Anexo IV.</p><p>Art. 7° aprueba traza proyectada Av. R. Obligado conforme el Protocolo  Operativo N° 1 afectándose la misma a vía pública y manteniéndose los Polígonos B y C,<br />individualizados en Anexos V y VI, en dominio público de la Ciudad Autónoma de<br />Buenos Aires.</p><p>Art. 8° afecta al Distrito U (N° a designar) Distrito Joven-Costanera Norte polígono C.</p><p>Art. 9° autoriza uso de estacionamiento subterráneo área indicada en polígono C.</p><p>Art. 11 extiende cesión de uso de polígonos A y C parte correspondiente a estacionamiento subterráneo y sus vías de acceso y egreso.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 10 de la Ley Nº 6056 desafecta del Distrito de Zonificación RUA  a la parcela AU11, manzana 034, sección 30, circunscripta por las calles 24 de Noviembre, Sánchez de Loria, Cochabamba y Constitución.</p><p>Art. 11 afecta la parcela identificada en el art. 10 al Distrito de Zonificación UP - Urbanización Parque, del Código de<br />Planeamiento Urbano.</p>
REFERENCIADA POR
<p>Ley 4467 Crea la Reserva Ecológica Ciudad Universitaria Costanera Norte.</p><p> Art. 2: Usos. A los fines de la presente son de aplicación las normas específicas de distrito, establecidas en los puntos 4, 5 y 6 del parágrafo 5.4.11 de la Ley 449.TO Dec. 1181-07</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 190-DGROC-18 establece que las parcelas de la Manzana 6, Sección 61, Circunscripción 15,<br />delimitada por las calles AVENIDA SAN MARTIN, RAULIES, ESPINOSA y LINDANTE CON MANZANA 5 no estan sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, conforme a los artículos 4.2.3 y 4.3.6 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 208-DGROC-18 establece que las parcelas de la Manzana 51A, Sección 25, Circunscripción 16,<br />delimitada por las calles OLAZABAL, ARRIBEÑOS, MENDOZA Y VIAS FNGBM no está sujeta al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables todas las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Dec. 376-09 aprueba incremento de grávamenes en la presentación de planos conforme artículo 4.10 COMPLETAMIENTO DE TEJIDO del CPU,TO Dec. 1181-07</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 6044 sustituye el Parágrafo 5.5.2.7, punto c) e incorpora como Plano N° 5.5.2.7 c) al Atlas del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 6 incorpora al Distrito de Zonificación E4 - 38 “Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín Regimiento 1 de Infantería Patricios”, el edificio “Pabellón del Centenario”.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 6 incorpora un párrafo al art. 1.2.1.1 inciso b) “De los tipos de uso” del Código de Planeamiento Urbano, TO Decreto 1181/07</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 6030 desafecta del dominio público a la traza de la calle Suárez desde la calle Lafayette hasta la proyección de la calle Lavardén.</p><p>Art. 2 anula el trazado de calle que afecta el sector desafectado por el Art. 1.</p><p>Art. 3 da por transferida la superficie resultante al dominio del Estado Nacional Argentino, a fin de su inscripción en el<br />Registro de la Propiedad Inmueble y afectación al Proyecto Urbanístico denominado Estación Buenos Aires, zonificado como Distrito U41, del Código de Planeamiento Urbano.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 420-DGROC-18 fija Línea de Frente Interno para edificios entre medianeras y de perímetro libre de la Manzana 58, Sección 47, Circunscripción 15, calles GIRARDOT, LEIVA, MONTENEGRO, CONCEPCIÓN ARENAL Y VÍAS DEL FERROCARRIL NACIONAL GENERAL SAN MARTÍN, en el marco del los Arts. 4.2.3 y 4.3.6 Línea de Frente Interno del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, TO Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 159-DGROC-18 establece que las parcelas de la Manzana 103A, Sección 47, Circunscripción 15,<br />delimitada por las calles FITZ ROY, MARTINEZ ROSAS, CNEL. ANTONIO SUSINI Y MUÑECAS no estan sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, conforme a los artículos 4.2.3 y 4.3.6 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1° Ley 5975 dispone afectación a vía pública sector operativo vías FF.CC Belgrano Sur.</p><p>Art.2° dispone afectación a vía pública sector operativo vías FF.CC Gral san Martín.</p><p>Art.3° dispone afectación a vía pública sector operativo vías FF.CC Gral Mitre-Ramal Tigre.</p><p>Art. 4° desafecta Distrito UP Urbanización Parque polígono delimitado Anexo IV.</p><p>Art. 5° desafecta de vía pública retome salida Av. Caseros-Constitución.</p><p>Art. 6° afecta del Distrito E4 Equipamiento Especial polígono art. 4 y sector de retome desafectado del art. 5°.</p><p>Art. 7°, aprueba  las normas urbanísticas que como Anexo V forman parte de la presente Ley para el polígono delimitado en el Anexo IV.</p><p>Art. 9°, encomienda a la Subsecretaría de Planeamiento o el organismo que en el futuro la reemplace, la modificación de las Planchetas de Zonificación N° 3, 11,17, 18 y 23.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 Ley 5973 incorpora Mezquita de Al Ahmad al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capítulo 10.3 Catalogación Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5887 dispone la afectación a vía pública de calle sin nombre oficial entre la calle Hubac y la calle sin nombre oficial entre el deslinde de las parcelas 1 y 2 perteneciente a la Manzana 075I, Sección 078, quedando modificado el Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 incorpora párrafo al punto 5) del Parágrafo 5.4.6.53.</p><p>Art. 3 incorpora párrafo al punto 6) del Parágrafo 5.4.6.53.</p><p>Art. 6, encomienda a la Subsecretaria de Planeamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, o el organismo que en el futuro la reemplace, la incorporación al Código de Planeamiento Urbano del texto y Plano obrantes en los artículos anteriores y en el Anexo I; así como también la incorporación del Anexo I - Plano N° 5.4.6. (N° a designar) al Atlas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5911 desafecta la Fracción D de la Manzana 219, Sección 55, Circunscripción 16 identificada en el Anexo I, del Distrito de Urbanización Determinada - U34, del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3 afecta la Fracción identificada en el Art. 2 a Normas Especiales y aprueba las Normas Urbanísticas, que forman parte de la Ley como Anexo II.</p><p>Art. 4 desafecta la porción de la Manzana 162A, Sección 15, Circunscripción 19 identificada en el Anexo III, del Distrito de Zonificación Urbanización Futura- UF.</p><p>Art. 5 afecta el polígono mencionado en el Art. 4 a Normas Especiales y aprueba las Normas Urbanísticas, que forman parte de la Ley como Anexo IV.</p><p>Art. 6 desafecta la Parcela 1 y una porción de la Parcela 2, de la Manzana 100F, Sección 63, Circunscripción 16 identificada en el Anexo V, del Distrito de Zonificación Urbanización Futura- UF y del Distrito C3I.</p><p>Art. 7 afecta el polígono mencionado en el Art. 6 que forma parte de la Ley como Anexo VI,  a Normas Especiales y aprueba las Normas Urbanísticas.</p><p>Art. 8 desafecta un polígono de la Parcela 1h, Manzana 66B, Sección 3, Circunscripción 20, con frente a la Avenida del Libertador General San Martín identificado en el Anexo VII, hoy afectado a la Estación Retiro, del Distrito UF de Zonificación.