LEY 5361 2015
Síntesis:
DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO - INSTALACIÓN BASES DE RECOLECCIÓN - MARCO SERVICIOS PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - ALOJAMIENTO DE DISTINTAS BASES GEOGRÁFICAS SEGÚN CIRCULO DE RECOLECCIÓN - DESAFECTACIONES - DISTRITO RUA - PREDIO BAJO AUTOPISTA - SE AFECTA EL CITADO PREDIO AL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 - HIGIENE URBANA - DESAFECTA DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN URBANIZACIÓN PARQUE-UP - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INSTALACIÓN BASE PRIMARIA - RECOLECCIÓN RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - POLÍGONO E -F - G Y H - SE AFECTA EL REFERIDO PREDIO AL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 - HIGIENE URBANA
Publicación:
08/01/2016
Sanción:
17/09/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
20/10/2015
Artículo 1°.- Declárase de interés público la instalación de Bases de Recolección en el
marco del Servicios Público de Higiene Urbana, siendo prioritario el alojamiento de
distintas bases geográficas según el circulo de recolección.
Art. 2°.- Desaféctase del Distrito RUA el Predio Bajo Autopista, a los fines de instalarse
allí una base primaria de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, correspondientes
a la Circunscripción 1, Sección 58, Manzana 14F - Bajo Autopista, conforme al croquis
que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 3°.- Afectase el predio mencionado en el Articulo 2° al Distrito de Zonificación E4 -
(N° a designar) "Higiene Urbana".
Art. 4°.- Desaféctase del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del Código
de Planeamiento Urbano, a los fines de instalarse allí una base primaria de
Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, al polígono E, F, G y H delimitado en el
Plano que como Anexo II forma parte integrante de la presente Ley, correspondiente a
la Circunscripción 1, Sección 84, Manzana 1B, Parcelas 2 y 3 de Av. General Paz N°
17.122 y Av. 27 de Febrero S/N°.
Art. 5°.- Afectase el predio mencionado en el Articulo 4° al Distrito de Zonificación E4 -
(N° a designar) "Higiene Urbana".
Art. 6°.- Encomiéndese al Poder Ejecutivo la modificación de las planchetas de
zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.
Art 7°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
ANEXO
Buenos Aires, 5 de enero de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.361 (E.E. N° 27.112.562-MGEYA-DGALE-
2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 17 de septiembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el
día 20 de octubre de 2015.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público y al Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, Cumplido, archívese. Montiel
ANEXOS