LEY 4422 2012

Síntesis:

 MODIFICA ARTÍCULOS  LEY 3640 - SUSTITUYE - FICHA DE CATALOGACIÓN 98-1 V-11 POR DIQUE 1 MALECÓN - SE SUSTITUYE DEL ANEXO I FICHA DE CATALOGACIÓN 98-1V-11 - MODIFICA LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SECCIÓN 10 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

18/01/2013

Sanción:

10/12/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/01/2013

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 3.640, publicada en el B.O. N° 3.593 del 27/01/2011

en su Artículo 1°, conforme el siguiente detalle:

Donde dice:

Secc. Manz. Parc. Dirección Nro. Protección
98 1V 11 Pierina Dealessi
Av. Elvira Rawson de Dellepiane

s/n
s/n

Estructural

Debe decir:

Secc. Manz. Parc. Dirección Nro. Protección
Pierina Dealessi
Av. Elvira Rawson de Dellepiane Subestación Compañía Italo
Argentina de Electricidad, Malecón del Dique 1

s/n
s/n

Estructural

Art 2°.- Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 3.640, sustituyendo del mismo la Ficha

de Catalogación N° "98-1 V-11" por "Dique 1 Malecón".

Art 3°.- Sustitúyese del Anexo I de la Ley antes mencionada, la Ficha de Catalogación

N° 98-1V-11 por la que como Anexo I forma parte de la presente.

Art 4°.- Modifícase el Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad de

Buenos Aires de la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, en función de lo

establecido en los artículos precedentes.

Art 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 11 de enero de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4.422 (Expediente N° 2.782.661/12),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 10 de diciembre de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de

enero de 2013.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4077

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 4 de la Ley 3640, modifica el Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad, previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07, en función de lo establecido en los artículos precedentes.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4422, modifica el artículo 1 de la Ley 3640.</p><p>Art. 2, modifica el artículo 4.</p><p>Art. 3, sustituye la Ficha de Catalogación del Anexo I de la Ley 3640, por la que como Anexo I forma parte de la presente.</p><p>Art. 4, modifica el Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad, previsto en la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, en función de lo establecido en los artículos precedentes.</p>