DISPOSICIÓN 26 2008 DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

Síntesis:

SE ESTABLECEN CONDICIONES PARA PERSONAL - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL - RÉGIMEN DE CONTROL DE PRESENTISMO - SISTEMA DE CONTROL DE PUNTUALIDAD DE LOS AGENTES - PLANILLA DE ASISTENCIA - EXCEPCIÓN - TRABAJO DE CAMPO

Publicación:

29/09/2008

Sanción:

03/09/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL


Visto la Ley N° 471 (BOCBA N° 1.026) y sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 710/GCBA/1997, el Decreto N° 2.141/GCBA/1999, el Decreto N° 2075/GCBA/2007 y la Resolución N° 895/MDSGC/2008 y la Resolución N° 1275/MDSGC/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471 se implementan las normas y procedimiento en materia de relaciones laborales para el ámbito de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante los Decretos N° 710/GCBA/1997 y Decreto N° 2141/GCBA/2003 se establece el régimen de control de presentismo y el sistema de control de puntualidad de los agentes del Gobierno de la Ciudad;

Que mediante Decreto N° 2075/GCBA/2007 se aprueba la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciéndose a la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil como dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social;

Que por Resolución N° 1275/MDSGC/2008 se implementa una nueva planilla asistencial para todo el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;

Que en los Programas pertenecientes a la Dirección Fortalecimiento a la Sociedad Civil se desempeñan agentes cuyas funciones transcurren fuera de las dependencias, sea visitando efectores propios, conveniados o aquellas organizaciones de la sociedad civil que reciben subsidios del Ministerio de Desarrollo Social y que esta situación dificulta la suscripción de las planillas de asistencia en debido tiempo y forma atento que los gentes comienzan y/ o finalizan sus tareas fuera de las áreas centrales donde se encuentra la planilla de asistencia;

Que con la finalidad de facilitar la implementación de la Resolución N° 1275/MDSGC/2008, los agentes que realicen trabajo de campo, que se encuentren debidamente autorizados por la Directora General suscribirán un parte diario en comisión, para aquellos días que se encuentren fuera de las áreas centrales donde se encuentra la planilla de asistencia;

Que por las consideraciones expuestas, resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL

DE FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

DISPONE:

Art. 1°.- Establécese que el personal cuyo listado se encuentra agregado como ANEXO I y que forma parte integrante de la presente, se encuentra exceptuado de suscribir las planillas asistenciales en forma diaria, en aquellos días que deban realizar tareas fuera de las áreas centrales suscribiendo en su lugar, un parte en comisión.

Art. 2°.- Déjese establecido que sólo se consideraran válidos los parte en comisión que se encuentren debidamente justificados y suscriptos por la Directora General y el agente que se encuentre realizando sus actividades fuera de las dependencias centrales de la Subsecretaría.

Art 3°.- La presente Disposición entrará en vigencia el día lunes 8 de septiembre de 2008.

Art. 4° Dése el Registro, y, para su conocimiento y demás efectos pase a todos los Programas pertenecientes a esta Dirección General. Cumplido, archívese.

NOTA: El Anexo de la presente puede verse en la Separata del BO 3024

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
La Disposición N° 33-DGFSCIV-08 incorpora agentes a la nómina del Anexo I de la Disposición N° 26-DGFSCIV-08
EXCEPTUA
Disp 26-DGFSC-08 establece personal que se encuentra exceptuado de suscribir las planillas asistenciales aprobadas por Dto 710-97