LEY 4065 2011
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE CHIMENEA DE INMUEBLE - CALLE LARRAZÁBAL 728 AL 780 - FONROUGE 711AL 735 - NIVEL DE PROTECCIÓN INTEGRAL - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
08/02/2012
Sanción:
01/12/2011
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
13/01/2012
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Integral en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, a la chimenea localizada en el inmueble sito en la calle Larrazábal 728 al 780 -Fonrouge 711 al 735, asentado en la Circunscripción 1, Sección 60, Manzana 7, Parcela 2e.
Art. 2°.- Incorpórase la chimenea localizada en el inmueble especificado en el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 60-7-2e constituye el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente normativa.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Perez
Buenos Aires, 31 de enero de 2012
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4065 (Expediente N° 2395696/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 1° de Diciembre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 13 de Enero de 2012.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS