LEY 4972 2014
Síntesis:
DESAFECTACIÓN DE PREDIOS DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E3 EQUIPAMIENTO LOCAL DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - AFECTACIÓN DE PREDIO AL DISTRITO E4 EQUIPAMIENTO ESPECIAL HOSPITAL ITALIANO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO- MODIFICACIÓN - DELIMITACIÓN - PARCELAS ADQUIRIDAS POR LA SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES
Publicación:
03/07/2014
Sanción:
22/05/2014
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
18/06/2014
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Desaféctanse del Distrito de zonificación E3, Equipamiento Local del
Código de Planeamiento Urbano, los predios identificados catastralmente como
Parcelas 1d - 2 - 17a y 22, de la Manzana 44 A, Sección 17, Circunscripción 7.
Art 2°.- Aféctanse al Distrito E4 -- 94, Equipamiento Especial "Hospital Italiano" del
Código de Planeamiento Urbano, las parcelas indicadas en el Artículo 1°.
Art 3°.- Modifiquese el punto 2 DELIMITACIÓN, del parágrafo 6.94 "DISTRITO E4- 94
HOSPITAL ITALIANO" del Código de Planeamiento Urbano, el que queda redactado
de la siguiente manera:
2) DELIMITACIÓN: Según Plano de Zonificación. Comprende el predio identificado
catastralmente como Parcelas 1c - 1d - 2 - 17a y 22 de la Manzana 44 A, Sección 17,
Circunscripción 7. Toda otra parcela de la Manzana 44 A descripta, que fuera
adquirida por la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, deberá
englobarse, y quedará afectada a este Distrito.
Art 4°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la modificación de la Plancheta N° 12 de
Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.
Art 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 27 de junio de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.972 (E.E. N° 6.719.940-MGEYA-DGALE-
14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 22 de mayo de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día
18 de junio de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas