RESOLUCIÓN 61 2008 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
ESTABLECE LAS PAUTAS DE INTERPRETACIÓN DE VEHÍCULOS DE TIPO SEDAN A LOS EFECTOS DEL ART. 8° INC. C) DE LA ORDENANZA N° 41.815 - SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO
Publicación:
29/10/2008
Sanción:
17/10/2008
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO: la Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 2148, el Decreto N° 498/08, el Expediente N° 48.232/08, y
CONSIDERANDO:
Que desde la implementación de la Ordenanza N° 41.815, se ha producido una importante evolución en los conceptos de confortabilidad de los habitáculos vehiculares generada tanto en los avances tecnológicos como en los nuevos criterios de diseño automotor;
Que por otra parte, la calificación de tipo de modelo de vehículo es determinada por las respectivas terminales de armado de los mismos, atendiendo a criterios que llevan a calificar de manera diversa vehículos de similares características;
Que frente a tales circunstancias existe desorientación por parte de los licenciatarios del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro sobre las características de las unidades afectadas al servicio, en oportunidad de realizar la habilitación por renovación de material;
Que este sentido, resulta conveniente precisar el alcance de las condiciones técnicas exigidas al respecto;
Por ello, en uso de las facultades que le competen,
Artículo 1°.- Establécese que en los vehículos de diseño monovolumen y/o familiares, se interpretará como tipo sedan, a los efectos del Art. 8° inc. c) de la Ordenanza N° 41.815/87, aquellos cuyo piso del espacio destinado a carga o equipaje posea un largo no superior a cien (100) centímetros medidos desde la línea posterior del respaldo trasero a la línea interior de cierre de portón.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transporte, la que comunicará a la Empresa Concesionaria SACTA S.A. Cumplido. Archívese.