LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2012
Síntesis:
CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - ESTACIÓN DE TRENES DE VILLA PUEYRREDÓN - EX FERROCARRIL GRAL MITRE - CALLE JOSÉ LEÓN CABEZÓN 2501 - ARTÍCULO 10-3-3 - CAPÍTULO 10-3 CATALOGACIÓN -SE INCORPORA EL REFERIDO INMUEBLE AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
04/01/2013
Sanción:
13/12/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Ley
(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo
10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento
Urbano, la Estación de Trenes de Villa Pueyrredón del ex Ferrocarril Gral. Mitre sita en
José León Cabezón 2501 (Parcela 0000, Manzana 071A, Sección 75).
Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles
Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el
Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo
1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 075-071A-0000 forma parte de la presente Ley
como Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez
ANEXOS