LEY 2798 2008
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL EL INMUEBLE DE AV. CORRIENTES 1667-69 - CASA DE VENTAS DE ESPECIAS EL GATO NEGRO - MODIFICACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU
Publicación:
23/09/2008
Sanción:
17/07/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
12/09/2008
LA LEGISLATURA DE LACIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble localizado en la Av. Corrientes 1667/69, asentado en la Circunscripción 14, Sección 5, Manzana 13, Parcela 27.
Art. 2°.- Incorpórese el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Gobierno, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 5-13-27 constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 5° - Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.
En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2.798 (Expediente N° 43598/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 17 de julio de 2008, ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de agosto de 2008.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano, a la Agencia Gubernamental de Control y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3020