RESOLUCIÓN 2820 2008 SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA
Síntesis:
HACE LUGAR AL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN 2957-SSGO-06 INTERPUESTO POR LA AGENTE CLARA HAYDEE SALGUERO - REENCASILLAMIENTOS
Publicación:
23/09/2008
Sanción:
10/09/2008
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA
Visto las Resoluciones Nros. 1.843-SHyF/05 (BO N° 2222), y 985-MHGC/06 (BO N° 2492), y el Registro N° 11.439-CRRE-05 y la Nota N° 47.059-DGARH/08, lo propuesto por la Dirección General de Administración de Recursos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la presente actuación tramita el recurso interpuesto por la agente Clara Haydee SALGUERO, Ficha N° 175.210 quién impugna la Resolución que le rechazó el reclamo contra el reencasillamiento que le fuera otorgado por la Resolución N° 1843-SHYF-2005;
Que en cuanto al aspecto formal corresponde encuadrar la presentación de la agente mencionada, como recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio en los términos de los arts. 103, 107 y 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510-GCABA-1997 (BO N° 310), ratificado por Resolución N° 41-98 (BO N° 454) de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ;
Que por medio del Decreto N° 986-GCBA-2004 (BO. N° 1953) se aprobó el escalafón general para el personal de planta permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por su parte el Decreto N° 583-GCBA-2005 (BO N° 2188) aprobó las pautas de encasillamiento general para el personal de planta permanente referido en el punto anterior;
Que por el artículo 1° de la Resolución N° 1.843-SHyF/05, se aprobó el reencasillamiento de los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendidos en el Decreto N° 986/04, modificado por su similar N° 583/05;
Que mediante Resolución N° 985-MHGC/06 (BO N° 2492), de fecha 20 de julio de 2006, se creó a partir de dicha fecha, una comisión con supervisión directa de la Dirección General de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, con el fin de efectuar el tratamiento técnico y administrativo acerca de la viabilidad de cada reclamo que se presentara como consecuencia de la aplicación de la resolución citada en primer término;
Que habiéndose realizado un análisis exhaustivo posterior al acto que resolvió el recurso se han podido detectar errores respecto a la no consideración de las tareas que realmente desempeña la agente por lo que tales circunstancias merecen una modificación del encasillamiento que le fuera otorgado oportunamente;
Que las autoridades del área donde se desempeña la recurrente han dado su conformidad con las tareas descriptas y que con lleva al dictado de un acto que refleje la realidad;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el inc e) art. 9 de la Ley 471 (BO N° 1026), los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrán derecho a una retribución justa conformada por los distintos componentes que tengan relación con el nivel escalafonario alcanzado, la función efectivamente desempeñada y la productividad evidenciada en el cumplimiento del trabajo;
Que la Dirección General de Administración de Recursos Humanos ha tomado intervención considerando la procedencia de la presente;
Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 5° de la Resolución N° 985-MHGC/06 y el art. 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN OPERATIVA
RESUELVE:
Art.1°.- Hacer lugar al recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra los términos de la Resolución N° 2957-SSGO-06 interpuesto por la agente Clara Haydee SALGUERO, Ficha N° 175.210, LC N° 4.276.685,CUIL27-4276685-8, por entender que el encasillamiento asignado no refleja las tareas que efectivamente realizaba al momento del mismo.-
Art. 2°.- Modifícase el encasillamiento dispuesto en la Resolución N° 1843-SHyF-05 de la agente mencionada en el articulo 1°, correspondiéndole asignar la partida 4022.0800.AB05.0265 (102).-
Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos a efectos de notificar a la interesada conforme lo establecido en los arts. 60 y sgtes. de la Ley de Procedimientos Administrativos.