LEY 3444 2010

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES  - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE DE AV CÓRDOBA 3120-44 - AGÜERO 940 - SAN LUIS 3237 - CENTRO DE SALUD MENTAL 3 DR ARTURO AMEGHINO - MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

17/06/2010

Sanción:

13/05/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/06/2010


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“ en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la Av. Córdoba 3120/44 - Agüero 940 - San Luis 3237, denominado Centro de Salud Mental N° 3 “Dr. Arturo Ameghino“, asentado en la Circunscripción 9, Sección 13, Manzana 56, Parcela 1a.

Art. 2°.- Las obras de ampliación no podrán superar la altura del Edificio Histórico (Sector A) y deberán conservar las masas arbóreas. El Sector C, se regirá por las normas de tejido del Distrito R2all.

Art. 3°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al catálogo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Art. 5°.- La Ficha de Catalogación N° 13-56-1a constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 6°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3443

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 3 de la Ley 3444, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07. </p>
PROMULGADA POR