LEY 3550 2010

Síntesis:

CATALOGA  INMUEBLE SITO EN JUNCAL 1319 CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO 

Publicación:

08/10/2010

Sanción:

02/09/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

24/09/2010


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Juncal 1319; asentado en la Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 49, parcela 19ª, Comuna 1.

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo asentará en la documentación catastral correspondiente la catalogación establecida por el Art. 1°.

Art. 4°.- La ficha de catalogación 7-049-019A, que constituye el Anexo I, forma parte a todos sus efectos de la presente Ley.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2010

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.550, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 2 de septiembre de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 24 de septiembre de 2010.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3521

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Ley 3550, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>