LEY 4483 2012

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN INTEGRAL AL SECTOR ZANJÓN DE GRANADOS - SITIO HISTÓRICO - SAN TELMO - CALLE DEFENSA 755 -  PROGRAMA HISTORIAS CON BALDOSAS - PRESTACIONES A REALIZAR POR PARTE DEL COMPLEJO EL ZANJÓN DE GRANADOS - CASA MÍNIMA - CONDONACIÓN DE DEUDAS - CONTRIBUCIONES - ABL - EXCEPTÚA DE PAGOS CONTRIBUCIÓN POR ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA

Publicación:

15/02/2013

Sanción:

20/12/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

18/01/2013


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con el nivel de Protección Integral conforme lo establecido en

el parágrafo 10.1.3 Formas de Protección de la Sección 10 Protección Patrimonial del

Código de Planeamiento Urbano al Sector "El Zanjón de Granados", Circunscripción

13, Sección 2, Manzana 037, Parcela 004 C.

Art. 2°.- Catalógase de conformidad con el parágrafo 10.1.5 Túneles y Sótanos de la

Sección 10 Protección Patrimonial del Código de Planeamiento Urbano a los túneles

del Sector "El Zanjón de Granados" identificado catastralmente en el artículo 1°, y al

derecho real de servidumbre de paso perpetua en profundidad, inscripto en el Registro

de la Propiedad Inmueble con fecha 24 de mayo de 2000 bajo el título "Ampliación de

servidumbre y modificación" con la matrícula FR 13-1622 y a los remanentes de

túneles no incluidas en las misma hasta la calle Defensa, correspondiente a la Parcela

031 de la Manzana 037, Sección 2, Circunscripción 13.

Art. 3°.- Modificase el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 1 San Telmo, de

la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, respecto del nivel de protección de

los inmuebles que se detallan a continuación:

Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 037, Parcelas 030 INTEGRAL

Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 45, Parcela 009 A INTEGRAL

Art. 4°.- Condónense toda deuda, y bajo todo concepto, de contribución de la tasa de

Alumbrado, Barrido y Limpieza a las parcelas identificadas en los artículos 1° y 2°.

Art. 5°.- Exceptúese del pago de contribución por Alumbrado, Barrido y Limpieza a la

parcela 031 de la Manzana 037, Sección 2, Circunscripción 13 donde se constituye el

derecho real de servidumbre de paso perpetua en profundidad, inscripto en el Registro

de la Propiedad Inmueble con fecha 24 de mayo de 2000 bajo el título "Ampliación de

servidumbre y modificación" con la matrícula FR 13-1622.

Art. 6°.- El Poder Ejecutivo a través del Programa Historia Bajo las Baldosas

dependiente de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de

establecer las prestaciones a realizar por parte del complejo "El Zanjón de Granados -

Casa Mínima".

Art. 7°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 5 de febrero de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la: Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° .4.483 (Expediente N° 38.812/13),

sancionada .por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 20 de diciembre de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 18

de enero de 2013.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de

Hacienda y de Cultura, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

la Ciudad de Buenos Aires celebrará el correspondiente Convenio Urbanístico para


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4094

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 y 2  de la Ley 4483, catalogan inmueble con nivel de protección integral, modificando el Código de Planeamiento Urbano, T.O. Dec. 1181-07.</p><p>Artículo 3, modifica el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 1 San Telmo.</p>