DECRETO 844 2003

Síntesis:

APRUEBA EL TEXTO ORDENADO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO PARA EL AÑO 2003

Publicación:

29/07/2003

Sanción:

03/07/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los artículos 1.3.2, 1.4.1, 1.4.2 y 1.4.3 del Código de Planeamiento Urbano y lo actuado por Expediente N° 64.791/2001, y
CONSIDERANDO:
Que el texto del artículo 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano establece la obligación de ordenar el texto de ese cuerpo normativo e incorporar al mismo las modificaciones y agregados que se aprueben, debiendo mantenerse inalterada la continuidad de su articulado;
Que para el cumplimiento de ese deber legal la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística elaboró un anteproyecto que fue revisado por una comisión integrada por representantes de la Sociedad Central de Arquitectos, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, el Centro Argentino de Ingenieros, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil, el Consejo Profesional de Agrimensura y la Asociación Argentina de Planificadores Urbanos Regionales;
Que, a su vez, el trabajo de la Comisión fue analizado por el Consejo del Plan Urbano Ambiental y con sus aportes las dependencias técnicas de la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano, realizaron el Proyecto definitivo;
Que a los efectos de facilitar el acceso al lector de la totalidad de las normas vigentes al mes de marzo de 2003, para su mejor comprensión y aplicación se complementó el texto con notas aclaratorias que exponen la interpretación oficial de las disposiciones del citado Código;
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 1.3.2 del Código de Planeamiento Urbano, la interpretación oficial del mismo la dicta el Jefe de Gobierno, a propuesta de la Secretaría competente en la materia;
Que en este sentido, se ha expedido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de los Arts. 1.3.2 y 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:


Artículo 1° - Apruébase el texto ordenando del Código de Planeamiento Urbano para el año 2003, que como Anexo I forma parte integrante del presente con plenos efectos.
Artículo 2° - Encomiéndase al Consejo del Plan Urbano Ambiental la confección de la versión de difusión vecinal del Código de Planeamiento Urbano que por el presente se aprueba en cumplimiento del artículo 1.4.2 de dicho ordenamiento.
Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y Jefe de Gabinete.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, a la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano y al Consejo del Plan Urbano Ambiental. Cumplido, archívese. IBARRA - Epszteyn - Fernández

Nota: Se informa que la Separata que contiene los Anexos que forman parte integrante del presente Decreto se encuentra en proceso de impresión.

A partir de la fecha, los mismos pueden ser consultados en la dirección de Internet del Boletín Oficial del G.C.A.B.A.: www.buenosaires.gov.ar/areas/leg_tecnica/index.asp
Asimismo, puede solicitarse copias en los siguientes lugares:
l Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano: Carlos Pellegrini 291, 8° piso, horario de atención: de 10 a 18 hs.
l Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica: mediante la presentación de una nota en la Mesa de Entradas dirigida al Departamento Registro, Av. de Mayo 525, 4° piso, oficina 422, horario de atención: de 10 a 18 hs. El costo de reproducción será a exclusivo cargo del solicitante, de acuerdo a los términos del Art. 5° de la Ley N° 104.