</p><p>Art. 9 afecta el polígono identificado en el Art. 8 al Distrito de Urbanización Determinada U N° (a designar) Retiro I y se aprueban las Normas Urbanísticas que como Anexo VIII.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5912 desafecta del Distrito de Zonificación Urbanización Futura- UF del Código de Planeamiento Urbano, las Fracciones A y B e I, de la Sección 6, Manzana 64A, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, afecta al Distrito de&#39; Zonificación U N° (a designar) Catalinas Sur 2.</p><p>Art. 4,  afecta  el polígono delimitado por la Av. Brasil, deslinde con las Parcelas 5, 4, 1a, 1 b, 2 y 3 de la Sección 6, Manzana 64a, calle Necochea y calle Azopardo al Distrito de Zonificación UP.</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5940 desafecta  del Distrito de Zonificación E4 -101 Higiene Urbana - Planta de Tratamiento de RSU a la porción I de la Parcela 5a de la Manzana 115, Sección 29, Circunscripción 16, del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, desafecta del Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque) a la porción II de la Parcela 5a de la Manzana 115, Sección 29, Circunscripción 16.</p><p>Art. 3, afecta la Parcela 5a, Manzana 115, Sección 29, Circunscripción 16 al Distrito de Zonificación E4 N° (a designar) Centro Deportivo de Tiro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 4, aprueba Normas Urbanísticas.</p><p>Art. 5, afecta al Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque) a los terrenos ribereños colindante con las parcelas 001 y 005a, Manzana 115, Sección 29, Circunscripción 16.</p><p>Art. 6, suprime el Distrito E4 - 101 &#39;Higiene Urbana - Planta de Tratamiento de RSU del listado detallado en el punto 5) Enumeración del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 -- Equipamiento Especial.</p><p>Art. 7, suprime l Distrito E4 - 101 Higiene Urbana - Planta de Tratamiento de RSU del apartado 6.101/109 - Distrito E4 -- 101/109 Higiene Urbana - Residuo Sólido Urbano del punto 6) Normas del Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 --Equipamiento Especial.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2365 en su art. 1 cataloga con Nivel de Protección Estructural  inmueble de la ex Escuela Superior de Bellas Artes de la Nación.</p><p>Art. 2, incorpora el citado inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 2322, incluye definición de términos técnicos, en la sección 1 del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449), TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incluye en el artículo 5.2.1 a), la actividad Teatro Independiente en los distritos R2a y R2b hasta 500 m2 en los distritos R2bIII, C1, C2, C3, E1, E2, E3, I. </p><p>Art. 3, incorpora el uso Teatro Independiente al Cuadro de Usos 5.4.12.1b del Distrito APH 1 del CPU, dentro del Agrupamiento Cultura, culto y esparcimiento I) Locales de Representación o Exhibición, Permitido en las zonas b, c, d y e.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2308, desafecta parcela del Distrito I1 (Industrial Uno) de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta la parcela mencionada en el art. 1, al Subdistrito U31a) del Distrito U31 de zonificación del citado Código, parágrafo 5.4.6.32. </p><p>Art. 3, modifica la Plancheta 23 de Zonificación del CPU, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente ley.</p><p>Art. 4, sustituye en el Atlas del CPU, el Plano 5.4.6.32a) Distrito U31, el que como Anexo I forma parte de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2292, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2241 desafecta terrenos integrantes de la manzana delimitada por el eje de la calle El Salvador, eje de la calle Arévalo, eje del Pasaje de la Convención y eje de la calle Honduras, correspondiente a la Ley 449, TO aprobado por Decreto 1181-07, Plancheta 6.</p><p>Art. 2, afecta los terrenos mencionados en el art. 1, al distrito de zonificación U20 Z2b.</p>
MODIFICADA POR
Art 1 de la Ley 226 desafecta parcela del distrito de zonificación R2aII, TO por Dto 1181-07- Giordano, Bruno Parral, prolongación de Bacacay y vías del ex Ferrocarril Domingo F Sarmiento
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 5963 cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar en términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 incorpora inmuebles catalogados por el Art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares.</p><p>Art. 3 descataloga inmuebles, de sus Niveles de Protección correspondientes en los términos del Artículo 10.3.4 Inciso D, correspondiente al Procedimiento para la Revisión del Catálogo del CPU.</p><p>Art. 4 excluye los inmuebles enumerados por el Art. 3, del Listado de Inmuebles Catalogados Singulares.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5958 desafecta del Distrito Urbanización Futura - UF del Código de Planeamiento Urbano la Parcela 3 correspondiente a la Manzana 86, Sección 10, Circunscripción 4.</p><p>Art. 3 Afecta al Distrito Área de Protección Histórica - APH N° a designar del Código de Planeamiento Urbano, al Conjunto “Barraca Peña“, y la Parcela 3 correspondiente a la Manzana 86, Sección 10, Circunscripción 4.</p><p>Art. 4 aprueba las Normas Urbanísticas para la Parcela 3 correspondiente a la Manzana 86, Sección 10, Circunscripción 4.</p><p>Art. 5 Suprime el punto 10 del parágrafo 5.4.13 Nuevos APH del punto 5.4 Normas especificas para cada distrito, correspondiente a la Sección 5 Zonificación en distritos del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art. 6 Encomienda a la Subsecretaría de Planeamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la incorporación al Código de Planeamiento Urbano de los planos y de las Normas Urbanísticas obrantes en los Anexos I, II, III y IV así como la modificación de la Plancheta 24 de Zonificación del mencionado Código, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5962 incorpora los inmuebles catalogados en el Art. 1 al Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 4 excluye inmuebles descatalogados por el art. 3º del Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Catálogo establecido en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1 Ley 5961 desafecta de sus respectivos Distritos de Zonificación polígono y afecta a Distrito U Distrito Joven - Costanera Norte del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p> Art. 2 aprueba Normas Urbanísticas para el Distrito U e incorpora al Artículo 5.4.6 Distritos Urbanizaciones Determinadas - U Código de Planeamiento Urbano Parágrafo 5.4.6. Distrito U Distrito Joven - Costanera Norte.</p><p> Art. 3 incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano Plano 5.4.6. Distrito U  Distrito Joven - Costanera Norte y modifica Planchetas de Zonificación .4 7 y 8.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Ley 5956 cataloga con Nivel de Protección Cautelar inmueble calle Santiago del Estero 1315/1317/1319.