DECRETO 120 2018
Síntesis:
DECLARA ADQUIRIDO POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DOMINIO - SUPERFICIE DE TERRENO FRENTE A AVENIDA COMODORO MARTÍN RIVADAVIA 2086-90-96 - PRIMERA INSCRIPCIÓN DOMINIAL - ADQUISICIÓN DE INMUEBLE - ESCRITURACIÓN
Publicación:
03/05/2018
Sanción:
27/04/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 5.666) y 5.868, el Expediente Electrónico N° 126635-
MGEYA-DGALE/17, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de primera inscripción
registral correspondiente al inmueble sito en la avenida Comodoro Martín Rivadavia N°
2086/90/96 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Escritura Pública N° 506 de fecha 7 de julio de 1980, pasada al Folio
2292 del Registro Notarial N° 253 de esta Ciudad, por el Escribano Adscripto Alberto
Ignacio Paz, se transfirió el dominio de una fracción de terreno por expropiación Ley
N° 21.499 a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, del inmueble sito
en avenida Comodoro Martín Rivadavia N° 2086/90/96;
Que por el artículo 1° de la Ley N° 5.868 se desafectó del dominio público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires una fracción de terreno correspondiente a la vía pública,
de una superficie total de 13,13 m2 con frente a la Av. Comodoro Martín Rivadavia N°
2086/90/96, identificada catastralmente como Circunscripción: 16; Sección: 29;
Manzana: 40; Parcela: 10a, Polígono A-B-C-D-A, según plano 8-C-2011;
Que el artículo 2° de la citada Ley, declara innecesaria para la gestión del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la fracción de terreno mencionada
precedentemente;
Que el artículo 3° de la misma, aprueba la venta de la fracción de terreno mencionada,
por el precio de pesos CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), a favor del
FIDEICOMISO ARCOS N° 3667, CUIT 30-71011986-0, en virtud de lo dispuesto por el
inciso b) del artículo 60 de la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en tal inteligencia, resulta necesario autorizar a la Dirección General Escribanía
General instrumentar la declaratoria de dominio y a adquirir la referida fracción de
terreno, inscribiéndola a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal de conformidad a lo
establecido en el artículo 3 inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;
Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente de la
Subsecretaría Registros, Interpretación y Catastro del Ministerio Desarrollo Urbano se
ha expedido en orden a sus competencias específicas;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete de
acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto consolidado por la Ley
N° 5.666).
Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Declárase adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
conformidad con lo expresado en los considerandos del presente Decreto, el dominio
de la superficie de terreno total de 13,13 m2 con frente a la Av. Comodoro Martín
Rivadavia N° 2086-90-96 identificada catastralmente en Circunscripción: 16; Sección:
29; Manzana: 40; Parcela: 10a; e identificada como Polígono A-B-C-D-A, conforme
Plano 8-C-2011, aprobado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la
Subsecretaría Registros, Interpretación y Catastro dependiente del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la primer inscripción dominial del Polígono
A-B-C-D-A, según plano 8-C-2011, del inmueble sito en la avenida Comodoro Martín
Rivadavia N° 2086/90/96 e inscribirla mediante escritura pública y/o documento
administrativo (Ley Nacional N° 17.801, art. 3° inc. a) en el Registro de la Propiedad
Inmueble, a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y a la Dirección General
Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y para
su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General de
la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel