DECRETO 1273 2008
Síntesis:
RATIFICACIÓN DE CONVENIOS - RATIFICA EL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CUSTODIA - GUARDA - SEGURIDAD Y TRASLADO DE LOS ARRESTADOS A DISPOSICIÓN DE LA JUSTICIA CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS DE LA CIUDAD
Publicación:
30/01/2009
Sanción:
30/10/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley 2506, la Resolución N° 592/08 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, el Convenio N° 8/GCBA/00 y el Expediente N° 6325/2008, y
CONSIDERANDO:
Que por Convenio N° 8/GCBA/00 de fecha 23/05/00 suscripto entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se acordó que el Servicio Penitenciario Federal tendrá a su cargo la custodia, guarda y seguridad de las personas arrestadas a disposición de la Justicia Contravencional, en los términos del artículo 7 de la Ley N° 24.588 y hasta tanto la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda contar con su propio cuerpo penitenciario;
Que por Resolución N° 592/08 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación de fecha 19/03/08 se dispuso la denuncia del Convenio de Cooperación entre los citados precedentemente, de fecha 23 de mayo de 2000;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, carece de un cuerpo penitenciario propio impidiendo ello el normal funcionamiento de la administración de justicia;
Que en consecuencia, resulta imprescindible dar solución transitoria a la circunstancia que genera la custodia, guarda, seguridad y traslado de los arrestados a disposición de la justicia contravencional y de faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto la Ciudad se muna de su propio cuerpo penitenciario;
Que en virtud de ello y en el marco de las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad en la Ley N° 2506 de Ministerios, entre las que se dispone la de âPlanificar, organizar, dirigir y controlar las estrategias, políticas y acciones relacionadas con la prevención, investigación de delitos y contravencionesâ (Artículo 17 inc.5), se estimó conveniente suscribir un nuevo Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre Custodia, guardia y seguridad de contraventores arrestados, por un plazo de UN (1) año con renovación automática, salvo manifestación en contrario expresada por cualquiera de las partes con una anticipación no menor a 60 (sesenta) días de su vencimiento;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde atento las atribuciones conferidas por la Ley N° 1218 (BOCBA N° 1850), mediante Dictamen N° 65080/08. Por ello, de conformidad con las atribuciones y facultades que le otorgan los artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo1°.- Ratifícase el Convenio de Cooperación suscripto el 30 de Julio de 2008 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN, representado por su titular, Dr. Aníbal Domingo Fernández por una parte y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, representado por el Señor Ministro de Justicia y Seguridad, Dr. Guillermo T. Montenegro por otra, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.