LEY 4687 2013

Síntesis:

CATALOGA - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - EDIFICIO SITO CALLE FRANKLIN D ROOSEVELT 3141 - ESQUINA AVENIDA RICARDO BALBÍN - INCORPORACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

14/11/2013

Sanción:

19/09/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

16/10/2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del

Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,

el edificio sito en Franklin D. Roosevelt N° 3141 esquina Av. Ricardo Balbín, Parcela

001, Manzana 073, Sección 41.

Art. 2°.- Incorpórase el edificio catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el

Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo

1° en la documentación catastral correspondiente.

Art.4°.- La Ficha de catalogación N° 41-073-001 forma parte de la presente Ley Como

Anexo I.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4687 (Expediente Electrónico N°

5.006.602/MGEYA/DGALE/13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en su sesión del día 19 de septiembre de 2013 ha quedado

automáticamente promulgada el día 16 de octubre de 2013.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4279

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4687, cataloga inmueble con nivel de protección cautelar.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>