</p><p>Art 2 incorpora  el inmueble catalogado por art. 1 al Catálogo previsto en Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano TO por Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 319-DGROC-17 fija Línea de Frente Interno para edificios entre medianeras y de perímetro libre de la Manzana 95, Sección 59, Circunscripción 15, en el marco del los Arts. 4.2.3 y 4.3.6 Línea de Frente Interno del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, to Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 249-DGROC-18 determina que las parcelas de la Manzana 10, Sección 45, Circunscripción 7, delimitada por las calles DOCTOR NICOLÁS REPETTO,  NEUQUÉN Y DOCTOR JUAN FELIPE  ARANGUREN de esta ciudad, no están sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, <br />siéndole aplicables todas las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4334 declara el Parque 3 de Febrero como Unidad Ambiental y de Gestión, que abarca el área comprendida en el Código de Planeamiento Urbano por el Área de Protección Histórica APH2, dentro de los límites establecidos en las planchetas números 3; 4; 6 y 7 de la Ley 449, Texto Ordenado por Decreto 1181-07 y sus modificatorias.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3343 dispone la urbanización del polígono correspondiente a las villas 31 y 31 bis, comprendido entre Calle 4, vías del Ferrocarril Gral. San Martín, prolongación virtual de la Avda. Pueyrredón, Calle 9, Avda. Pte. Ramón S. Castillo y prolongación virtual de la Avda. Gendarmería Nacional, según plano que como Anexo I integra la Ley.</p><p>Art. 2 el polígono al que se refiere el artículo 1° será destinado a viviendas, desarrollo productivo y equipamiento comunitario, utilizando como referencia los parámetros urbanos, sociales y culturales del anteproyecto Barrio 31 Retiro - UBACyT A401/04 - Las Articulaciones Ciudad Formal Ciudad Informal. Una metodología de abordaje válida para la región, que integra la Ley como Anexo II.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3033 denomina Mariano Boedo al predio ubicado entre las calles Carlos Calvo, Sánchez de Loria, Estados Unidos y Virrey Liniers, -denominación catastral Circ. 8, Secc. 30, Manz. 28, Parc. 1-, que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mediante la Ley 2266, BO N° 2623, sancionada el 21 de diciembre de 2006, afectado a Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque), a fin de ser destinado a espacio verde de uso público.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4229 cataloga con nivel de protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, del Capítulo 10.3.Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07, el inmueble sito en Av. Rivadavia 1635, emplazado en la sección 5, manzana 9, parcela 28b.</p><p>Art. 2 incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Listado de Inmuebles Catalogados del Distrito APH1 Av. de Mayo, contenido en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3913 cataloga con Nivel de Protección Cautelar en los términos del artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3. Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07, el inmueble sito en la Av. Independencia 3051/3065, Nomenclatura Catastral: Parcela 016A, Manzana 042, Sección 28.</p><p>Art. 2 incorpora el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados, correspondiente al Artículo 10.3. Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3534 desafecta del distrito de zonificación R2bllI del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07, al polígono delimitado por los ejes de las Avenidas Cobo y La Plata y de las calles Zelarrayán y Senillosa y aféctese al Distrito APH 26 Pasaje Butteler del mismo texto legal.</p><p><br />Art. 2 incorpora parágrafo 5.4.12.26. Distrito APH 26 Pasaje Butteler, al Artículo 5.4.12 AREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA APH del Capítulo 5.4. NORMAS ESPECÍFICAS PARA CADA DISTRITO (A.D.610.19) del Código de Planeamiento Urbano, referido al polígono delimitado por los ejes de las Avenidas Cobo y La Plata y de las calles Zelarrayán y Senillosa.<br /> </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 66-DGROC-08 establece que la Manzana 03, Sección 45, Circunscripción 07, delimitada por las calles FEDERICO GARCIA LORCA, VÍAS DEL F.D.F.S., GRAL. MARTÍN DE GAINZA y AVELLANEDA, no está sujeta al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables todas las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2° de la Resolución 23-SECPLAN-12 incorpora al Código de Planeamiento Urbano, Decreto 1181-07, la interpretación de la Ley 3232 sobre alturas máximas, indicada en el Art. 1° de la Resolución.</p>
SUSPENDIDA POR
<p>Art. 2 del DNU 1-LCABA-18 suspende por el plazo de 180 días, los trámites para solicitar permisos de obra nueva o ampliación que se inicien a partir de la publicación del DNU y que soliciten edificios de perímetro libre regulados en el parágrafos 4.3 del Código de Planeamiento Urbano, cuya altura supere la altura máxima permitida en el Proyecto de Código Urbanístico.</p><p>Art. 5 establece que por el término de 180 días a partir de la publicación del DNU, no podrán iniciarse solicitudes de Consulta al Código de Planeamiento Urbano ante la Dirección General de Interpretación Urbanística, que requieran factibilidad para permisos para proyectos de edificios de perímetro libre regulados en el parágrafo 4.3 del Código de Planeamiento Urbano cuya altura supere la altura máxima permitida en el Proyecto de Código Urbanístico.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5303 desafecta del dominio público el sector de traza de vía pública de la calle José León Suarez, en el tramo comprendido entre su intersección con la calle Echeandía y calle Zuviría, correspondiente al polígono 1 conforme a lo graficado en Anexo 1 que la integra.</p><p>Art. 2 incorpora el polígono 1 a la Manzana 20 - Sección 78 - Circunscripción 1 y lo afecta al Distrito U31 I.</p><p>Art 3 desafecta sector, del dominio público.</p><p>Art. 4 incorpora el polígono y afécteselo al Distrito U31 I.</p>
MODIFICA
Ley 3576 cataloga inmuebles con nivel de protección cautelar en los términos del Art. 10.3.3 del capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, aprobado por Ley 449 TO Dec. 1181-07
TEXTO ORDENADO
Dec. 1181-07 Ordena Texto del CPU al 31-12-07 - segun lo dispuesto por el artículo 1.4.1 del Texto aprobado por la Ley 449
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5875 desafecta polígono del Distrito de zonificación Urbanización Futura-UF, del Código de Planeamiento Urbano aprobado por Ley 449, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, afecta polígono de Anexo I al Distrito de Zonificación U N° (a designar) “Estación Colegiales“.</p><p>Art. 4, aprueba para el polígono mencionado en el artículo 2°, las Normas Urbanísticas que como Anexo II forma parte de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5868 desafecta del dominio público una fracción de terreno correspondiente a la vía pública, quedando modificada la Ley 449, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Anexo I Art. 1 del Decreto 222-12 establece que el Procedimiento Técnico-Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, previsto en el Art. 9 de la Ley 123, y el procedimiento de Categorización establecido en el Art. 11 del mismo cuerpo normativo se realizarán en un todo conforme con el Cuadro de Categorización del Anexo II del presente Decreto, debiendo la Autoridad de Aplicación elaborar las actualizaciones correspondientes, de acuerdo a las sucesivas modificaciones que por Ley se realicen al Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 6 establece actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos categorizados, que deberán tramitar la consulta correspondiente ante la Autoridad de Aplicación del CPU con carácter previo a la solicitud del Certificado de Aptitud Ambiental, y deberán agregar copia de dicha autorización a requerimiento de los organismos competentes.