LEY 4228 2012

Síntesis:

CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN - CAPÍTULO 10-3 - CLUB FERROCARRIL OESTE - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU

Publicación:

23/08/2012

Sanción:

05/07/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/08/2012


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con sus respectivos niveles de protección en los términos del

Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,

los inmuebles consignados a continuación, pertenecientes al Club Ferrocarril Oeste:

Ver archivo 1

Art. 2°.- Para la Platea y Gimnasio Ricardo Etcheverry se admitirán las intervenciones

resultantes de la aplicación de los grados de intervención previstos para su nivel de

protección, como así también aquellas tendientes a completar la construcción del

edificio según su proyecto original.

Art. 3°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en

el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo

1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 17 de agosto de 2012

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4228 (Expediente N° 1510525/12),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 5 de Julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de

agosto de 2012.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo

Económico y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de

Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 3 de la Ley 4228, incorpora inmuebles catalogados por el Art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.