LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013
Síntesis:
DECLARACIÓN - INMUEBLE SITO CALLE GARIBALDI 1335 - BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SITIO HISTÓRICO - COMPOSITOR Y BANDONEONISTA PEDRO LAURENZ - INVESTIGACIÓN RESTAURACIÓN CONSERVACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE LOS BIENES ARQUEOLÓGICOS VINCULADOS AL TANGO - SE CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - CATALOGACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
14/01/2014
Sanción:
05/12/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 4°, inc. a) "Sitio histórico" de la
Ley 1.227, al inmueble sito en Garibaldi 1335, donde nació el célebre compositor y
bandoneonista Pedro Laurenz.
Art. 2°.- Encomiéndase a la Autoridad de Aplicación de la citada Ley 1227,
implementar los medios necesarios para garantizar la investigación, restauración,
conservación y puesta en valor de los bienes arqueológicos vinculados al tango que se
hallan en dicho inmueble.
Art. 3°.- Catalógase con nivel de Protección "Estructural", en los términos del Artículo
10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al
inmueble situado en Garibaldi 1335 (sección 10 | manzana 111 | parcela 026).
Art. 4°.- Incorpórase al registro de inmuebles catalogado por el Artículo 3° al Catálogo
previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 5°.- Cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo Pérez