</p><p>Art. 7 establece que las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que estuvieran emplazados en las denominadas Áreas de Protección Histórica (APH) conforme a lo establecido en el CPU, en caso de corresponder, deberán efectuar la consulta ante la Autoridad de Aplicación del CPU.</p><p>Art. 8 del Decreto 222-12 establece que las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que estuvieran emplazados en Distritos de Urbanización Determinada (U), deberán ser categorizados por la Autoridad de Aplicación del CPU.</p><p>Art 9 establece que las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que estuvieran emplazados en Distritos UP, UF, E4, RUA, RU, NE conforme lo establecido en el CPU y en el Distrito R1 conforme lo establecido en la Ley 2.216, previa autorización de localización por parte de la Autoridad de Aplicación del CPU, deberán ser categorizados por la Autoridad de Aplicación.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Ley 5854 modifica Cuadro de Usos N° 5.2.1.a) Servicios Terciarios del Agrupamiento C) del Código de Planeamiento Urbano , T. O. por Decreto 1181/07</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Ley 5715 cataloga con Nivel de Protección Cautelar el inmueble calle Tte Gral J. D. Perón 2070/74 en términos Cap. 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano aprobado por Ley 449.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5509 desafecta  del distrito de zonificación R2b1 y afecta a Distrito E4, equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, TO decreto 1181-07, con destino al Instituto Cardiovascular de Buenos Aires.</p><p>Art .2 aprueba normas urbanísticas.</p><p>Art. 3 modifica el Parágrafo 5.4.3.4 E4 - Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano en su punto 5).</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 aprueba de la modificación de la traza de la Avenida La Rábida (Norte) y la<br />Avenida La Rábida (Sur), modificando el Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 7 de la Ley 5848 autoriza la localización del Helipuerto Presidencial en el Distrito APH1.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley N° 5716, cataloga con Nivel de Protección Cautelar al Catálogo de inmuebles singulares previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto N° 1181-07.</p><p>Art. 2 , incorpora el inmueble sito en la calle Pérez Galdós n° 353 al Catálogo de inmuebles singulares previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2°  Ley 5714 cataloga con Nivel de Protección Cautelar  inmueble sito Av. Pte. Figueroa Alcorta 2280 perteneciente al Pabellón anexo al MNBA con Nivel Integral al Puente Peatonal  Carlos Sánchez Viamonte </p><p><br />Art. 3° Incorpora inmuebles catalogados por art. 1° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5888 cataloga inmuebles con Nivel de Protección Estructural, en los términos del Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2 incorpora inmuebles catalogados en el Artículo 1 al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Ley 5800  Desafecta del Distrito de Zonificación E4-97, Estación Intermedia de Ómnibus de Media y Larga Distancia, Parada Puente Saavedra, por Decreto 1181/07 aprobado por ley 449.-</p><p>Art 2°.- Afecta a la Parcela mencionada en el Artículo 1°  al Distrito U N° (a designar) del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art 4°.- Suprime del parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4 - Equipamiento Especial, inciso 5) Enumeración e inciso 6) Normas 6.97, el distrito E4-97, Estación Intermedia de Ómnibus de Media y Larga Distancia, Parada Puente Saavedra.</p><p>Art 6°.- Desafecta del Distrito de Zonificación C3I y R2aII del Código de<br />Planeamiento Urbano, la Manzana 066 -Sección 028 -- Circunscripción 9, delimitada por el eje de la calle Catamarca, Moreno, Av. Jujuy y Av. Belgrano.</p><p>Art 7°.- Afecta a la manzana mencionada en el artículo 6°  al Distrito U N° (a<br />designar) del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art 9°.- Afecta al Distrito UP del Código de Planeamiento Urbano, la parcela A de la Manzana 066 - Sección 028 - Circunscripción 9.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 21  de la Ley N° 5798 - Desafecta del Distrito A.R.E  el polígono definido por la margen izquierda u orilla norte del canal de la Reserva existente, hasta la Línea de Edificación (LE) sobre la Av. España (P8</p><p>Art. 22°.- Crea el Distrito U (n° a designar), en el predio delimitado por el polígono<br />mencionado en el artículo 21°.</p><p>Art. 23°.- Afecta  el Distrito U (n° a designar) a la reurbanización e integración socio-<br />urbana del Barrio Rodrigo Bueno.</p><p>Art. 26°.- Modifica la plancheta N° 19 del Plano de Zonificación del Código de<br />Planeamiento Urbano, conforme Anexo I.</p><p>Art. 27°.- Incorpora el Distrito al Código de Planeamiento Urbano. Incorpórase en el<br />artículo 5.4.6. Distrito U: Urbanizaciones Determinadas, el artículo 5.4.6. (n° a<br />designar)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 19 de la Ley 5799 desafecta del Distrito ÚF el Polígono delimitado por el eje de la Avenida Elcano, desde su intersección con la Avenida Triunvirato, eje de la calle Guevara, eje de la calle Céspedes, eje de la calle Fraga, eje de la calle Teodoro García, deslinde entre fracciones A y parcelas 05a y 20 de la manzana 178, sección 49, eje de la<br />Avenida Federico Lacroze, calle interna existente delimitadora del edificio Estación del Ferrocarril General Urquiza, deslinde con el área de operaciones del Ferrocarril<br />Urquiza, hasta eje de la Avenida Elcano, modifica el Código de Planeamiento Urbano aprobado por el Decreto 1181-2007. </p><p>Art. 20, crea el Distrito U (n° a designar). </p><p>Art. 21 afecta el Distrito U (n° a designar) a la reurbanización e integración socio- urbana del Barrio Playón Chacarita.</p><p>Art. 22  el Distrito U (n° a designar) se dividirá en cuatro zonas, según Plano 5.4.6. (n° a designar). </p><p>Art. 24  se incorpora el artículo 5.4.6. Distrito U: Urbanizaciones Determinadas, el artículo 5.4.6. (n° a designar): Distrito U (n° a designar): Barrio Playón Chacarita. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 desafecta del Distrito de Zonificación U11-Puerto Madero las parcelas 1b y 2 de la Manzana 1Q, Sección 97, circuscripción 21.</p><p>Art. 2 afecta al Subdistrito C1 del Distrito U11 - Puerto Madero, las Parcelas 1b y 2 de la Manzana 1Q, Sección 97, Circunscripción 21.</p><p>Art. 3 incorpora al 4.2.1. Subdistrito Central 1 (C1), del punto 4, del parágrafo<br />5.4.6.12 Distrito U11, del Codigo de Planeamiento Urbano, aprobado mediante Decreto 1181-2007.</p><p>Art. 4 desafecta del Distrito RU del Distrito de Zonificación U32 Área de Protección Patrimonial Antiguo Puerto Madero el polígono delimitado por el plano 5.4.6.33.</p><p>Art. 5 afecta el polígono mencionado en el Artículo 4° de la presente ley a Distrito E4- Parque Lineal- Paseo del Bajo del Distrito U32- Área de Protección Patrimonial<br />Antiguo Puerto Madero.</p><p>Art. 6 aprueba las Normas Urbanísticas y Normas Particulares, contenidas en el Anexo IV.</p><p>Art. 7. incorpora al 3) Subdivisión de parágrafo 5.4.6.33 Distrito U32 -- Área de Protección Patrimonial Antiguo Puerto Madero las normas contenidas en el Anexo IV.