LEY 5868 2017

Síntesis:

DESAFECTACIÓN DE FRACCIÓN DE TERRENO - DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD - VÍA PÚBLICA - AVENIDA COMODORO MARTÍN RIVADAVIA - DECLARA INNECESARIA PARA LA GESTIÓN DEL GOBIERNO- APROBACIÓN DE VENTA - FIDEICOMISO ARCOS - PLANO - BOLETO COMPRAVENTA - CONDICIONES

Publicación:

26/10/2017

Sanción:

14/09/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/10/2017


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Desaféctese del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

una fracción de terreno correspondiente a la vía pública, de una superficie total de

13,13 m2 con frente a la Av. Comodoro Martín Rivadavia N° 2086-90-96 - identificada

catastralmente como 29-040-010° -- e identificada como Polígono A-B-C-D-A, según

plano 8-C-2011, que se adjunta como Anexo I, y que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Art 2°.- Declárase innecesaria para la gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires la fracción de terreno mencionada en el artículo 1°.

Art 3°.- Apruébase la venta de la fracción de terreno mencionada en el artículo 1° por

el precio de pesos cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000), a favor del FIDEICOMISO

ARCOS N° 3667, C.U.I.T. 30-71011986-0, en virtud de lo dispuesto por el inciso b) del

artículo 58 la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en las condiciones establecidas en el boleto de compraventa, cuya

copia se adjunta como Anexo II y que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Ley.

Art 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Buenos Aires, 23 de octubre de 2017
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.868 (Expediente Electrónico N° 21.995.383
MGEYA-DGALE-2017), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 14 de septiembre de 2017, ha quedado
automáticamente promulgada el día 10 de octubre de 2017.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
los Ministerios de Desarrollo Urbano y Transporte y de Hacienda. Cumplido, archívese.Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5241

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5868 desafecta del dominio público una fracción de terreno correspondiente a la vía pública, quedando modificada la Ley 449, Texto Ordenado por Decreto 1181-07.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 120-18 declara adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio de la superficie con frente a Av. Comodoro Martín Rivadavia N° 2086-90-96 identificada catastralmente en  Circunscripción: 16; Sección: 29; Manzana: 40; Parcela: 10a; e identificada como  polígono A-B-C-D-A, desafectado por Ley 5868.</p>