RESOLUCIÓN 415 2014 SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

Síntesis:

 LOS FIRMANTES DE PLANOS QUE SE PRESENTEN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO DEBERÁN CONSIGNAR EN LA CARÁTULA -  CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA - CUIT - CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN LABORAL - CUIL -  COPIA DE LA CONSTANCIA  - CONDICIONES - OBLIGATORIEDAD -  CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN  

Publicación:

05/11/2014

Sanción:

29/09/2014

Organismo:

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO


VISTO:

Los Artículos 2.1.2.2, 2.1.2.5 y 2.1.2.8 del Código de Edificación y el Artículo 2.1.2 del

Código de Planeamiento Urbano, y

CONSIDERANDO:

Que a los efectos de perfeccionar el cruce de datos impositivos entre esta Secretaría y

la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, resulta necesario exigir a los Profesionales, Propietarios y/o Empresas, que

realicen presentaciones ante las distintas dependencias de esta Secretaría, que

declaren sus Claves Únicas de Identificación Tributaria y/o Laboral y acompañen

constancias de las mismas;

Que en la actualidad los datos tributarios constan como requisito de declaración en

varios de los distintos formularios de solicitud de trámites, empero no es cumplido por

la mayoría de los presentantes;

Que a los efectos de mejorar dichas declaraciones, y complementar lo establecido en

el del Artículo 2.1.2.8 "Pormenores técnicos imprescindibles para planos de edificación

e instalaciones", Inciso b) "Contenido de la carátula de los planos", del Código de la

Edificación, se considera oportuno que las citadas claves también sean declaradas en

las carátulas de planos de permisos de obra y/o instalación en cualquiera de sus

variantes, y en los permisos de demolición total y/o parcial;

Que asimismo las referidas claves deberán consignarse obligatoriamente, en los

Certificados de Uso Conforme, tanto por el Usuario, Propietario y los Profesionales

intervinientes, complementando de esta manera las exigencias establecidas en el

Artículo 2.1.2 "Datos a consignar en el Certificado de Uso Conforme" del Código de

Planeamiento Urbano.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1°.- A partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos los firmantes de planos que se presenten

ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, deberán consignar en la

carátula de los mismos, su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T) o su Clave

Única de Identificación Laboral (C.U.I.L), presentando copia de la constancia

correspondiente.

Artículo 2°.- En los casos de trámites donde resulte exigible la presentación del

Certificado de Uso Conforme, las claves indicadas en el artículo 1° de la presente

resolución, deberán declararse también el citado certificado, tanto por el Usuario, el

Propietario y el Profesional interviniente.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales de Interpretación Urbanística

y de Registro de Obras y Catastro y a la Agencia Gubernamental de Ingresos

Públicos. Lostri

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art.1 de la Res. 415-SECPLAN-14:Todos los firmantes de planos que se presenten ante la DG de Registro de Obras y Catastro, deberán consignar  en la carátula claves - CUIT o CUIL -complementa las exigencias establecidas en el Artículo 2.1.2 Datos a consignar en el Certificado de Uso Conforme del Código de Planeamiento Urbano.to Dec. 1181-07</p>