LEY 1372 2004

Síntesis:

REAFECTA PREDIO SITO EN CALLE CRISÓLOGO LARRALDE 5085 - DESAFECTA DISTRITO DE ZONIFICACIÓN GENERAL URBANIZACIÓN PARQUE UP - AFÉCTASELO DISTRITO ZONIFICACIÓN E4 - POLO EDUCATIVO SAAVEDRA - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - DISTRITOS UP - EQUIPAMIENTO ESPECIAL - INCORPORACIÓN - COMPLEJO EDUCATIVO - DENOMINACIÓN CATASTRAL CIRCUNSCRIPCIÓN 16- SECCIÓN 55- MANZANA 1E- PARCELA FRACCIÓN K - INCORPORA AL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO ARTÍCULO 5.4.3.4. - FOT - FOS

Publicación:

17/08/2004

Sanción:

01/07/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

05/08/2004

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Desaféctase exclusivamente del Distrito de Zonificación General Urbanización Parque UP, del Código de Planeamiento Urbano, al predio ubicado en la calle Crisólogo Larralde 5085 esquina Galván, cuya denominación catastral es Circunscripción 16, Sección 55, Manzana 1E, Parcela Fracción K. El resto de las parcelas de la manzana conservarán su actual zonificación de Urbanización Parque.

Artículo 2° - Aféctase al Distrito de Zonificación E4 Polo Educativo Saavedra al predio mencionado en el artículo precedente.

Artículo 3° - Incorpórase al Código de Planeamiento Urbano en el artículo 5.4.3.4.: E4 (Equipamiento Especial), el Distrito E4 -Polo Educativo Saavedra.

1) Carácter: zona destinada al emplazamiento de un complejo educativo.

2) Subdivisión: no se admite subdivisión parcelaria.

3) Usos: educativos.

4) Tipología Edilicia: Se admiten edificios de perímetro libre y perímetro semilibre.

Disposiciones particulares

a) Edificios de perímetro libre.

Plano límite horizontal: 21 m. a contar desde la cota de parcela.

b) Edificios de perímetro semilibre.

Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

Altura máxima: 10,50 m a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de 2 m. desde la L.O. y por debajo de un plano inclinado de 45° desde la altura de 10,50 m y con un plano límite horizontal a 13,50 m. desde la cota de la parcela.

r = h\\'/d\\' = 5

c) FOT Máximo = 1,6.

d) FOS Máximo = 0.5.

e) Requerimiento de Estacionamiento: 1 módulo cada 200 metros de superficie cubierta total construida.

Artículo 4° - El Poder Ejecutivo asignará a este Distrito el N° correlativo correspondiente que permita su inclusión ordenada en el listado de Distritos de Zonificación E4.

Artículo 5° - Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.372 (Expediente N° 43.643/2004), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 1° de julio de 2004 ha quedado automáticamente promulgada el día 5 de agosto de 2004.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Infraestructura y Planeamiento y de Educación. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 3 de la Ley 1372, incorpora el Distrito E4 -Polo Educativo Saavedra, en el artículo 5.4.3.4. E4 (Equipamiento Especial), del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1504, rectifica el artículo 1 de la Ley 1372.</p>