</p><p>Art. 10 desafecta del Distrito U32- Área de Protección Patrimonial Antiguo Puerto Madero la Parcela 5 de la Manzana 5D Sección 98 de la Circunscripción 21.</p><p>Art. 12 afecta a la vía pública la superficie requerida para la apertura de la vinculación de la Avenida Luis A. Huergo y de la Avenida Alicia Moreau de Justo.</p><p>Art. 15 encomienda a la Subsecretaría de Planeamiento, la modificación del texto y el Atlas del Código de Planeamiento Urbano. </p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5796 desafecta Distritos RU y P de Zonificación del Código de<br />Planeamiento Urbano.-  </p><p>Art. 3.afecta a vía pública, el polígono 1 que se delimita en el Plano que como Anexo I forma parte de la Ley. Obra denominada Paseo del Bajo.</p><p>Art. 4. afecta al Distrito de Zonificación U N (a designar) Catalinas Norte 2, del<br />Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Art. 5 aprueba el polígono mencionado en el artículo 4, las Normas Urbanísticas que como Anexo VII forman parte de la Ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1° de la Ley N° 5734, desafecta distritos de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181/07.</p><p>Art. 2°, afecta distrito U (N° a designar) los polígonos identificados en el Artículo 1° de la presente Ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2 de la Ley 5733 desafecta del Distrito UF y UP de zonificación del Código de Planeamiento Urbano la traza de vinculación entre la Avenida 9 de Julio y la Autopista Presidente Doctor Arturo Umberto Illia</p><p>Artículo 3 afecta la traza del artículo 2  al Distrito de Zonificación de Renovación Urbana, del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Artículo 5 desafecta del Distrito UF del  Código de Planeamiento Urbano el polígono delimitado en el Anexo II </p><p>Artículo 6 afecta al polígono delimitado en el Anexo II como Distrito U 53 Barrio Carlos Mugica y lo incorpora al Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Artículo 7 dispone la apertura de calles, según plano del Anexo II.</p><p>Artículo 8 aprueba e incorpora al CPU las Normas Urbanísticas del Anexo III</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 23 de la Ley 5732 desafecta del Distrito de Zonificación E4-52 y E4-53 (poligonos I, II, y III).</p><p>Art. 24, afecta al Distrito de Zonificación E4-52 (el polígono que se grafica en el plano Anexo III). Se afecta al Distrito de Zonificación U N° (a designar) Villa Autódromo y se afecta al Distrito E2 de Zonificación General (el polígono III.)</p><p>Art. 25, aprueba Normas Urbanísticas para los Distritos de Zonificación E4- 52 Autódromo de la Ciudad de Buenos Aires Oscar y Juan Galvez y Distrito de Zonificación U N° (a designar) Villa Autódromo.</p><p>Art. 26, deroga el Distrito de Zonificacición E4-53.</p><p>Art. 27 encomienda a la Subsecretaria de Planeamiento la modificación del punto 5) del Parágrafo 5.4.3.4 la incorporación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181/2007.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 18 de la Ley 5705 desafecta de los respectivos distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, el polígono delimitado por las Vías del FFCC Gral. Belgrano en su intersección con diversas calles.</p><p>Artículo 19 de la Ley 5705 deroga el nombre Lugano V del Distrito U8 y las normas contenidas en el parágrafo 5.4.6.9 Distrito U8 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Dec. 1181/07</p><p>Artículo 20 de la Ley 5705 desafecta del dominio público y afecta al dominio privado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, las aperturas calles Miralla, Albariño, Corvalán, Araujo, Basualdo, Guardia Nacional, Unanué, Barros Pazos y Avenida Argentina comprendidas dentro del polígono delimitado por: las vías del Ferrocarril General Belgrano, hasta su intersección al noreste con la Avenida Escalada, siguiendo por esta hasta su intersección con la Avenida General Francisco Fernández de la Cruz, siguiendo por esta hasta su intersección con la calle Pola al noroeste, siguiendo por esta hasta la intersección con la calle Unanué y por esta hasta la calle Miralla hasta los contra frentes de las parcelas 2, 3, y 4 de la Manzana 30B hasta su intersección con la calle Corvalán y por ésta hasta las vías del Ferrocarril General Belgrano.</p><p>Artículo 21 de la Ley 5705 desafecta del dominio público los sectores de traza de vía pública comprendidos por los Polígonos 1, 2, 3, 4 y 5 que están determinados en el Anexo III de la presente ley.</p><p>Artículo 24 de la Ley 5705 incorpora el Polígono 1 a la Manzana 30c -- Sección 66 -Circunscripción 1°, del Código de Planeamiento Urbano. (T.O. Dec. 1181/07)</p><p>Artículo 25 de la Ley 5705 incorpora el Polígono 2 a la Manzana 30d -- Sección 66 -Circunscripción 1° del Código de Planeamiento Urbano (T.O. Dec. 1181/07)</p><p>Artículo 26 de la Ley 5705 incorpora los Polígonos 3, 4 y 5 a la Manzana 30b -Sección 66 -- Circunscripción 1° del Código de Planeamiento Urbano ( T.O. Dec. 1181/07)</p><p>Artículo 27 de la Ley 5705 afecta a Distrito U8 (nombre a designar) el polígono indicado en el Artículo 18 de la presente Ley y graficado en el Plano N° 5.4.6.7 a) de su Anexo II.</p><p>Artículo 28 de la Ley 5705 aprueba las normas urbanísticas contenidas en el Anexo l de la presente ley e incorpora al parágrafo 5.4.6.9 Distrito U8 del Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Artículo 29 de la Ley 5705 modifica la plancheta N° 28 del Plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, conforme Anexo II.</p><p>Artículo 30 sustituye el Plano N° 5.4.6.7 por el Plano N° 5.4.6.7 a) según Anexo II de la presente ley e incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano .</p><p>Artículo 31 dispone la apertura de diversas  calles, conforme surge del plano que se acompaña como Anexo IV de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1° Ley 5704 desafecta de los Distritos E4 51 y E3 de zonificación del CPU polígonos delimitados  en Plano Anexo I</p><p> </p><p>Art. 2° Afecta Distrito de zonificación U N° a designar Villa Olímpica</p><p> </p><p>Art. 3° Afecta Distrito de zonificación U N° a designar Area de Equipamiento Lacarra</p><p> </p><p>Art. 4° Afecta al Distrito de zonificación E4 N° a designar Hospital Cecilia Grierson.</p><p> </p><p>Art, 5° Afecta al distrito de zonificación UP Parque de la Ciudad polígono delimitado Plano Anexo</p><p> </p><p>Art. 6° Dispone apertura y afectación a vía pública calles graficadas Anexo I y Planos 5.4.6 N° a designar Villa Olímpica y 5.4.6 N° a designar Area Equipamiento Lacarra</p><p> </p><p>Art. 7 Ley 5704 aprueba Normas Urbanísticas para polígonos mecionados establecidos en Anexo V</p><p> </p><p>Art. 8° Encomienda a la Subsecreatría de Planeamiento incorporar al CPU os Planos y Textos Anexos I- II- III- IV y V y la modificación de Plancheta n° 28 de Zonificación.</p><p> </p><p>Art. 9° Desafecta del dominio público prediso delimitados por polígonos mencionados en arts 2 y 3.</p><p>Excluye manzanas Equipamiento Educativo de Zona IV , Villa Olímpica y EquipamientoEDucativo Social Cultural del Distrito de zonificación U N° a designar Area Equipamiento Lacarra.