LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013
Síntesis:
DESAFECTA PREDIOS IDENTIFICADOS CATASTRALMENTE COMO PARCELAS 1D - 2 - 17A Y 22 DE LA MANZANA 44 A SECCIÓN 17 CIRCUNSCRIPCIÓN 7 - DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E3 - AFECTA EQUIPAMIENTO ESPECIAL HOSPITAL ITALIANO - DISTRITO E4 94 - MODIFICA EL PUNTO 2 DELIMITACIÓN DEL PARÁGRAFO 6.94 DISTRITO E4- 94 - PARCELAS 1C - 1D - 2 - 17A Y 22 DE LA MANZANA 44 A SECCIÓN 17 CIRCUNSCRIPCIÓN 7 - PARCELA DE LA MANZANA 44 A - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
02/01/2014
Sanción:
07/11/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Desaféctanse del Distrito de zonificación E3, Equipamiento Local del
Código de Planeamiento Urbano, los predios identificados catastralmente como
Parcelas 1d - 2 - 17a y 22, de la Manzana 44 A, Sección 17, Circunscripción 7.
Art. 2°.- Aféctanse al Distrito E4 94, Equipamiento Especial "Hospital Italiano" del
Código de Planeamiento Urbano, las parcelas indicadas en el Artículo 1°.
Art. 3°.- Modifiquese el punto 2 DELIMITACIÓN, del parágrafo 6.94 "DISTRITO E4- 94
HOSPITAL ITALIANO" del Código de Planeamiento Urbano, el que queda redactado
de la siguiente manera: 2) DELIMITACIÓN: Según Plano de Zonificación. Comprende
el predio identificado catastralmente como Parcelas 1c - 1d - 2 - 17a y 22 de la
Manzana 44 A, Sección 17, Circunscripción 7. Toda otra parcela de la Manzana 44 A
descripta, que fuera adquirida por la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos
Aires, deberá englobarse, y quedará afectada a este Distrito.
Art. 4°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la modificación de la Plancheta N° 12 de
Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto por los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Vidal - Pérez