RESOLUCIÓN 118 2001 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

ADJUDICA LA PROVISIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN INFORMATIZADA DEL PODER JUDICIAL - FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO, CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y MINISTERIO PÚBLICO - A LA UTE DESARROLLO DE SISTEMAS SA Y UNITECH SA

Publicación:

25/06/2001

Sanción:

14/06/2001

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto la necesidad de resolver la adjudicación del contrato para la provisión de un Sistema de Gestión Informatizada del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, Consejo de la Magistratura, y Ministerio Público), conforme lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones de la Licitación Pública convocada mediante Resolución N° 535/2000 y las constancias del Expediente N° 005/2001

CONSIDERANDO:

Que efectuada la correspondiente publicidad en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio del Poder Judicial de la Ciudad jusbaires.gov.ar, y en el diario Clarín, el día 21 de febrero de 2001 se presentaron tres ofertas, que fueron identificadas como: oferta N° 1 UTE DDS-Unitech; Oferta N° 2 Transtools S.A y Oferta N° 3 Intersoft S.A.

Que la Comisión de Informatización creada por la citada Resolución N° 535/2000 estudió la documentación presentada por cada uno de los oferentes, requirió informes a los organismos judiciales invocados como referencia, invitó a los mencionados oferentes a realizar dos presentaciones de sus productos: una primera, que se desarrolló en presencia de los integrantes de la Comisión, sobre dos casos hipotéticos; y una segunda, más acotada, a la que se invitó a los señores Jueces, integrantes del Ministerio Público y Secretarios del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario. Analizó asimismo la situación económico-financiera sobre la base de los balances y estados contables que, a pedido de la Comisión, agregaron los oferentes.

Que en consideración a todos esos elementos, la Comisión emitió su dictamen con relación a la evaluación de las Propuestas Técnicas. Conforme a lo establecido en el artículo 21 del Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas adjudicó los siguientes puntajes: Oferta N° 1: 95 (noventa y cinco) puntos; Oferta N° 2: 70 (setenta) puntos; Oferta N° 3: 52 (cincuenta y dos) puntos.

Que, en consecuencia, la Comisión resolvió proceder a la apertura de los sobres N° 2 que contenían las Propuestas Económicas de las Ofertas N° 1 y N° 2, ya que la Oferta N° 3 no alcanzó el mínimo establecido en el artículo 22 del Pliego de Condiciones, aspecto que no ha merecido controversia.

Que el día 30 de abril de 2001 se abrieron los sobres conteniendo las propuestas económicas y posteriormente, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Pliego, se evaluaron las mismas, con el siguiente resultado: La propuesta económica más baja (Pmb) fue de la empresa Transtools S.A. de $ 321.000 (trescientos veintiún mil pesos), recibiendo un puntaje económico de 100 puntos, y aplicando la fórmula establecida en el Pliego, la Oferta N° 1 de la UTE: DDS-Unitech de $ 328.000 (trescientos veintiocho mil pesos) mereció un puntaje económico de 97,87 (noventa y siete puntos con ochenta y siete centésimos).

Que la Comisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Pliego, realizó la evaluación definitiva, con los siguientes resultados: Oferta N° 1: 95,86 (noventa y cinco puntos con ochenta y seis centésimos); Oferta N° 2: 79,00 (setenta y nueve puntos)

Que en consecuencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 del Pliego la Comisión de Informatización preadjudicó a la Oferta N° 1 de la UTE: DDS SA-Unitech SA.

Que la empresa Transtools SA formuló observaciones a la preadjudicación, las que fueron respondidas por la Comisión de Informatización, considerando que ninguna de las referidas a aspectos técnicos tenían relevancia como para modificar el dictamen de la Comisión. También se dejó constancia que no se pronunciaba sobre las propuestas económicas por considerar que no era competencia de la Comisión sino del Plenario, y que simplemente se habían computado las mismas para implementar las fórmulas algorítmicas contenidas en el Pliego.