</p><p> </p><p>Art. 13 Deroga Distrito E4 51 Parque de la Ciudad y se modifica puntos 5 y 6 parágrafo 5.4.3.4 CPU</p><p> </p><p>Art. 14 Incorpora el Distrito E4 N° a designar Hospital Cecilia Grierson del CPU</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1: Ley 5456 cataloga con Nivel de Protección Estructural al Palacio Estrugamou sito calle Juncal 747.</p><p>Art. 2 :incorpora el  inmueble  catalogado por art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación,Código de Planeamiento Urbano. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 3 de la Ley 5011, incorpora el numeral (a designar) Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, al punto 5, Enumeración, del Páragrafo 5.4.3.4, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.-</p><p>Art. 4, incorpora al punto 6, Normas Especiales, del Parágrafo 5.4.3.4, el punto 6 (N° a designar) - Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, que obra como Anexo I.</p><p>Art. 5, incorpora el Plano 5.4.3.4, E4 N°(a designar) -Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, al Atlas del CPU.-</p><p>Art. 6, cataloga con nivel de protección cautelar, el edificio ubicado en la calle Pasco 2113.-</p><p>Art. 7, incorpora el edificio cataloga por art. 6, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 12, modifica las Planchetas N° 18 y 24 del Plano de Zonificación del CPU, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5484, desafecta del dominio público de la Ciudad la traza de diversas calles, para el desarrollo urbanístico denominado Estación Sáenz.</p><p>Art. 2, desafecta del dominio público de la Ciudad la traza de diversas calles, para el desarrollo urbanístico denominado Estación Buenos Aires.</p><p>Art. 3, anula los trazados de calles que afecten los sectores desafectados por los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 4, da por transferidas las superficies resultantes mencionadas en los artículos 1 y 2, al dominio del Estado Nacional Argentino.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5361, desafecta del Distrito RUA el Predio Bajo Autopista, a los fines de instalarse allí una base primaria de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, modifica el Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, afecta el predio mencionado en el artículo 2 al Distrito de Zonificación E4 (Nro a designar) Higiene Urbana. </p><p>Art. 4, desafecta polígono del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del CPU.</p><p>Art. 5, afecta el predio mencionado en el Artículo 4 al Distrito de Zonificación E4 (Nro a designar) Higiene Urbana.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5012, incorpora inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 5486, desafecta parcelas del Distrito I1 (Industrial uno) y las afecta al Distrito de Zonificación U (Nro a designar) Barrio Agustín Magaldi, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p><p>Art. 5, desafecta parcelas del Distrito I1 (Industrial uno) y las afecta al Distrito de Zonificación U (Nro a designar) Barrio El Pueblito.</p><p>Art. 6, incorpora al Código de Planeamiento Urbano el Parágrafo 5.4.6. (Nro a designar) Barrio Agustín Magaldi.</p><p>Art. 7,incorpora al Código de Planeamiento Urbano el Parágrafo 5.4.6. (Nro a designar) Barrio El Pueblito. </p><p>Art. 8, incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano los Planos 5.4.6. (Nro a designar. </p><p>Art. 9, desafecta la traza de la Avenida 27 de Febrero -Ordenanza 34870- en los tramos que afecte a las parcelas comprendidas en la presente ley.</p><p>Art. 10, afecta las parcelas comprendidas en los Artículos 6 y 7 a los respectivos distritos de zonificación U (Nro a designar).</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5499, cataloga inmuebles con diversos Niveles de Protección. </p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 y 2 de la  Ley 5455 desafecta y afecta respectivamente el polígono delimitado por el eje de calle Segui con fondo de parcelas frentistas calle Neuquén hasta intersección con parcelas frentistas a Donato Alvarez del Distrito de Zonificación R2all, y Distrito de Zonificación R2bl, del Código de Planeamiento Urbano.- </p><p>Art. 3.- Modifica Plancheta 16 del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.-</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5358, cataloga inmuebles con sus respectivos niveles de Protección.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5357, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5369, incorpora la definición de Centros Culturales al inciso b) del parágrafo 1.2.1.1, Capítulo 1.2, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora el rubro Centros Culturales al Cuadro de Usos 5.2.1 a), en el Agrupamiento E), Clase I.</p><p>Art. 3, incorpora el rubro Centros Culturales al Cuadro de Usos 5.4.12.1b, Clase I.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 5367, incorpora inmuebles al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3443, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3516 incorpora definición al inciso b) de los tipos de uso, Parágrafo 1.2.1.1, Capítulo 1.2 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora la Referencia 39, con su especificación, al Artículo 5.2.1, Usos del Suelo Urbano y su Clasificación, Cuadro Referencias Guarda o Estacionamiento Vehicular.</p><p>Art. 3, incorpora al Cuadro de Usos 5.2.1 a) del CPU, Servicios Terciarios, el Uso Actividades TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Ley 2972), con las referencias indicadas en el Anexo I de la presente.</p><p>Art. 4, modifica el cuadro de usos 5.2.1 a) del CPU, Equipamiento D) Establecimientos Educativos, incorporando al uso Universitaria y no Universitaria, las referencias indicadas en el Anexo II.</p><p>Art. 5, incorpora el punto 8.3.1.1.1 en la Sección 8 del CPU, al final del parágrafo 8.3.1.1.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3532, modifica el rubro Salón Milonga del Cuadro de Usos 5.2.1a) en el Agrupamiento EQUIPAMIENTO, E) Cultura, Culto y Esparcimiento, V) Locales de Diversión, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2428, modifica el artículo 4.2.6, Perfil Edificable, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2796, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1 de la Ley 2795, modifica el Cuadro de Usos 5.2.1 a) del CPU, T.O del Decreto 1181-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Cláusula Transitoria de la Ley 4830, establece que los inmuebles catalogados de conformidad con la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, quedan comprendidos en la presente ley, hasta tanto se dicte un régimen de penalidades para dicho código.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3075, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Ley 5302, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto Nº 1181-07.</p><p>Art. 2 de la Ley 5302, incorpora los inmuebles catalogados al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3117, desafecta polígono del distrito de zonificación I 1.</p><p>Art. 2, afecta el polígono descripto en el art. 1, al distrito de zonificación R2bIII.</p><p>Art. 3, desafecta parcelas frentistas del distrito de zonificación I 1.</p><p>Art. 4, afecta las parcelas descriptas en el art. 3, al distrito de zonificación C3II del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3119, deroga la apertura de la calle Charrúa en su altura del 2900 entre su intersección con las calles General Fructuoso Rivera y Gregoria Matorras de San Martín, parágrafo 5.4.6.32 3b) del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Arts. 1 y 2 de la Ley 5512, desafectan y afectan parcelas de su actual Distrito de Zonificación.