LEY 4927 2014
Síntesis:
CATALOGA INMUEBLE SITO EN AVENIDA CABILDO 2829 - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - ARTÍCULO 10.3.3- CAPÍTULO 10.3-CATALOGACIÓN - INCORPORA INMUEBLE CATALOGADO - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
29/05/2014
Sanción:
24/04/2014
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
22/05/2014
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del
Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,
el inmueble sito en la Avenida Cabildo 2829, Sección 27, Manzana 003, Parcela 016.
Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en
el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la
Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo
1°.
Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 27-003-016 forma parte de la presente Ley como
Anexo I.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 23 de mayo de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.927 (E.E. N° 05.253.348-MGEYA-DGALE-
2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 24 de abril de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 22
de mayo de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4406