LEY 1746 2005

Síntesis:

DESAFECTACIÓN - PROTECCIÓN EDILICIA - FACHADA OESTE DEL TALLER GENERAL DE REPARACIONES - POLÍGONO II DE LOS TALLERES DE LINIERS - CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - PROTECCIÓN ESTRUCTURAL - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

16/09/2005

Sanción:

28/07/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/09/2005


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Desaféctase el punto 1.9 del artículo 2° de la Ley N° 626, que establece la protección edilicia de la Fachada oeste del Taller General de Reparaciones (4084) catalogado como protección estructural con grado de intervención 2, localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres de Liniers.

Artículo 2° - Catalógase el edificio localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres Liniers y que se extiende desde la proyección imaginaria de la calle Oliden al oeste, AU6 al norte, la proyección imaginaria de la calle Bedoya al este hasta la implantación del tanque de agua y un límite a 45° hasta la AU6 y las vías del ex - ferrocarril Sarmiento al sur, con el nivel de protección edilicia y ambiental que a continuación se detalla:

A.- Protección Edilicia:

A.1.- Protección Estructural:

1- Taller General de Reparaciones de Locomotoras, Fundición, Herrería, Calderas, Hojalatería y de Ajuste (4084). Grado de intervención: 2

B.- Protección Ambiental:

Una vez transferido el terreno al dominio del Gobierno de la Ciudad y zonificada el área, se establecerá una protección ambiental al entorno inmediato del edificio anteriormente mencionado.

Artículo 3° - Comuníquese, etc.de Estrada - Alemany

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2005.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.746 (Expediente N° 52.899/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 28 de julio de 2005, ha quedado automáticamente promulgada al día 2 de septiembre de 2005.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1746, desafecta el punto 1.9 del art. 2 de la Ley 626.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 1746, cataloga el edificio localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres Liniers, modificando el Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 844-03.</p>