LEY 2832 2008

Síntesis:

  CORRIGE ERRATA - ELIMINA PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 3 LEY  2798 - CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - INMUEBLE DE AV. CORRIENTES 1667-69  - MODIFICACIÓN AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU 

Publicación:

23/09/2008

Sanción:

14/08/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/09/2008

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Corríjase la errata producida en el artículo 3 de la Ley 2.798, sancionada en la sesión del día 17 de julio de 2008, eliminando del mismo el siguiente párrafo:

"A través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente del Ministerio de Gobierno".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2008

En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2.832 (Expediente N° 51416/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 14 de agosto de 2008, ha quedado automáticamente promulgada el día 17 de setiembre de 2008.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano, a la Agencia Gubernamental de Control y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Clusellas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley Nro 2832, corrige la errata producida en el artículo 3 de la Ley 2798.</p>