LEY 5367 2015

Síntesis:

CATALOGA INMUEBLES CON NIVELES DE PROTECCIÓN - GALICIA - AV SAN MARTIN - CATALOGACIÓN - INCORPORA INMUEBLES -  CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

11/12/2015

Sanción:

01/10/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/10/2015


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalóganse los inmuebles mencionados a continuación, en los términos

del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento

Urbano, con los Niveles de Protección correspondientes:

Ver archivo 1

Art 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en

el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente,

la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Art 4°.-Las fichas de Catalogación N° 59-167B-000, 59-181-000, 59-180b-0000 forman

parte de la presente Ley como Anexo I.

Art 5°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5367 (E.E. N° 28.741.164/MGEYA-

DGALE/2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

en su sesión del día 1° de octubre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada

el día 29 de octubre de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano para su

conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4780

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 5367, incorpora inmuebles al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3, Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, TO aprobado por Decreto 1181-07.</p>