LEY 5095 2014

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES -  CATALOGA  INMUEBLES CON NIVELES DE PROTECCIÓN - INTEGRAL -  CAUTELAR - ESTRUCTURAL - EDIFICIOS - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU  -  CALLES - MAIPÚ - ESMERALDA - TUCUMÁN - VIAMONTE - SARMIENTO - AV. CORRIENTES - LAVALLE - AV. ROQUE SÁENZ PEÑA - MONTEVIDEO - VICENTE LÓPEZ - RODRÍGUEZ PEÑA - AV. DEL LIBERTADOR - AV. QUINTANA - ARENALES - PINZÓN - AV. SANTA FÉ - URUGUAY - AV. CÓRDOBA  - PARAGUAY -  MARCELO T DE ALVEAR -  AV. ALTE BROWN - TACUARÍ - CARABELAS - JUNCAL - CARLOS CALVO - BARTOLOMÉ  MITRE - ESTADOS UNIDOS - LAVALLE - PARANÁ - CERRITO - LIBERTAD - SUIPACHA - ARROYO - AV. RAMOS MEJÍA - AV. ALEM - PIEDRAS - PERÓN - TALCAHUANO - AV. RIVADAVIA - AZCUÉNAGA - RIOBAMBA - AYACUCHO - PARERA  - CALIFORNIA - AV. MONTES DE OCA -AV.  PUEYRREDÓN - ALSINA - ISABEL LA CATÓLICA - LARREA - CEVALLOS - MEXICO - AV. INDEPENDENCIA  - SANTIAGO DEL ESTERO - JEAN JAURES - BILLINGHURST - SÓLIS - AV. SAN JUAN - FILIBERTO - JUNÍN - LUIS SAÉNZ PEÑA - PAVÓN - SAN JOSÉ - COCHABAMBA - SALTA - GUEMES - AUSTRIA - AGUERO - ANCHORENA - AV. LAS HERAS - GELLI Y OBES - GALILEO - CHARCAS - ECUADOR - MIGUEL CANÉ - AV. BRASIL - PRINGLES - FRENCH - AV. FIGUEROA ALCORTA - RAWSON - POTOSÍ - GASCÓN - LEZICA - AV. MEDRANO - ÁNGEL PELUFFO - QUINQUELA MARTÍN - SOLER - THAMES - MISIONES - SAAVEDRA -  HIPÓLITO IRIGOYEN - PASCO - RINCÓN SARANDI - COMBATE DE LOS POZOS - AV. BELGRANO - MORENO - AV. SCALABRINI ORTIZ - PAUNERO - MALABIA - AV. ENTRE RÍOS -  UGARTECHE - ÁRAOZ - LAFINUR - CABELLO - CERVIÑO - REPÚBLICA ÁRABE SIRIA - JERÓNIMO SALGUERO - SEGUÍ - JERÓNIMO SALGUERO - MAURE - LAFINUR - OLLEROS - 11 DE SEPTIEMBRE - VILLANUEVA - 3 DE FEBRERO - AV. CASARES - CAVIA - GOROSTIAGA - ARRIBEÑOS - AV. LACROZE - ZABALA - VIRREY LORETO - AV. LUIS MARÍA CAMPOS - TEODORO GARCÍA - AGUILAR - OHIGGINS - VIRREY DEL PINO - SOLDADO DE LA INDEPENDENCIA - MIGUELETES - MALASIA - VOLTA - LA RIOJA - DEAN FUNES - AV. GARAY - CABRERA - USPALLATA - CATAMARCA - GRAL  URQUIZA - AV. LA PLATA - BENJAMÍN MATIENZO - HUMBOLDT - TREINTA Y TRES ORIENTALES - QUINTINO BOCAYUVA - DON BOSCO - AV. ÁLVARES THÓMAS - SAN CARLOS - FREIRE - BEAUCHEFF - ZUVIRÍA - EL MAESTRO - SUCRE - AV. DE LOS INCAS - ZAPIOLA - ROSARIO - DOBLAS - VIDELA - CACHIMAYO - AV. PEDRO GOYENA - BERTES - MOLDES - RIVERA - AV. COBO - TIMBÓ - ARANGUREN - YERBAL - AV.  AVELLANEDA - OTAMENDI - DÍAZ VELEZ - HIDALGO - YERBAL - AV. ALBERDI - HONORIO PUEYRREDÓN - RÍO DE JANEIRO - BALCARCE - GUALEGUAYCHÚ - HELGUERA - CUENCA - BOLIVIA - SIMBRON - BOGOTÁ - GOYA - AQUINO -  NEUQUEN - TERRADA -  AV. SAN MARTÍN - AV. NAZCA - AV. CANTILO - AV. WARNES - UGARTE - BAUNESS  - BUCARELLI - NAÓN - PEDRAZA - RICCIO - AQUINO - DICKMAN - TRES ARROYO - AV. BOYACA - NICASIO OROÑO - AV. GAONA - AQUINO - CARACAS - BELEN - GOYA  - CERVANTES - ACHAVAL - AV. DE LOS ITALIANOS - 

Publicación:

09/02/2015

Sanción:

02/10/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/11/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con sus correspondientes Niveles de Protección en los

términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del

Código de Planeamiento Urbano, a los inmuebles listados a continuación: Nro de

Orden Sección Manzana Parcela CALLE N° Nivel de Protección

Ver archivo 1

Art. 2°.- Incorpórase los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto

en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente,

las catalogaciones establecidas por el Artículo 1°.

Art. 4°.- Las Fichas de Catalogación constituyen, el Anexo I que a todos efectos forma

parte integrante de la presente Ley.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo Pérez

Buenos Aires, 6 de febrero de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.095 (EX 2014-15921107-MGEYA-DGALE),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 2 de octubre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 17 de

noviembre de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4576

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 6099 modifica la Ley 5095 de conformidad con lo establecido en el Anexo I Listado de Inmuebles Catalogados Singulares.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 5095, incorpora inmuebles catalogados al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p><p> </p>