RESOLUCIÓN 2204 2008 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE DESIGNA RESPONSABLE DEL TRÁMITE DE ACEPTACIÓN DE LA OPERATORIA DE CANCELACIÓN DE ACREENCIAS POR PARTE DE LOS ACREEDORES EN LOS TÉRMINOS DEL DECRETO 1.098-08 - FUNCIONARIOS RESPONSABLES - DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA DEL MINISTERIO DE SALUD - ACTAS ACUERDO

Publicación:

28/10/2008

Sanción:

10/10/2008

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: la Ley N° 2.810 y el Decreto N° 1098/2008, y

CONSIDERANDO:

Que la primera de las normas enunciada en el Visto facultó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a emitir certificados de cancelación de deudas contraídas al 31 de diciembre de 2007 y a dictar las normas complementarias necesarias para fijar el procedimiento y demás condiciones de la operatoria aprobada por la ley;

Que el Decreto N° 1098/2008, aprobó la reglamentación de la Ley N° 2810 que, como ANEXO I, forma parte del mismo;

Que el artículo 9° de dicho reglamento establece, con carácter previo a todo trámite relativo a la operatoria en cuestión, la conformidad del acreedor para la cancelación de sus acreencias bajo dicho régimen, la cual debe materializarse a través de la firma de la correspondiente Acta Acuerdo, conforme a los modelos aprobados como Anexos II y III de la reglamentación;

Que la norma citada faculta a los Ministros, y otras entidades, a designar a los funcionarios responsables del trámite que ella indica;

Que tal actividad se adecua a las responsabilidades primarias asignadas a la Dirección General Legal y Técnica dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud de este Ministerio, en la actual estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires establecida por el Decreto N° 2075/2007;

Que, asimismo, la intervención de dicha unidad de organización en el trámite en cuestión, resulta conveniente en términos de celeridad y eficacia en atención al circuito de tramitación de las actuaciones en las que resulta de aplicación la operatoria de cancelación de acreencias establecida;

Que en atención a lo expuesto corresponde designar al Sr. Director General de la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud como funcionario responsable del referido trámite de aceptación del régimen de cancelación de acreencias por parte de los acreedores incluidos en el mismo;

Que asimismo resulta conveniente prever la sustitución temporaria de tales facultades en otros funcionarios, estimándose conveniente que tal función sea ejercida en tales casos por los titulares de las Direcciones Generales de Planeamiento y Presupuesto y Administrativo Contable dependientes de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud.

Por ello, y en uso de las facultades que le confiere el art. 9° del Decreto N° 1098/2008,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase como funcionario responsable del trámite de aceptación de la operatoria de cancelación de acreencias por parte de los acreedores, en los términos del Artículo N° 9 del Anexo I del Decreto N° 1098/2008, reglamentario de la Ley N° 2810, al Sr. Director General de la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud, quien queda facultado a suscribir, junto con los acreedores o sus representantes, las Actas Acuerdo que correspondan a la situación descripta en el Anexo III de la norma citada, quien podrá ser sustituído en tales funciones, en caso de ausencia o necesidad funcional, por los titulares de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y de la Dirección General Administrativo Contable dependientes de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y para conocimiento y demás efectos pase ala Dirección General Legal y Técnica, a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y a la Dirección General Administrativo Contable. Oportunamente Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res 2204-MS-08 designa como funcionario responsable del trámite de aceptación de la operatoria de cancelación de acreencias por parte de los acreedores, en los términos del Artículo N° 9 del Anexo I del Decreto N° 1098-08 al Director General de la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud, quien podrá ser sustituido por los titulares de la DGPYP y de la DGAC