RESOLUCIÓN 113 2012 SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

Síntesis:

CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INCORPORA CON CARÁCTER PREVENTIVO  - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES - EDIFICIO SITO AV RIVADAVIA 1635 - OBLIGACIÓN DE PROTEGER - VALOR URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO E HISTÓRICO-TESTIMONIAL

Publicación:

13/03/2012

Sanción:

06/03/2012

Organismo:

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO


VISTO:

El Expediente N° 2356988-2011, y

CONSIDERANDO

Que por la mencionada actuación tramita el Proyecto de Ley de catalogación con Nivel de Protección "Estructural" del inmueble sito en la Av. Rivadavia 1635, Nomenclatura Catastral: Sección 05, Manzana 009, Parcela 028b, en razón de sus valores urbanísticos, arquitectónicos e históricos-testimoniales;

Que el edificio posee valor urbanístico, dado que se encuentra dentro del APH 01 San Telmo-Av. de Mayo. En su contexto monumental, dado que se halla en las inmediaciones del Congreso Nacional, este inmueble junto con el Teatro Liceo, se presenta como un hito cultural de valor referencial.

Que su arquitectura racionalista resuelve espacios fluidos, de gran abstracción, donde los elementos expresivos se manifiestan a través de la estructura puntual que cubre grandes luces, amplios paños vidriados y superficies planas con aristas vivas que se materializan a través de revestimientos de mármoles cuyas vetas y colores aportan calidez pero al mismo tiempo, geometría y uniformidad al gran hall-foyer.

Que, dichos elementos, sumados a lo que fue la gran sala cinematográfica como expresión de los nuevos programas funcionales, indican los aportes vanguardistas para su época, tanto en lo espacial y estético, como en lo tecnológico. En contraste con el claro espacio interior, la fachada se resuelve como un plano revestido en ladrillos a la vista intercalado con paños lisos revocados en bajorrelieve, contienen las aberturas para ventilación. La doble altura interior del foyer se evidencia en la fachada a través del gran acceso totalmente vidriado y la enorme superficie de ladrillos de vidrio que se desarrolla sobre la marquesina. Ésta que posee 3,30 m de voladizo y es el gran signo que a nivel peatonal indica el uso cultural del inmueble. La calidad estético-espacial del foyer fue lograda entonces, no sólo por la doble altura y las escaleras de acceso a lo que antes fuera el pullman, hoy convertido en salas mas pequeñas cuyo hall balconea al espacio central, sino por el tratamiento de los cielorrasos con molduras formando círculos concéntricos interrumpidos solo por esbeltas columnas recubiertas en mármol veteado.

Que, de esta manera pueden analizarse características tipológicas invariantes tomadas del gran ícono de la Av. Corrientes: el Teatro Gran Rex, uno de los grandes teatros porteños, terminado en 1937 y obra del arquitecto Alberto Prebisch.

Que el edificio ostenta valor simbólico-testimonial ya que fue construido durante el auge del cine sonoro, cuando se multiplicaron las salas cinematográficas. Entre las décadas de 1940 y 1960 los cines se constituyeron en un elemento fundamental de la vida social de la ciudad. En 2003 se inaguraron las Salas Gaumont, con el nombre de Espacio INCAA- KM0 (Instituto de Cine y Artes Audiovisuales) para destinarlas exclusivamente al estreno de películas argentinas. En 2008 fue declarado "testimonio vivo de la memoria de la ciudad", y en la actualidad sigue funcionando y dando a conocer el cine nacional. Por estos motivos este edificio es un hito que posee cualidades referenciales y evocativas con los que se identifica la comunidad, consolidándose como testigo de eventos, personajes y actividades de trascendencia.

Que el mencionado pedido de Catalogación fue puesto a consideración del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales acordando el mismo en otorgarle Nivel de Protección "Estructural" mediante Nota S/N° CAAP-2011 de fecha 24 de enero de 2012;

Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 "Obligación de Proteger" que "La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetos considerados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambiental obliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus protección, como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración. Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como tales dentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe de Gobierno. (...)";

Que el Artículo 10.1.6. "Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial" del citado Código consigna que "La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogados en todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partir de su valoración patrimonial (...)";

Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios N° 2506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y del Decreto N° 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. N° 2829), y la Resolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórense con carácter preventivo al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el edificio sito la Av. Rivadavia 1635, Nomenclatura Catastral: Sección 05, Manzana 009, Parcela 028b, en razón de sus valores urbanísticos, arquitectónicos e históricos-testimoniales.

Artículo 2°.- La Dirección General Registro de Obras y Catastro no dará curso a solicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra, obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por la Dirección General de Interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de la sección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva la incorporación firme del edificio al Catalogo en cuestión.

Artículo 3°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanística y a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a esta Secretaría a los fines de notificar a los propietarios. Lostri

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INTEGRA
Res. 113/SECPLAN/12 incorpora con carácter preventivo al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el edificio sito la Av. Rivadavia 1635