ANEXOS

ANEXO I

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 2067, encomienda al Poder Ejecutivo la adecuación de la Plancheta de Zonificación 16 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
Dec. 1181-07 Modifica el Dec. 844-03 que aprueba el Texto Ordenado para el año 2003
MODIFICADA POR
<p>Artículos 3 a 7 de la Ley 1154, modifican afectación de diversos predios en el Código de Planeamiento Urbano.</p><p>Cláusula Transitoria de la Ley 1154, establece hasta tanto no se suscriba el Convenio conforme estipula el art. 1 de la Ley citada los predios: B1 -B2 - B3 - A4 y A5 se conservarán como Distrito de Zonificación UF.</p>
TEXTO ORDENADO
INTEGRADA POR
Disp 220-DGROC-09 Aprueba nueva FOT para edificios determinados
INTEGRADA POR
Disp 1223-DGFOC-07 Fija FOT a manzana calles Del Bañado, Somellera, La Trilla, Av Cobo
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1048, incorpora inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1087, desafecta polígono del Distrito de Zonificación I 1 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-2003.</p><p>Art. 2, afecta el área mencionada en el art. 1, al Distrito de zonificación R2b residencial de baja densidad.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1283, cataloga inmueble de Bilbao 2384 con Nivel de Protección Estructural. </p><p>Art. 2, incorpora el inmueble catalogado, al Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 844-03. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ley 1284, cataloga con Nivel de Protección Estructural al inmueble situado en la Avenida Gaona 136.</p><p>Art. 2, incorpora el citado inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-2003. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1336, cataloga inmueble con nivel de protección Cautelar, en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1335, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural, en los términos del artículo 10.3.3, del Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, incorpora el inmueble referido en el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1361, incorpora el Punto 6), Casos Particulares, al Parágrafo 5.4.1.3a) Distrito R2aI del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, sustituye el texto del punto 7.1), del Punto 7), Casos Particulares, en el Parágrafo 5.4.1.3b) Distrito R2aII del CPU.</p><p>Art. 3, suprime el punto 7.2), del Punto 7) Casos Particulares, del Parágrafo 5.4.1.4 a) Distrito R2bI del CPU.</p><p>Art. 4, suprime el Punto 7) Casos Particulares y 7.1) del Parágrafo 5.4.1.4 b) Distrito R2bI del CPU.</p><p>Art. 5, sustituye el texto del punto 7.2) del Punto 7) Casos Particulares, en el Parágrafo 5.4.1.4c) Distrito R2bIII del CPU.</p><p>Art. 6, sustituye el texto del punto 7.1) del Punto 7) Casos Particulares, en el Parágrafo 5.4.3.2 Distrito E2 del CPU.</p><p>Art. 7, sustituye el texto del punto 7.1) del Punto 7) Casos Particulares, en el Parágrafo 5.4.3.3 Distrito E3 del CPU.</p><p>Art. 8, incorpora al Parágrafo 5.4.4.1 Distrito I1 del Código de Planeamiento Urbano, el Punto 7) Casos Particulares. </p><p>Art. 9, suprime del Parágrafo 5.5.2.24 Plancheta de Zonificación 24 del CPU, los Artículos 6 y 7 mencionados en d1) Ordenanza 43319, del inciso d) Normas especiales para el Barrio de la Boca.</p><p>Art. 10, sustituye la Plancheta de Zonificación 24 del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1365, desafecta polígono del Distrito de zonificación Urbanización Futura (UF), del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, desafecta polígono del Distrito de Zonificación Urbanización Futura (UF).</p><p>Art. 3, afecta el polígono referido en el art. 1, a Distrito de Zonificación Parque (UP).</p><p>Art. 4, afecta el polígono referido en el art. 2, a Distrito de Zonificación Parque (UP).</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 1372, incorpora el Distrito E4 -Polo Educativo Saavedra, en el artículo 5.4.3.4. E4 (Equipamiento Especial), del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1376, incorpora al Distrito de Urbanización Especial U 9 Barrio Ricchieri A, B, C y E, el Sector AB integrado por la fracción D, de la Manzana 84 A, de la Sección 64, Circunscripción 1, del CPU, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, modifica el parágrafo 5.4.6.10 Distrito U 9 Barrio Ricchieri A, B, C y E, del artículo 5.4.6 Distrito Urbanizaciones Determinadas - U, de la Sección 5 Zonificación en Distritos.