LEY 3126 2009

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLE - CATÁLOGO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - EX CHALET DE LA CRUZ ROJA - AV DE LOS ITALIANOS ESQUINA AZUCENA VILLAFLOR - INCORPORACIÓN AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS

Publicación:

16/09/2009

Sanción:

06/08/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/09/2009


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble denominado Ex Chalet de la Cruz Roja, sito en Avenida de los Italianos esquina Azucena Villaflor, asentado en la circunscripción 21, sección 98, manzana 61, parcela 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 98-61-1 constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Olmos - Pérez

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2009

En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 3.126 (Expediente N° 1061943/09), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de agosto de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 7 de septiembre de 2009

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y al Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3259

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 2 de la Ley 3126 incorpora inmueble al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO por Dto 1181-07.</p>