LEY 4608 2013

Síntesis:

CATALOGACIÓN - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - ESTACIÓN DE TRENES DE VILLA PUEYRREDÓN DEL EX FERROCARRIL GRAL MITRE - INCORPORA AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES - CATALOGA CON CON NIVEL DE PROTECCIÓN AMBIENTAL A LA PARCELA 0000 MANZANA 071A SECCIÓN 75 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

01/08/2013

Sanción:

27/06/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/07/2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo

10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento

Urbano, la Estación de Trenes de Villa Pueyrredón del ex Ferrocarril Gral. Mitre sita en

José León Cabezón 2501 (Parcela 0000, Manzana 071A, Sección 75).

Art. 2°.- Catalógase con Nivel de Protección Ambiental a la Parcela 0000, Manzana

071A, Sección 75 conforme el parágrafo 10.1.3.2.2 del Código de Planeamiento

Urbano.

Art. 3°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles

Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el

Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo

1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 5°.- La Ficha de Catalogación N° 075-071A-0000 forma parte de la presente Ley

como Anexo l.

Art. 6°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4206

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 3 de la Ley 4608, incorpora la Estación de Trenes de Villa Pueyrredón del ex Ferrocarril Gral. Mitre , al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
PROMULGADA POR