LEY 2931 2008

Síntesis:

DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE PROFILÁCTICOS - LUGARES DE ESPARCIMIENTO NOCTURNO - CONDONES - PRESERVATIVOS - GRATIS - LUGARES BAILABLES - PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA - PROGRAMA COORDINACIÓN SIDA - INSTRUCTIVO DE USO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE SALUD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

06/01/2009

Sanción:

20/11/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

18/12/2008


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Establézcase la distribución gratuita de profilácticos en lugares de esparcimiento nocturno en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- La distribución de profilácticos debe estar acompañada por el correspondiente instructivo de uso y entregado por personal debidamente capacitado para tal función.

Art. 3°.- La distribución debe incluir a los locales inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a reconocidos centros de encuentro de la Ciudad.

Art. 4°.- La autoridad de aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Programa de Salud Sexual y Reproductiva actualmente vigente, en forma conjunta con el programa ?Coordinacion Sida?

Art. 5°.- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá establecer acuerdos con organizaciones civiles a fin de optimizar la puesta en marcha de la presente Ley.

Art. 6°.- El Gobierno de la Ciudad tomará las medidas necesarias a fin de garantizar una amplia difusión de la presente Ley.

Art. 7°.- Comuníquese, etc.- Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4287, modifica el artículo 2 de la Ley 2931.</p>
PROMULGADA POR