</p><p>Art. 3, sustituye el plano 5.4.6.10 Distrito U 9 Barrio Ricchieri, del Anexo III del CPU, por el plano 5.4.6.10 a, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1456, incorpora el inmueble catalogado por art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1464, desafecta predio del Distrito UF Urbanización Futura del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 3, afecta el predio mencionado en el art. 2 al Distrito de Zonificación UP Urbanización Parque, con excepción de sector -Área Operativa Definitiva de Ferrosur-. (Plano de Mensura del ONABE).</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1486, cataloga inmueble con nivel de Protección Estructural con grados de intervención 1 y 2, en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 del Código de PLaneamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1487, cataloga con nivel de Protección Estructural en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 844-03, al edificio denominado Casa Colectiva La Nacional y conocido como el Conventillo de la Paloma.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1524 desafecta predio del Distrito Urbanización Futura, UF, de zonificación, artículo 5.4.9 del Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, afecta predio al Distrito Equipamiento General de Zonificación E2, Parágrafo 5.4.3.2, del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1562, incorpora los inmuebles catalogados por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley Nro 1563, modifica el texto del último párrafo del Parágrafo 8.4.4.2 Procedimientos, del art. 8.4.4 Convenios urbanísticos especiales, del Capítulo 8.4 Convenios urbanisticos, de la Sección 8, De la renovacion urbana, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1684, cataloga inmueble con Nivel de Protección Estructural en los términos del artículo 10.3.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1705, desafecta polígono del distrito UF de zonificación (Urbanización Futura). </p><p>Art. 2, afecta el polígono mencionado en el art. 1, a Distrito UP (Urbanización Parque), modifica el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1749, amplía el texto del artículo 4.2.5 Construcciones Permitidas sobre los Planos Límite A.D 610.11 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 3, amplía el texto del artículo 5.3.2 Requerimiento de Guarda y Estacionamiento y de Espacio Guardacoche del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1743, incorpora el inmueble referido en el artículo 1 al Listado de Inmuebles Catalogados del Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1748, modifica el artículo 5.2.1, inciso C, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 y 2 de la Ley 1744, desafecta y afecta polígono comprendido entre las calles José Bonifacio, Emilio Mitre, Del Barco Centenera y avenida Pedro Goyena, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-2003. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1746, cataloga el edificio localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres Liniers, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley Nro 1745, incorpora el inmueble catalogado con Nivel de Protección Estructural  de calle Hipólito Yrigoyen 2563-75, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1770, afecta polígono a urbanización de la villa 20, de acuerdo a las normas establecidas en el Parágrafo 5.4.6.9., Distrito U8 - Lugano V, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, afecta a la urbanización de la villa 20, el polígono comprendido por la Av. Francisco Fernández de la Cruz, eje de la calle Pola y línea de deslinde con el Distrito U8.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1768, incorpora texto a la Sección 1 - Generalidades, en el Capítulo 1.2, Definición de Términos Técnicos, Parágrafo 1.2.1.1, Relativos al uso, en el punto b), De los tipos de uso, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, destina polígono a Polo Farmaceútico como actividad principal al Distrito de Zonificación E 4 Parágrafo 5.4.3.4 del CPU.</p><p>Art. 3, incorpora en el Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E4-Equipamiento Especial del CPU, en el Punto 5) Enumeración, y en el Punto 6) Normas Especiales, la denominación y normativa del Distrito E4 mencionados en el  Art. 2.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1772, incorpora el inmueble catalogado con protección estructural por el art. 1, al Catálogo del capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, TO. aprobado por Decreto 844-03. