LEY 5361 2015

Síntesis:

DECLARACIÓN  DE INTERÉS PÚBLICO - INSTALACIÓN BASES DE RECOLECCIÓN - MARCO SERVICIOS PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - ALOJAMIENTO DE DISTINTAS BASES GEOGRÁFICAS SEGÚN CIRCULO DE RECOLECCIÓN - DESAFECTACIONES - DISTRITO RUA - PREDIO BAJO AUTOPISTA - SE AFECTA  EL CITADO PREDIO AL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 - HIGIENE URBANA - DESAFECTA DEL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN URBANIZACIÓN PARQUE-UP - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INSTALACIÓN BASE PRIMARIA - RECOLECCIÓN RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - POLÍGONO E -F - G Y H - SE AFECTA EL REFERIDO PREDIO AL DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E4 - HIGIENE URBANA

Publicación:

08/01/2016

Sanción:

17/09/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

20/10/2015


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declárase de interés público la instalación de Bases de Recolección en el

marco del Servicios Público de Higiene Urbana, siendo prioritario el alojamiento de

distintas bases geográficas según el circulo de recolección.

Art. 2°.- Desaféctase del Distrito RUA el Predio Bajo Autopista, a los fines de instalarse

allí una base primaria de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, correspondientes

a la Circunscripción 1, Sección 58, Manzana 14F - Bajo Autopista, conforme al croquis

que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 3°.- Afectase el predio mencionado en el Articulo 2° al Distrito de Zonificación E4 -

(N° a designar) "Higiene Urbana".

Art. 4°.- Desaféctase del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del Código

de Planeamiento Urbano, a los fines de instalarse allí una base primaria de

Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, al polígono E, F, G y H delimitado en el

Plano que como Anexo II forma parte integrante de la presente Ley, correspondiente a

la Circunscripción 1, Sección 84, Manzana 1B, Parcelas 2 y 3 de Av. General Paz N°

17.122 y Av. 27 de Febrero S/N°.

Art. 5°.- Afectase el predio mencionado en el Articulo 4° al Distrito de Zonificación E4 -

(N° a designar) "Higiene Urbana".

Art. 6°.- Encomiéndese al Poder Ejecutivo la modificación de las planchetas de

zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.

Art 7°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

ANEXO

Buenos Aires, 5 de enero de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.361 (E.E. N° 27.112.562-MGEYA-DGALE-

2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 17 de septiembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el

día 20 de octubre de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público y al Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte, Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 5361, desafecta del Distrito RUA el Predio Bajo Autopista, a los fines de instalarse allí una base primaria de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, modifica el Código de Planeamiento Urbano, T.O. Decreto 1181-07.</p><p>Art. 3, afecta el predio mencionado en el artículo 2 al Distrito de Zonificación E4 (Nro a designar) Higiene Urbana. </p><p>Art. 4, desafecta polígono del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del CPU.</p><p>Art. 5, afecta el predio mencionado en el Artículo 4 al Distrito de Zonificación E4 (Nro a designar) Higiene Urbana.</p>