LEY 5119 2014

Síntesis:

 CATALOGA - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR  -  INMUEBLE SITO CALLE MEMBRILLAR 531 - SE LO INCORPORA AL CATÁLOGO - CATALOGACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO 

Publicación:

27/11/2014

Sanción:

23/10/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

20/11/2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del

Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,

al inmueble sito en la calle Membrillar 531, Nomenclatura Catastral: Sección 048,

Manzana 114a, Parcela 001L.

Art 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el

Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad

Autònoma de Buenos Aires.

Art 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentacion Catastral correspondiente,

la catalogación establecida por el Articulo 1°.

Art 4°.- La Ficha de Catalogación N° 048-114a-001L forma parte de la presente Ley

como Anexo I.

Art 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Shillagi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4531

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Ley 5119, en su art. 2, incorpora el inmueble catalogado por el artículo 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, T.O. aprobado por Decreto 1181-07.</p>
PROMULGADA POR