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 1794, afecta a Distrito de Zonificación UP al predio mencionado en el art. 1.</p><p>Art. 4, incorpora texto como artículo 8.2.2 Zonas bajo viaductos autopistas urbanas correspondiente a la Sección 8 De la Renovación Urbana de la Ley 449, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p><br />Art. 5, modifica la Plancheta 18 del Plano de Zonificación del Código de Planeamiento.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1793, cataloga inmueble con Nivel de Protección Histórica bajo el procedimiento estipulado en el parágrafo 10.3 Catalogación, Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
COMPLEMENTADA POR
Disp. 59-DGÏ-05 asimila uso urbanístico actividad multiplicación de microalgas - Carga, descarga, guarda, estacionamiento y restricción vehicular en distritos de zonificación - CPU- Dto. 844-03.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1846, incorpora la actividad Peña en la Sección 1 Generalidades, 1.2 Definición de Términos Técnicos, 1.2.1.1 Relativos al uso, b) De los tipos de uso, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, incorpora la actividad Peña al Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano, en a) Equipamiento, E) Cultura, Culto y Esparcimiento, V) Locales de Diversión, en los Distritos C1, C2, C3, E1, E2, E3 e I y en los Distritos R2bIII se aplicará la referencia C.</p><p>Art. 3, incorpora la actividad Peña al cuadro de Usos 5.4.12.1b del Código de Planeamiento Urbano del Distrito APH1 - Cultura, Culto y Esparcimiento - V) Locales de Diversión - Permitido (P) en las zonas b, c, d y e.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1863, cataloga con Nivel de Protección Estructural el inmueble de Lisandro de la Torre 2407, correspondiente al Capítulo 10.3, Catalogación, del CPU, modifica TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 3, incorpora al APH 31 -Edificios Administrativos del Antiguo Matadero al momento de su reglamentación, el inmueble catalogado en el art. 1.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1864, suprime del Listado 6.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07, la afectación a la calle Irala desde Av. Martín García a Av. Pedro de Mendoza.</p><p>Art. 2, matiene la nueva Línea Oficial de Edificación construida en la acera de numeración impar entre las calles Benito Quinquela Martín y Alfredo Palacios, que ya se encuentra materializada.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1862, cataloga con Nivel de Protección Cautelar inmueble sito en la calle Eugenio Garzón 7365, modifica Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1968, desafecta predio del Distrito de Zonificación UP, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, afecta el predio mencionado en el art. 1, al Distrito de Zonificación R1b1 del CPU. </p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2139 modifica el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.  </p><p>Art. 1, desafecta  de los respectivos distritos de Zonificación del CPU, el polígono delimitado por Calle Estrada, Av. Asamblea, calle Riglo y sus intersecciones.</p><p>Art. 2, afecta  a Distrito APH 29 Barrio Cafferata el polígono indicado en el Art. 1. </p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12.29 Distrito APH 29 Barrio Cafferata, al Art. 5.4.12 Áreas de Protección Histórica APH del Capítulo 5.4. Normas Específicas para Cada Distrito, del CPU.</p><p>Art. 4, suprime  el punto 21 del Art. 5.4.13 Nuevos APH del Capítulo 5.4. Normas Específicas para cada Distrito del CPU.</p><p>Art. 5, modifica la Plancheta   17 del Plano de Zonificación del CPU, según lo expresado en los art. 1 y 2. </p><p>Art. 6, incorpora al Atlas del CPU los Planos   5.4.12.29a,  5.4.12.29b y el Cuadro de Tipologías N° 5.4.12.29.</p><p>Art. 7, incorpora  el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 29 Barrio Cafferata al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del CPU.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2216, sustituye el Cuadro de Usos 5.2.1.b del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, incorpora el Cuadro de Usos 5.2.1.c, de acuerdo con el Anexo II de la presente.</p><p>Art, 3, incorpora el parágrafo 2.1.6 en la Sección 2 del CPU.</p><p>Art. 4, incorpora la Clase V al Cuadro de Usos 5.2.1.a) del CPU, en el Grupo Equipamiento.</p><p>Art. 9, sustituye el artículo 5.2.4.