RESOLUCIÓN 6918 2008 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA LAS NORMAS QUE REGLAMENTAN EL PROCEDIMIENTO DE REMISIÓN, RESPUESTA Y SEGUIMIENTO DE LOS INFORMES DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
08/01/2009
Sanción:
28/10/2008
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ley N° 70 de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del
Sector Público de la Ciudad, el Decreto N° 2075/GCBA/08 y modificatorios, el Decreto
N° 925/GCBA/08, la Resolución N° 1808/MEGC/06 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Ley N° 70 establece que el titular de cada jurisdicción o
entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es responsable de la
implantación y mantenimiento de un adecuado sistema de control interno;
Que la misma norma determina que la auditoria interna, constituye un servicio a toda la organización, consistente en un examen posterior de las actividades financieras y administrativas de las entidades realizada por los/las respectivos/as auditores/as;
Que por Resolución N° 1808/MEGC/06 se reglamentó el procedimiento a utilizar en el
Ministerio de Educación respecto a la emisión y seguimiento de los informes de
Auditoria Interna;
Que por Decreto N° 2.075/07/ GCBA se establecieron las responsabilidades primarias
de las Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción;
Que de acuerdo al Decreto citado, una de las responsabilidades de la Unidad de
Auditoria Interna consiste en evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y
procedimientos determinados por la autoridad superior;
Que asimismo y en virtud de esa norma legal, es responsabilidad de la Unidad de
Auditoria Interna analizar y mejorar los procedimientos de la Jurisdicción;
Que asimismo está entre sus funciones elaborar informes y elevarlos a la superioridad de acuerdo al Plan Anual de Auditoria Interna, comunicando los resultados de los mismos y de las recomendaciones efectuadas;
Que en virtud de lo establecido en el mencionado decreto, es responsabilidad de la
Unidad de Auditoria efectuar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones
sugeridas en los informes producidos;
Que por el artículo 123, inciso 12) de la Ley N° 70 se dispone que es competencia de la sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires aprobar los planes anuales de
trabajo de las Unidades de Auditoria Interna, orientar y supervisar su ejecución y
resultados;
Que la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, estableció mediante las
Circulares Nros. 6/SGCBA/06 y sus modificatorias 2/SGCBA/07 y 8/SGCBA/07, las
pautas a las que deben ajustarse los informes de Auditoria elaborados por las
Unidades de Auditoria Interna;
Que atento la estructura organizativa de este Ministerio aprobada mediante Decreto N° 2075/07 y modificatorios y en particular la correspondiente al Sistema Educativo,
resulta necesario precisar las nuevas normas bajo las cuales se regirá el tratamiento a los informes de Auditoria Interna adecuando las mismas también al Decreto N° 925/GCBA/08;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruebánse las normas que reglamentan el procedimiento de remisión,
respuesta y seguimiento de los informes de la Unidad de Auditoría Interna de este
Ministerio que figuran en el Anexo I que integra el presente artículo.
Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 1808-MEGC-06.
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos y a la Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Proyectos y Servicios a las Escuelas, de Planificación y Control de Gestión, de Infraestructura y Equipamiento, de Administración de Recursos, de Personal Docente y No Docente y de Coordinación Legal e Institucional y por nota a la Sindicatura a General de la Ciudad de Buenos Aires.
EL ANEXO DE LA PRESENTE PUEDE SER CONSULTADO EN LA SEPARATA DEL BOCBA N° 3091 DEL 08/01/2009.