ORDENANZA 50648 1996

Síntesis:

NORMA DEROGADA - DISPONE LA PRIORIDAD EN LA ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y MUJERES EMBARAZADAS EN TODAS LAS OFICINAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, DEBIENDO SUMINISTRAR ASIENTO PARA EL TIEMPO DE ESPERA.

Publicación:

22/08/1996

Sanción:

18/07/1996

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

13/08/1996

Estado:

No vigente


Art. 1° Dispónese que tendrán prioridad de atención en todas las oficinas de la administración pública municipal, las personas con discapacidades físicas y las mujeres embarazadas, debiendo proveérseles de un asiento durante el tiempo necesario para su gestión.

Art. 2° El personal de la oficina correspondiente estará obligado a cumplir lo normado precedentemente, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la Ordenanza N° 40.401, Capítulo IV (AD 2301 /10).

Art. 3° La parte dispositiva de esta Ordenanza deberá ser expuesta en lugar visible, en todas las dependencias de la administración municipal donde se atienda al público.

Art. 4° Comuníquese, etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 7-08 dispone la atención prioritaria de personas con necesidades especiales, embarazadas y mujeres con niños pequeños en el ámbito de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, en el marco de lo dispuesto por Ord. 50648
DEROGADA POR
<p>Art. 8 de la Ley 2982, deroga la Ordenanza 50648.</p>
PROMULGADA POR
REFERENCIA
Atención prioritaria de mujeres embarazadas y personas con necesidades especiales.