LEY 1743 2005
Síntesis:
RATIFICACIÓN DE CONVENIOS - RATIFICA CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA FIRMA AMELIA SA - EDIFICIO COMEGA - CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL- EDIFICIO AV. CORRIENTES 212-22-24 - AV. LEANDRO N. ALEM 368 - MODIFICACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU
Publicación:
13/09/2005
Sanción:
28/07/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
05/09/2005
Artículo 1° - Ratifícase el convenio urbanístico suscrito entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sr. Guillermo Rojas, como apoderado de la firma Amelia S.A., relacionado con el edificio Comega, sito en la Av. Corrientes 212/22/24, esq. Av. Leandro N. Alem 368/84/90, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2° - Incorpórase al Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad de Buenos Aires del Capítulo 10.3. Catalogación el inmueble al que refiere el artículo 1° localizado en la Circunscripción 14, Sección 1, Manzana 52, Parcela 1, con Nivel de Protección Estructural.
Artículo 3° - El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, deberá asentar en la documentación catastral correspondiente, la catalogación establecida por el artículo 2°.
Artículo 4° - El Informe Técnico N° 695-DGPeIU/01 de la ex Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística, cuya nueva denominación es Dirección General de Planeamiento Interpretativo, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, la nota correspondiente del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales de fecha 27 de octubre de 2001 y la Ficha de Catalogación N° 1-52-1, documentación ésta que ha recaído en el Expediente N° 31.989/01 (registro del Órgano Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), constituye en copia certificada, el Anexo II que a todos sus efectos forma parte de la presente ley.
Artículo 5° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343-GCABA/98, certifico que la Ley N° 1.743 (Expediente N° 53.448/05 y acum.), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 28 de julio de 2005, ha quedado automáticamente promulgada el día 5 de septiembre de 2005.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Infraestructura y Planeamiento, de Seguridad, y de Hacienda y Finanzas. Cohen
ANEXOS
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