LEY 3936 2011
Síntesis:
AFECTA DISTRITO DE ZONIFICACIÓN E-3 - POLÍGONO DE LIMITADO POR AVENIDAS ALTE. BROWN - MARTÍN GARCÍA Y CALLES IRALA Y PILCOMAYO BARRIO DE LA BOCA - INCORPORA PARÁGRAFO - MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU
Publicación:
13/12/2011
Sanción:
06/10/2011
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
07/11/2011
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Desaféctase del distrito de zonificación UF (Urbanización Futura) el polígono delimitado por la Av. Alte. Brown, Av. Martín García, Irala y Pilcomayo correspondiente a la manzana 61, sección 6I, circunscripción 4, del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 2°.- Aféctase el polígono descripto en el Art. 1° a Distrito de zonificación E3 (3) (Equipamiento local -Sector 3 Barrio de La Boca) del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- Incorpórase al parágrafo 5.4.3.3 del Código de Planeamiento Urbano, el siguiente texto:
7.2) En el sector 3 Barrio de "La Boca", se establece como plano límite 15,50 m.
Art. 4°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la modificación de la plancheta N° 18 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano conforme a lo establecido por la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Schillagi
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3.936 (Expediente N° 1.880.404/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 6 de octubre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 7 de noviembre de 2011.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas