LEY 4607 2013

Síntesis:

CATALOGACIÓN - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE SITO MENDOZA 3449-55 - INCORPORA AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS - CAP 10-3 - MODIFICA EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

01/08/2013

Sanción:

27/06/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/07/2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalóqase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo

10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento

Urbano, al inmueble sito en la calle Mendoza 3449/55, Nomenclatura Catastral:

Sección 39, Manzana 026, Parcela 13C.

Ar 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles

Catalogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3

"Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo

1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 39-26-13C forma parte de la presente Ley como

Anexo l.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4206

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4607, cataloga inmueble con Nivel de Protección Cautelar. </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Listado de Inmuebles Catalogados previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>
PROMULGADA POR