Que siendo atribución exclusiva del Plenario la adjudicación (Art. 27 del Pliego), la denominada impugnación presentada por Transtools SA con fecha 15 de mayo de 2001 es formalmente improcedente, sin perjuicio de lo cual se pidió a la Comisión de Informatización un nuevo informe, en el que ésta mantiene la opinión ya indicada sobre la preadjudicación.

Que habiéndose estimado de manera suficiente lo manifestado sobre los presuntos incumplimientos de la Oferta N°1 en el informe de la ya mencionada Comisión, y dado que, como ha consignado ésta, la empresa Transtools SA ha reconocido la excelencia técnica de la propuesta de la UTE DDS-Unitech, no existen motivos para apartarse de la recomendación formulada en la preadjudicación.

Que en tal sentido es importante destacar la escasa diferencia entre la propuesta económica más baja ($ 321.000) y la que es preadjudicada ($ 328.000), advirtiendo que el sistema operativo para los servidores propuesto por Transtools no es de su propiedad, ya que Linux es un producto de distribución gratuita, y por lo tanto no es correcto indicar que sea bonificado, puesto que ello induce a creer que es una liberalidad de la oferente, cuando en realidad no podría cobrarlo, y por lo tanto tampoco podría bonificarlo.

Que también se ha analizado el informe sobre índices de liquidez y de solvencia agregado al expediente, que es favorable a la UTE DDS-Unitech, más allá de señalar que al no haber acercado Transtools balances del año 1998, no es posible realizar un estudio de tendencia. En cuanto al índice de rentabilidad, que es mayor en Transtools que en la UTE DDS-Unitech, se ha acotado que ello puede obedecer al escaso monto del patrimonio neto de Transtools, que es una agencia local de una firma multinacional como la misma oferente ha explicado.

Que atento a lo recomendado por la Comisión de Informatización, lo establecido en la ya citada Resolución N° 535/2000 y en la Resolución N° 29/1999 del Cuerpo, en cumplimiento de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° Adjudicar el contrato de provisión del «Sistema de gestión informatizada del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, Consejo de la Magistratura, y Ministerio Público)», de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas y sus correspondientes Apéndices aprobados por Resolución N° 535/2000 y en la Oferta presentada en el Expediente N° 005/2001, a la Oferta N° 1, de la Unión Transitoria de Empresas (UTE) Desarrollo de Sistemas S.A. y Unitech S.A.

Artículo 2° Antes de la firma del Contrato, la adjudicataria UTE DDS SA-Unitech SA debe acreditar su aptitud fiscal para contratar y la constitución de la agrupación o unión transitoria de empresas, y todo otro recaudo que corresponda, conforme a los términos de Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas

Artículo 3° La Comisión de Informatización, creada por Resolución N° 535/2000 será la encargada de la certificación de avance de los trabajos hasta la recepción definitiva de la provisión del sistema.

Artículo 4° Notifíquese a las empresas oferentes N° 1 y N° 2 y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 5° Regístrese, comuníquese y remítase a la Dirección General de Ejecución Presupuestaria para su ejecución.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
Art 1 de la Res. 118-CMBA-01 aprueba la Contratación Directa con la UTE Desarrollo de Sistemas SA - Unitech SA - IURIX Ciudad, para la contratación anual del servicio de mantenimiento correctivo y adaptativo del software IURIX
INTEGRADA POR
Res. 18-CMBA-05 Integra Res. 118-CMBA-01 - Pago de facturas adeudadas.
REGLAMENTA
Art. 3 de Res. 118-CMBA-01 establece que la Comisión creada por Res. 535-CMBA-00, será la encargada de la certificación de avance de los trabajos hasta la recepción definitiva de la provisión del sistema
INTEGRA
Res. 118-CMBA-01 adjudica la provisión del Sist. Informático licitado mediante Res. 535-CMBA-00