LEY 3536 2010
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - NIVEL PROTECCIÓN PATRIMONIAL - CALLE DEL BARCO CENTENERA 101 - AV RIVADAVIA 5430 - CALLES JUNCAL 1173 - CALLE VICENTE LÓPEZ 1652- CATÁLOGO - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS - MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
Publicación:
07/10/2010
Sanción:
12/08/2010
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/09/2010
Artículo 1°.- Catalóganse, en los términos establecidos por la Sección 10 Protección Patrimonial del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inmuebles consignados a continuación con sus correspondientes niveles de protección:
Secc. | Manz. | Parc. | Calle | Nro | Protección |
40 | 23B | 1b | Del Barco Centenera Rivadavia |
101 5430 |
Estructural Estructural |
3 | 6 | 21a | Juncal | 1173 | Cautelar |
7 | 021 | 4a | Vicente López | 1652 | Estructural |
Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles citados en el artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la documentación catastral correspondiente las catalogaciones establecidas en el artículo 1°.
Art. 4°.- Las fichas de catalogación N° 40-23B-1b, 3-6-21a y 7-121-4a, a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Art. 5°.- ComunÍquese, etc. Moscariello - Pérez
Buenos Aires, 28 de septiembre de 2010
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.536, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 12 de Agosto de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de septiembre de 2010.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS