LEY 3444 2010
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE DE AV CÓRDOBA 3120-44 - AGÜERO 940 - SAN LUIS 3237 - CENTRO DE SALUD MENTAL 3 DR ARTURO AMEGHINO - MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
17/06/2010
Sanción:
13/05/2010
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/06/2010
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la Av. Córdoba 3120/44 - Agüero 940 - San Luis 3237, denominado Centro de Salud Mental N° 3 Dr. Arturo Ameghino, asentado en la Circunscripción 9, Sección 13, Manzana 56, Parcela 1a.
Art. 2°.- Las obras de ampliación no podrán superar la altura del Edificio Histórico (Sector A) y deberán conservar las masas arbóreas. El Sector C, se regirá por las normas de tejido del Distrito R2all.
Art. 3°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al catálogo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 5°.- La Ficha de Catalogación N° 13-56-1a constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 6°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez
ANEXOS