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2266, desafecta el predio delimitado en el artículo 1 del Distrito de Zonificación R2bI.</p><p>Art. 3, afecta a Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque) al predio delimitado en el artículo 1, para ser destinado a espacio verde de uso público, y usos complementario compatibles con la zonificación UP, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2321, incorpora definición de Club de Música en Vivo, en la Sección 1, Capítulo 1.2, parágrafo 1.2.1.1, inciso b), del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado aprobado por Decreto 844-2003.</p><p>Art. 2, incorpora el Uso Club de Música en Vivo en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) agrupamiento Equipamiento, E) Cultura, Culto y Esparcimiento, V) Locales de diversión del CPU.</p><p>Art. 3, incorpora el Uso Club de Música en Vivo al Cuadro de Usos 5.4.12.1b del distrito APH1 dentro del agrupamiento Cultura, Culto y Esparcimiento V) Locales de Diversión del CPU, con referencia C en las Zonas b, c, d y e.</p>
INTEGRADA POR
Disp 4027-DGAFOC-07 fija nueva FOT para edificios, manzada delimitada por Calles Bucarelli - de la Técnica - Andonaegui - Tamborini
INTEGRADA POR
Disp 3750-DGFOC-07 fija nueva línea FOT para edificios, manzana delimitada por calles Artigas, Carranza, Juncal, Lascano,
INTEGRADA POR
<p>Art.1 Res. 208-SSLTYT-03 Aprueba la solicitud de un Fondo con Cargo a Rendir Cuenta documentada de su inversión destinada a la publicación del Dec. 844-03, en separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ley 2292, incorpora el inmueble catalogado por el art. 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1505 cataloga con la forma de Protección Especial Edilicia -parágrafo 10.1.3.2.1- bajo el procedimiento estipulado en el parágrafo 10.3 Catalogación Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano al inmueble sito en la calle Virrey Cevallos 628/30/36</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2103-06, modifica Ley 449-00, afecta y desafecta diferentes manzanas a Distritos de Zonificación.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2294, desafecta polígono del Distrito R1bI de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, afecta a Distrito APH 46 Barrio Inglés, el polígono indicado en el art. 1. </p><p>Art. 3, incorpora el parágrafo 5.4.12.46 Distrito APH 46 Barrio Inglés, al artículo 5.4.12 Áreas de Protección Histórica APH, del Capítulo 5.4 Normas específicas para cada distrito, del CPU.</p><p>Art. 4, suprime el punto 20 del artículo 5.4.13 Nuevos APH, del Capítulo 5.4, Normas específicas para cada distrito, del CPU.</p><p>Art. 5, modifica la Plancheta 16 del Plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, según lo expresado en los arts. 1 y 2.</p><p>Art. 6, incorpora al Atlas del CPU el Plano 5.4.12.46 y el Cuadro de Tipologías 5.4.12.46, que como Anexo I forman parte de la presente.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Acuerdo 516-CPUAM-03 asimila el uso Elaboración artesanal de licores (sin destilación) al consignado en el Cuadro de Usos N° 5.2.1b) del Código de Planeamiento Urbano, TO por Decreto 844-03, con Código Clanae 1552.9 Elaboración de sidras y otras bebidas alcohólicas fermentadas a partir de frutas, con las mismas restricciones de localización, F.O.S., guarda o estacionamiento vehicular y espacios para carga y descarga.</p>
MODIFICADA POR
<p>Ley 2365 en su art. 1 cataloga con Nivel de Protección Estructural  inmueble de la ex Escuela Superior de Bellas Artes de la Nación.</p><p>Art. 2, incorpora el citado inmueble al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2308, desafecta parcela del Distrito I1 (Industrial Uno) de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p><p>Art. 2, afecta la parcela mencionada en el art. 1, al Subdistrito U31a) del Distrito U31 de zonificación del citado Código, parágrafo 5.4.6.32. </p><p>Art. 3, modifica la Plancheta 23 de Zonificación del CPU, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente ley.</p><p>Art. 4, sustituye en el Atlas del CPU, el Plano 5.4.6.32a) Distrito U31, el que como Anexo I forma parte de la presente ley.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 2359, modifica el texto del artículo 2.1.2, Datos a consignar en el Certificado de Uso Conforme de la Sección 2 Normas Administrativas, 2.1 Certificado de Uso Conforme, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03..</p>