</p><p>Art. 4, modifica el Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E 4 Equipamiento Especial del<br />Código de Planeamiento Urbano, T.O. por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 5,  modifica las Panchetas N° 18 y 24 de los Planos de Zonificación del Atlas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3118, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4461, incorpora el Artículo 10.2.11, Transferencia de la capacidad constructiva, al Capítulo 10.2, Incentivos, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, modifica el inciso 2) del Art. 10.1.6, Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial, del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3038, incorpora la clase 7422 Ensayos y análisis técnicos, con el rubro 7422.0 de conformidad con la Ley 2265, en el Cuadro de Usos 5.2.1 c) del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, en el agrupamiento 74, Servicios Empresariales NCP.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2892, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3943, desafecta polígono de sus respectivos Distritos de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta el polígono especificado en el artículo 1, al Distrito de Zonificación DISTRITO APH (número a designar) CATEDRAL NORTE.</p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12 (número a designar) Distrito APH (número a designar) CATEDRAL AL NORTE al Artículo 5.4.12 Áreas de Protección Histórica del CPU.</p><p>Art. 4, modifica la plancheta 13 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en la presente ley.</p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU, los Planos 5.4.12 (número a designar)a, 5.4.12 (número a designar)b, y 5.4.12 (número a designar)c, que obran como Anexo.</p><p>Art. 6, cataloga los inmuebles allí especificados con sus respectivos niveles de protección. </p><p>Art. 7, incopora los inmuebles catalogados por el Artículo 6 al Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH (número a designar) Catedral al Norte, dentro del Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p><p>Art. 9, suprime los inmuebles que allí se detallan, consignados en el Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad de Buenos Aires con Declaratorias Ley 12665 y en el Listado de inmuebles Catalogados Singulares de la Sección 10 del CPU, y los incorpora al Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH (número a designar) Catedral al Norte.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2858, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2667, cataloga inmuebles con Nivel de Protección Estructural.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Listado de Inmuebles catalogados singulares, previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2721, desafecta polígono del Distrito R2all de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta el polígono consignado en el Artículo 1 al Distrito R1bll de Zonificación del CPU.</p><p>Art. 3, modifica el Parágrafo 5.4.1.2b) Distrito R1bll del citado Código.</p><p>Art. 4, modifica las Planchetas de zonificación 6 y 7 del CPU, agregándole al Distrito RIb2 consignado en las mismas, el número cardinal 6 encerrado por un círculo.</p><p>Art. 5, modifica la Plancheta de Zonificación 16 del CPU, según lo expresado en la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2466, cataloga inmuebles con Niveles de Protección Estructural y Cautelar, en los términos del artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, incorpora los inmuebles catalogados por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2825, desafecta parcelas del Distrito de Zonificación R2bII del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta las parcelas citadas en el art. 1, al Distrito de Zonificación E2 -Equipamiento General- del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2563, catologa el muelle de la Asociación de Pesca en la Costanera Sur, con Nivel de Protección Cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2770, incorpora el inmueble al que se refiere el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de Buenos Aires, del Capítulo 10.3 Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3952, desafecta polígono del Distrito de Zonificación R2aII del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, afecta el polígono referido en el art. 1 a Distrito de Zonificación R2bII.</p><p>Art. 3, afecta al Distrito de zonificación C3II del Código de Planeamiento Urbano a las parcelas frentistas de ambas aceras de la Av. Gral. Mosconi entre las calles Helguera y Campana y las parcelas frentistas a la Av. Gral. Mosconi acera impar entre las calles Campana y Llavallol (texto dado por Ley 4235).</p><p>Art. 4, modifica las Planchetas de zonificación 5 y 10 del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3023, incorpora el parágrafo 5.4.7 (Nro a designar) Pasaje Convención al artículo 5.4.7 Distritos de Arquitectura Especial - AE del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p><strong>Modificaciones al CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO. </strong></p><p>Art. 36, sustituye definiciones contenidas en el Parágrafo 1.2.1.1.</p><p>Art. 37,  elimina diferentes rubros del Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), Agrupamiento Residencial, Clase D.</p><p>Art. 38, modifica rubros del Cuadro de Usos 5.2.1 a), Clase D, e incorpora el rubro “Hotel Familiar” con el texto dado por el Anexo II de la presente.</p><p> Art. 39, incorpora al Cuadro de Usos 5.2.1 a), Agrupamiento Servicios Terciarios, la Clase E, “Turísticos”, con los rubros contemplados en el Anexo III de la presente.</p><p>Art. 40, establece excepciones que podrá disponer la Autoridad de Aplicación para establecimientos instalados en zonas APH o edificios con protección cautelar o general.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1, 2, 3 y 4 afectan y desafectan distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 5, incorpora el parágrafo 5.4.12.14. Distrito APH 14 Ámbito Recoleta, al Artículo 5.4.12 AREAS DE PROTECCIÓN HISTORICA APH, del CPU.</p><p>Art. 7, deroga el parágrafo 5.4.6.30 Distrito U29 Polo de Atracción La Recoleta, así como su Plano 5.4.6.30.</p><p>Art. 9, modifica las planchetas 8 y 13 del Plano de Zonificación, según lo expresado en la presente ley.</p><p>Art. 10, incorpora al Atlas del CPU los planos 5.4.12.14a y 5.4.12.14b.</p><p>Art. 11, incorpora el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 14 Ámbito Recoleta al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3641, cataloga inmueble con nivel de protección cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 29 de la Ley 5558, desafecta del Distrito de Zonificación E4 - 10 - Tiro Federal Argentino , la Manzana 146, de la Sección 27, Circunscripción 16, delimitada por la calle colectora de la Av. Leopoldo Lugones, Av. Guillermo Udaondo, Av. del Libertador y deslinde de la fracción U, de la Manzana 145, Sección 27, Circunscripción 16.</p><p>Art. 30, afecta al Distrito (N° a designar) Parque de la innovación, la Manzana 146, de la Sección 27. </p><p>Art. 32, aprueba las Normas Urbanísticas de Zonificación para el Distrito U (N° a designar), Parque de la Innovación.