RESOLUCIÓN 61 2008 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

ESTABLECE LAS PAUTAS DE INTERPRETACIÓN DE VEHÍCULOS DE TIPO SEDAN A LOS EFECTOS DEL ART. 8° INC. C) DE LA ORDENANZA N° 41.815 - SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO

Publicación:

29/10/2008

Sanción:

17/10/2008

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08, el Expediente N° 48.232/08, y

CONSIDERANDO:

Que desde la implementación de la Ordenanza N° 41.815, se ha producido una importante evolución en los conceptos de confortabilidad de los habitáculos vehiculares generada tanto en los avances tecnológicos como en los nuevos criterios de diseño automotor;

Que por otra parte, la calificación de tipo de modelo de vehículo es determinada por las respectivas terminales de armado de los mismos, atendiendo a criterios que llevan a calificar de manera diversa vehículos de similares características;

Que frente a tales circunstancias existe desorientación por parte de los licenciatarios del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro sobre las características de las unidades afectadas al servicio, en oportunidad de realizar la habilitación por renovación de material;

Que este sentido, resulta conveniente precisar el alcance de las condiciones técnicas exigidas al respecto;

Por ello, en uso de las facultades que le competen,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que en los vehículos de diseño monovolumen y/o familiares, se interpretará como tipo sedan, a los efectos del Art. 8° inc. c) de la Ordenanza N° 41.815/87, aquellos cuyo piso del espacio destinado a carga o equipaje posea un largo no superior a cien (100) centímetros medidos desde la línea posterior del respaldo trasero a la línea interior de cierre de portón.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte, la que comunicará a la Empresa Concesionaria SACTA S.A. Cumplido. Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 54-SSTRANS-10 aplica la interpretación de los términos tipo sedan dispuesta por el Art. 1 de la Resolución 61-SST-08, al Servicio de Alquiler de Automóviles Particulares con Conductor-Remises, en interpretación del inc. a) del Art. 8.4.7 de la Ordenanza 47561.</p>
REGLAMENTA
Res. 61-08 establece las pautas para la interpretación de vehículos como de tipo sedán en los términos del Art. 8°, inc. c) de la Ord. 41815