RESOLUCIÓN 2028 2008 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTOS PARA FISCALIZACIONES EN ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES Y ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA LA TERCERA EDAD - RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES - SERVICIOS DE ATENCIÓN GERONTOLÓGICO - GERIÁTRICOS - FISCALIZAR - VERIFICAR CONDICIONES SANITARIAS

Publicación:

02/10/2008

Sanción:

18/09/2008

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


Visto la Ley N° 661 y modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 1076/2004, la

Ley N° 2624 y las Notas N° 90/DGARyF/2008 y 57/DGLTSSASS/08, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 661 regula el funcionamiento de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológico, estableciendo que los mismos están sometidos a la fiscalización de las autoridades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto al cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Códigos de aplicación y la citada ley;

Que en cumplimiento del Decreto Reglamentario N° 1076/05, el Ministerio de Salud asiste, a través de sus áreas competentes, en las acciones dirigidas a la evaluación de los establecimientos en los aspectos referidos a la atención sanitaria;

Que la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica creada por Ley N° 2624 en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a través de su Dirección General Fiscalización y Control, requiere la asistencia de la Dirección General Adjunta Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud en los operativos que se programen en establecimientos asistenciales y establecimientos residenciales para la tercera edad, a fin de verificar las condiciones sanitarias de los mismos;

Que a su vez, las actuaciones que motivan la inspección pueden ingresar por la Dirección General Adjunta Regulación y Fiscalización y, en algunas oportunidades, en uno u otro caso, la urgencia del caso impide la programación del operativo e impone la intervención del Sistema de Atención Médica de Emergencia;

Que resulta necesario regular los procedimientos de fiscalización en los que intervienen de manera conjunta la Dirección General Adjunta Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud y la Dirección General Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control y establecer concretamente las competencias y responsabilidades de los organismos intervinientes a fin de que las acciones se lleven a cabo de forma diligente, organizada y coordinada;

Por ello, en uso de las facultades conferidas:

EL MINISTRO DE SALUD Y EL

DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVEN:

Art. 1°.- Apruébanse los procedimientos para fiscalizaciones en establecimientos asistenciales y establecimientos residenciales para la tercera edad, en los que deba intervenir el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General Adjunta Regulación y Fiscalización, a solicitud de la Dirección General Fiscalización y Control, dependiente de la Agencia Gubernamental de Control, creada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 2°- Apruébanse los procedimientos para fiscalizaciones en establecimientos asistenciales y establecimientos residenciales para la tercera edad motivadas en requerimientos judiciales, de la Defensoría del Pueblo o de la Procuración General, o en denuncias de la ciudadanía que reciba la Dirección General Adjunta Regulación y Fiscalización, los que integran la presente como Anexo II.

Art. 3°.- Apruébanse los procedimientos de asistencia ante emergencias en establecimientos asistenciales y establecimientos residenciales para la tercera edad que requieran la presencia del Sistema de Atención Médica de Emergencia, los que como Anexo III forma parte integrante de la presente.

Art. 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y, para su conocimiento y demás fines, pase a las Direcciones Generales Legal y Técnica y de Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control creada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, a las Subsecretarías de Administración del Sistema de Salud y de Atención Integrada de la Salud, a las Direcciones Generales de Redes y Programas de Salud y Legal y Técnica y a las Direcciones Generales Adjuntas Sistema de Atención Médica de Emergencia y Regulación y Fiscalización, dependientes del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El Anexo del presente Decreto se encuentra visible en la Separata del BOCBA 3027 del 02/10/08

http://estatico.buenosaires.gov.ar/wp-content/uploads/2008/10/20081002ax.pdf

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 2028-MSGC-08 complementa Dto. 1076-05 Anexo I art. 5, aprueba procedimientos de fiscalización en Geriátricos, condiciones sanitarias de los mismos.