LEY 5142 2014

Síntesis:

DECLARA BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD - SITIO HISTÓRICO - LEY 1227 - INMUEBLE SITO GARIBALDI 1335 - COMPOSITOR Y BANDONEONISTA - PEDRO LAURENZ - CATALOGA NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

22/12/2014

Sanción:

13/11/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/12/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 4°, inc. a) "Sitio histórico" de la

Ley 1227, al inmueble sito en Garibaldi 1335, donde nació el célebre compositor y

bandoneonista Pedro Laurenz.

Art. 2°.- Encomiéndase a la Autoridad de Aplicación de la citada Ley 1227,

implementar los medios necesarios para garantizar la investigación, restauración,

conservación y puesta en valor de los bienes arqueológicos vinculados al tango que se

hallan en dicho inmueble.

Art.3°.-Catalógase con nivel de Protección "Estructural", en los términos del Artículo

10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al

inmueble situado en Garibaldi 1335 (sección 10 manzana 111 parcela 026).

Art. 4°.- Incorpórase al registro de inmueble catalogado por el Artículo 3° al Catálogo

previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.142 (E.E. N° 17046031-MGEYA-DGALE-

2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 13 de noviembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el

día 11 de diciembre de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido,

archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 4 de la Ley 5142, incorpora el inmueble catalogado por el Artículo 3, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>