DISPOSICIÓN 7 2008 DIRECCION GENERAL SERVICIOS SOCIALES ZONALES

Síntesis:

ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN LA MESA DE INFORME Y LOS SERVICIOS SOCIALES ZONALES - DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES ZONALES

Publicación:

08/10/2008

Sanción:

25/09/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL SERVICIOS SOCIALES ZONALES


VISTO: Ley N° 2.506, Ley N° 447, la Ordenanza N° 50.648, el Decreto N° 2.075/GCBA/2003, Decreto N° 1.393/GCBA/2007, la Resolución N° 558/MDSGC/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 2075/GCBA/2007 se aprueba la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad, en función de las competencias asignadas a los Ministerios en virtud de la Ley N° 2506 y las responsabilidades de las áreas dependientes de los mismos;

Que por el citado Decreto se establecieron las responsabilidades de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social, entre las que se detallan: fortalecer la presencia del Estado en el ámbito local a partir de la aplicación de políticas sociales; articular con otras áreas del Gobierno y fuera del mismo, para la atención y canalización de la demanda social territorial de manera eficaz;

Que la Ordenanza N° 50.648 sancionada el 18 de julio de 1996 dispuso que tendrán prioridad de atención en todas las oficinas de la administración pública municipal, las personas con discapacidades físicas y las mujeres embarazadas, debiendo proveérseles de un asiento durante el tiempo necesario para su gestión;

Que mediante Resolución N° 558/MDSGC/2008 se aprobó el Programa de Modernización de la gestión Social Zonal destinado a optimizar la atención al ciudadano en situación de vulnerabilidad social a través de la readecuación y reorganización de sus recursos. En el artículo 2 donde se establecen las funciones del programa dice: "Organizar, asistir y supervisar el funcionamiento integral de los servicios sociales zonales y la Mesa de Informes";

Que resulta necesario establecer un procedimiento diferencial para la atención a personas con necesidades especiales, mujeres embarazadas y/ o con niños pequeños y adultos mayores a fin de organizar la atención al público sin alterar la dinámica de la misma y teniendo en consideración que ésta es la población que mayoritariamente acude a la Mesa de Informes y los 16 Servicios Sociales Zonales que dependen de la Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES ZONALES

DISPONE:

Art. 1° - Establécese el procedimiento de atención al público en la Mesa de Informe y los Servicios Sociales Zonales de la siguiente manera:

a) Las personas con necesidades especiales, mujeres embarazadas, con hijos pequeños y adultos mayores que asistan a estos efectores no deberán realizar fila alguna a los efectos de ser atendidos.

b) Instrúyase a los Organizadores de Demanda que se desempeñan en dichos efectores que al momento de detectar una persona con necesidades especiales, mujeres embarazadas, con niños pequeños y/ o adultos mayores deberán entregarle un número de orden de atención y ofrecerles un asiento durante el tiempo que dure su espera, teniendo prioridad para el uso de los mismos.

Art. 2° - A los efectos del presente procedimiento entiéndase por Organizador de la Demanda el agente que se desempeña en Mesa de Informes y Servicios Sociales Zonales encargado de identificar personas con necesidades especiales, mujeres embarazadas, con hijos pequeños y adultos mayores que se presenten para ser atendidos a efectos de informar y colaborar, asignándoles el turno de atención que le corresponda, acompañándolos hacia un asiento en la sala de espera y hacia el mostrador para ser atendidos.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a los Servicios Sociales Zonales y Mesa de Informes, cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Disp. 7-08 dispone la atención prioritaria de personas con necesidades especiales, embarazadas y mujeres con niños pequeños en el ámbito de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, en el marco de lo dispuesto por la Res. 558-08
INTEGRA
Disp. 7-08 dispone la atención prioritaria de personas con necesidades especiales, embarazadas y mujeres con niños pequeños en el ámbito de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, en el marco de lo dispuesto por Ord. 50648
MODIFICA
Disp. 7-08 prorroga la convocatoria dispuesta por Disp. 21-07