LEY 3225 2009
Síntesis:
DECLARA INMUEBLE CALLE VENANCIO FLORES 3519-21 SITIO HISTÓRICO - CATALOGADO CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
16/11/2009
Sanción:
15/10/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/11/2009
Artículo 1°.- Declárase Sitio Histórico en los términos del Inciso a) del Artículo 4° de la Ley N° 1.227 al inmueble ubicado en la calle Venancio Flores 3519/21, de esta Ciudad, asentado en la Circunscripción 1, Sección 77, Manzana 123, Parcela 16.
Art. 2°.- Catalóguese con Nivel de Protección Cautelar, según los términos del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble catalogado en el artículo 1°.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Art. 4°.- Comuníquese, etc.