DISPOSICIÓN 420 2018 DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
Síntesis:
SE FIJA LÍNEA DE FRENTE INTERNO - EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS Y DE PERÍMETRO LIBRE - MANZANA 58 - SECCIÓN 47 - CIRCUNSCRIPCIÓN 15 - CALLES GIRARDOT - LEIVA - MONTENEGRO - CONCEPCIÓN ARENAL - VÍAS DEL FERROCARRIL NACIONAL GENERAL SAN MARTÍN
Publicación:
28/01/2020
Sanción:
18/09/2018
Organismo:
DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
VISTO: Las Leyes N° 449 y N° 5460, los Decretos N° 363/GCABA/2015 y N°
8/AJG/2018, el Expediente Electrónico N° 2018-15158030-MGEYA-DGROC y
CONSIDERANDO:
Que se solicita el trazado de Línea de Frente Interno de la Manzana 58, Sección 47,
Circunscripción 15, delimitada por las calles GIRARDOT, LEIVA, MONTENEGRO,
CONCEPCIÓN ARENAL Y VÍAS DEL FERROCARRIL NACIONAL GENERAL SAN
MARTÍN.
Que corresponde su trazado de parte de esta Dirección General de acuerdo a los
artículos 4.2.3 y 4.3.6 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano -
Ley 449 - B.O.C.B.A. N° 1044, publicado el 09/12/2.000, que prevén el dictado de
disposiciones especiales en Manzanas de menos de 4000 m2., ó cuyas semisumas de
lados opuestos sean inferiores a 62.00 m., tengan 3, 5 ó más lados, ó 1 ó más lados
curvos.
Que en el presente caso es de tener en cuenta que la manzana se encuentra
emplazada en el Distrito E2 según lo estipulado en el Artículo 5.4.3.2 del Código de
Planeamiento Urbano.
Que atento a ello y encuadrando la presente manzana dentro de las características
mencionadas precedentemente, corresponde fijar la Línea de Frente Interno
respectiva.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le fueran conferidas por
Ley N° 5460 y los Decretos N° 363/GCABA/2015 y N° 8/AJG/2018.
Por ello,
Artículo 1°.- Fíjase como Línea de Frente Interno para edificios entre medianeras y de
perímetro libre de la Manzana 58, Sección 47, Circunscripción 15, delimitada por las
calles GIRARDOT, LEIVA, MONTENEGRO, CONCEPCIÓN ARENAL Y VÍAS DEL
FERROCARRIL NACIONAL GENERAL SAN MARTÍN, la graficada en el archivo IF-
2018-22930752-DGROC.
Artículo 2°.- A los efectos de relación r" = h"/d", se fija d" = 36.00 m entre medianeras y
perímetro libre.
Artículo 3°.- Regístrese. Notifíquese al recurrente por intermedio del Departamento
Urbanístico y de Legislación, para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección de Catastro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad por intermedio del
Departamento Técnico Administrativo. Cumplido, remítase el Expediente Electrónico
N° 2018-15158030-MGEYA-DGROC al estado de guarda temporal para su posterior
archivo. Hertel