</p><p>Art. 34, incorpora los planos N° (N° a designar) correspondiente al Anexo I de la Ley de Atlas de Código de Planeamiento Urbano. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4383, modifica el inciso d) de la definición Hogar de Niñas, Niños, y<br />Adolescentes, en la Sección 1 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 8, reemplaza la referencia C por la referencia P en los Distritos de<br />Zonificación: R1 a, R1 bl, R1 bll, R2 al, R2 all, R2 bl, R2 bll; R2blll; en el Rubro Hogar<br />de Niñas, Niños y Adolescentes, Residencial Clase C: Residencia Comunitaria, del<br />Cuadro de Usos del Código de Planeamiento Urbano 5.2.1.a).</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 3507 modifica el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 4 , incorpora  al artículo 5.4.12 Distrito Areas de Protección Históricas  del Capítulo 5.4  Normas Especiíficas para cada Distrito del CPU.</p><p>Art. 5, modifica las planchetas 15 y 16 del Plano de Zonificación del CPU.</p><p>Art. 6 , incorpora  al Atlas del CPU los Planos N 1 y N 2 que como Anexo I forman parte de la presente.</p><p>Art. 7, incorpora  al Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH Floresta al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3120, modifica el Parágrafo 5.4.1.2 b) Distrito R1bII del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 3344, incorpora el inmueble catalogado por el Art. 1 al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2439 elimina tramo de la calle Moctezuma de la Sección 6, Sistema Vial, Listado de Arterias Afectadas a Apertura del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2440, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 2748, incorpora el inmueble catalogado por el art. 2, al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 2881 sustituye la definición Hogar Infantil por Hogar de Niñas, Niños, y Adolescentes en la Sección 1 Cap. 1.2 Definición de Términos Técnicos, parágrafo  1.2.1.1 Relativos al Uso, inciso b) De los tipos de Uso. del Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 5 realiza modificaciones en el Cuadro de Usos del Código de Planeamiento Urbano 5.2.1.a), Residencial, Clase C: Residencia Comunitaria.</p><p>Art. 6 sustituye el texto del cuadro de usos 5.4.12.1 distrito APH1, en el Agrupamiento Residencial, Clase D, Residencia Comunitaria, el uso Hogar Infantil.</p><p>Art. 7 incorpora el parágrafo 5.5.1.13 el uso Hogar de Niñas Niños y Adolescentes.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3124, sustituye el inciso 1) del Parágrafo 5.4.6.7 distrito de zonificación U6 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 4164, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2447, aprueba las normas urbanísticas correspondientes al Ámbito Estación Hipólito Yrigoyen y Viaducto del Ferrocarril General Roca. </p><p>Art. 2, incorpora el parágrafo 5.4.12.7 Distrito APH7 Ámbito Estación Hipólito Yrigoyen y Viaducto del Ferrocarril General Roca, al artículo 5.4.12 del Capítulo 5.4 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, incorpora al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 7, Ámbito Estación Hipólito Yrigoyen y Viaducto del Ferrocarril General Roca, contenido en el punto 4.1.1.1 Normas Para Inmuebles Catalogados, del parágrafo 5.4.12.7 del mismo Código.</p><p>Art. 4, modifica Plancheta 24 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos 1 y 2.</p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del Código de Planeamiento Urbano los planos 5.4.12.7a y 5.4.12.7b.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2567 desafecta Distrito de Zonificación E3 a las parcelas comprendidas por el polígono delimitado por los ejes de las calles Fitz Roy, Niceto Vega, Humboldt, y Paraguay hasta su intersección con la calle Fitz Roy; afecta dichas parcelas al Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales. </p><p>Art. 2.- Desafecta Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales a las parcelas frentistas a Av. Santa Fe entre la calle Humboldt y las vías del ex Ferrocarril General Bartolomé Mitre; aféctense dichas parcelas al Distrito de Zonificación C3I. </p><p>Art. 3.- Sustituye Parágrafo 5.4.6.21 Distrito U20 - Barrio Nuevo Colegiales del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.  </p><p>Art. 4.- Efectúa división catastral del predio delimitado por la avenida Álvarez Thomas, Concepción Arenal, Conde y Dorrego, el que quedará dividido en dos predios: el primero delimitado por Av. Álvarez Thomas, Concepción Arenal, Gral. Enrique Martínez y Dorrego; y el segundo delimitado por la calle Gral. E. Martínez, Concepción Arenal, Conde y Dorrego.</p><p>Art. 6.- Afécta el predio delimitado por las calles Conde, Concepción Arenal, Gral. Enrique Martínez y Dorrego a Zonificación UP (Urbanización Parque). </p><p>Art. 7.- Sustituye Plano 5.4.6.21 y el Gráfico  5.4.6.21 e incorpórese el Plano 5.4.6.21 c5 al Código de Planeamiento Urbano, obrantes en el Anexo II que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente. </p><p>Art. 9.- Cataloga con Nivel de Protección Cautelar el inmueble localizado en la calle Arévalo 2024-26-28-52 esquina Nicaragua 6065 (Ex Hogar de niñas huérfanas de la fundación de Damas Israelitas), asentado como Circunscripción 17, Sección 35, Manzana 77, Parcela 26, en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano. </p><p>Art. 10.- Incorpora inmueble catalogado por el artículo 9 al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4068, suprime el punto 25 del Artículo 5.4.13, NUEVOS APH, del Capítulo 5.4, NORMAS ESPECIFICAS PARA CADA DISTRITO, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Art. 2, desafecta polígono del distrito de zonificación R1bI sector 3 y lo afecta al distrito de zonificación U Parque Chas.</p><p>Art. 3, incorpora el Parágrafo 5.4.6 (Nro a designar) Distrito de Urbanización determinada U (Nro a designar) Parque Chas, al CPU.</p><p>Art. 4, encomienda al Poder Ejecutivo la modificación de las planchetas 5, 6 y 10 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos 1, 2 y 3. </p><p>Art. 5, incorpora al Atlas del CPU los Planos 5.4.6 (Nro a designar) que será elaborado por el Poder Ejecutivo.</p><p>Art. 8, incorpora los inmuebles catalogados por los Artículos 6 y 7, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares, previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2707, deroga el parágrafo 5.4.12.8 APH Área Aledaña Parque Lezama, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p><p>Arts. 2 y 3, desafectan parcelas de sus respectivos distritos de zonificación. </p><p>Art. 4, afecta los polígonos mencionados en los Artículos 2 y 3, al Distrito APH1, Parágrafo 5.4.12.1a1 del CPU.</p><p>Art. 5, sustituye el Plano 5.4.12..1a1.</p><p>Art. 6, sustituye el Plano 5.4.12.1b1.</p><p>Art. 7, incorpora al Atlas del CPU el Cuadro de Tipologías Particularizado 5.4.12.1b, e incorpora texto en el punto 4.2.1.3.1a1 - San Telmo, Zona 5 del Parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH 1.</p><p>Art. 8, incorpora parcelas al Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 1 San Telmo, previsto en el parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH 1.</p><p>Art. 9, modifica las planchetas 13 y 18 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los artículos precedentes.</p>