LEY 5011 2014

Síntesis:

DESAFECTA POLÍGONO DE SU RESPECTIVO DISTRITO DE ZONIFICACIÓN - PICHINCHA - 15 DE NOVIEMBRE DE 1889 -  PASCO -  AV. CASERO - AFECTA POLÍGONO A ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN - EX CÁRCEL DE CASEROS - INCORPORA  EL NUMERAL - A DESIGNAR - INCOPORA PLANO 5.4.3.4 - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR EL EDIFICIO UBICADO EN LA CALLE PASCO 2113 - MODIFICA PLANCHETAS - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO PLANO

Publicación:

01/08/2014

Sanción:

19/06/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/07/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Desaféctase de los respectivos distritos de zonificación, otorgados por

normas especiales aprobadas por la Ley 1006 (BOCBA N° 1622 del 03/02/2003), el

polígono delimitado por las calles Pichincha, 15 de noviembre de 1889, Pasco y Av.

Caseros, correspondiente a la Circunscripción 2, Sección 24, Manzana 89, Parcela

000.

Art. 2°.- Aféctase el polígono mencionado en el artículo 1° al Distrito E4 N° (a

designar) "Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de Caseros" del Código de

Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- Incorpórase al punto 5 "Enumeración" del Páragrafo 5.4.3.4 "Distrito E4

Equipamiento Especial", el numeral (a designar) "Archivo General de la Nación -- Ex

Cárcel de Caseros".

Art. 4°.- Incorpórase al punto 6 "Normas Especiales" del Parágrafo 5.4.3.4, el punto 6.

(N° a designar) "E4 N° (a designar) - Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de

Caseros", del Código de Planeamiento Urbano, cuyo texto obra como Anexo I y, a

todos sus efectos, forma parte de la presente Ley.

Art. 5°.- Incorpórase el Plano 5.4.3.4 "E4 N° (a designar) - Archivo General de la

Nación -- Ex Cárcel de Caseros" al Atlas del Código de Planeamiento Urbano, el que

obra como Anexo II y, a todos sus efectos, forma parte de la presente.

Art. 6°.- Catalógase con nivel de protección Cautelar, en los términos del Artículo 10.3

"Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el edificio ubicado en la calle

Pasco 2113, asentado en la Manzana 89, de la Sección 24, Circunscripción 2. La

presente catalogación sólo alcanza al edificio donde funcionara la ex Cárcel de

Caseros, ubicado en el sector delimitado por las calles Pasco, Av. Caseros, Pichincha

y la prolongación virtual de la calle Rondeau.

Art. 7°.- Incorpórase el edificio catalogado por el artículo 6° al Listado de Inmuebles

Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 8°.- La Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del

Ministerio de Desarrollo Urbano, asentará la catalogación establecida por el artículo 6°

en la documentación catastral correspondiente.

Art. 9°.- La Ficha de Catalogación N° 024-089-000 forma parte de la presente ley como

Anexo III.

Art. 10.- Dispónese la apertura de la calle Rondeau entre Pichincha y Pasco. La

construcción de las calzadas y aceras, y toda cesión de las superficies de las mismas,

deberán tener trámite administrativo iniciado al momento del primer registro de planos.

Art. 11.- Acéptase la cesión de la porción de tierra propiedad del Estado Nacional

Argentino que resulte necesaria para la construcción de la calzada y aceras de la

arteria mencionada en el artículo 9°, y aféctasela al dominio público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Art. 12.- Modificase las Planchetas N° 18 y 24 del Plano de Zonificación del Código de

Planeamiento Urbano, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la

presente.

Art. 13.- Deróganse los artículos 4°, 5°, 6° de la Ley 1006 (BOCBA N° 1622 del

03/02/2003).

Art. 14.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo que realice las gestiones necesarias ante el

Poder Ejecutivo Nacional, a los fines de implementar las addendas y/o modificaciones

que, en virtud de la presente Ley, resulten necesarias al Convenio 45/02, aprobado por

la Ley 1002.

Art. 15.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 31 de julio de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.011 (E.E. N° 8.182.757-MGEYA-DGALE-

14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 19 de junio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 21

de julio de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4450

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 3 de la Ley 5011, incorpora el numeral (a designar) Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, al punto 5, Enumeración, del Páragrafo 5.4.3.4, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.-</p><p>Art. 4, incorpora al punto 6, Normas Especiales, del Parágrafo 5.4.3.4, el punto 6 (N° a designar) - Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, que obra como Anexo I.</p><p>Art. 5, incorpora el Plano 5.4.3.4, E4 N°(a designar) -Archivo General de la Nación-Ex Cárcel de Caseros, al Atlas del CPU.-</p><p>Art. 6, cataloga con nivel de protección cautelar, el edificio ubicado en la calle Pasco 2113.-</p><p>Art. 7, incorpora el edificio cataloga por art. 6, al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 12, modifica las Planchetas N° 18 y 24 del Plano de Zonificación del CPU, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 13 de la Ley 5011, deroga los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 1006.</p>