LEY 3137 2009
Síntesis:
SE DESAFECTA DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E3 - AFECTACIÓN DEL DISTRITO E4 - MODIFICA EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - EQUIPAMIENTO ESPECIAL - HOSPITAL ITALIANO - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO - CATALOGACIÓN - PABELLÓN BUSCHIAZZO - CALLE GASCÓN 450 - EDIFICIO POLICLÍNICO - CALLE PERÓN 4230-36 - CAPILLA - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - PLANCHETA 12 - NORMAS URBANÍSTICAS
Publicación:
09/09/2009
Sanción:
20/08/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
03/09/2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Desaféctase del distrito de zonificación E3 y aféctase a Distrito E4, Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, con destino a Hospital Italiano, el predio identificado catastralmente como Parcela 1 c, Manzana 44 A, Sección 17, Circunscripción 7, según lo graficado en el Plano que como Anexo I a todos sus efectos forma parte de la presente.
Art. 2°.- Apruébanse las Normas Urbanísticas que como Anexo II forman parte a todos sus efectos de la presente ley.
Art. 3°.- Modifícase el Parágrafo 5.4.3.4 E4 - Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano en su punto 5) Enumeración, según lo especificado en los Artículos 1° y 2°. El Poder Ejecutivo asignará a este Distrito E4 el número correlativo correspondiente que permita su inclusión ordenada en el listado que constituye el punto 5) Enumeración del Parágrafo 5.4.3.4 del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 4°.- Incorpóranse el Pabellón Buschiazzo de la calle Gascón N° 450, el Edificio Policlínico de la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón N° 4230/36 y la Capilla al listado de inmuebles catalogados con nivel de protección Estructural, según lo consignado en la Fichas de Catalogación y la Documentación Complementaria que como Anexo III forman parte de la presente a todos sus efectos.
Art. 5°.- El Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro asentará la catalogación establecida por Artículo 4°, en la documentación catastral correspondiente.
Art. 6°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la modificación de la Plancheta N° 12 de Zonificación y la incorporación de los Planos obrantes en el Anexo I de la presente en el Atlas del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 7°. Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
ANEXOS