RESOLUCIÓN 4237 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DENIEGA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO INTERPUESTA POR LA FIRMA CE-GE-O S.A.

Publicación:

26/01/1999

Sanción:

22/10/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0077-CVD ex MCBA-97 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado la firma CE-GE-O S.A., conforme el régimen impuesto por el Decreto N° 225-GCBA-96, gestionó la verificación de un crédito por la suma de pesos dos millones doscientos cincuenta y un mil quinientos veintiséis con 47/100 ($ 2.251.526,47) en concepto de intereses por mora en el pago de certificaciones de obra relacionadas con la refacción del Pabellón Modelo del Hogar de Ancianos Dr. Guillermo Rawson;

Que la peticionante fue contratada, oportunamente, por la ex Municipalidad de Buenos Aires para la ejecución de los trabajos referidos, adjudicados a la misma por Decreto N° 4.359-MCBA-81;

Que posteriormente, y por Decreto N° 6.649-GCBA-90 se aprobó un Convenio de readecuación del Contrato original y prosecución de las obras;

Que en el trámite de la petición intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires la cual impuso a la solicitud el tramite pertinente;

Que produjeron sus informes las dependencias cuyas intervenciones fueron requeridas;

Que con fecha 7-3-97 la Dirección General de Contaduría hizo conocer la imposibilidad de registrar lo pretendido por la interesada, en virtud del carácter atribuido a la indicada acreencia;

Que la Resolución N° 932-SHyF-96 -fundamento de lo indicado precedentemente- aprobó el tenor de la documentación a presentar por quienes, bajo el amparo del Decreto N° 225-GCBA-96, ocurriesen en demanda del reconocimiento de créditos pendientes de pago por contrataciones celebradas con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires con anterioridad al 6-8-96;

Que en el formulario individualizado como Anexo I de la resolución antedicha -al impartirse por el Punto 11 del mismo las instrucciones para su confección- expresamente se señaló la imposibilidad de incluir el rubro intereses por moras en pagos dentro del monto a certificar, el cual solamente debía incluir conceptos básicos contractuales;

Que en virtud de lo expresado la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires interpretó que debería rechazarse lo gestionado por CE-GE-O S.A.;

Que tal decisión se formalizó por Acta del 24 de setiembre de 1998, satisfaciendo con ello su necesaria intervención prevista por el Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que en idéntico sentido se expidió la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires por Dictamen del 2 de junio de 1998 emitido en cumplimiento del Art. 8° de la mencionada normativa;

Que además del citado Organo Jurídico aconsejó la rescisión del Convenio oportunamente celebrado con la verificante de este Registro con las consecuencias establecidas en el Art. 1.14.1 de los pliegos que rigieron la contratación y del Art. 51 de la Ley N° 13.064, a la cual remiten dichos pliegos;

Que como fundamento del citado asesoramiento han sido merituados los informes técnicos aportados de los cuales surge la situación de paralización y virtual abandono de las obras;

Que como consecuencia de lo señalado correspondería, por el área competente, proyectarse el pertinente acto administrativo por el cual se formalice la necesaria rescisión contractual aconsejada;

Por ello, y conforme el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° No hacer lugar a la verificación de crédito interpuesta por CE-GE-O S.A., en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 2° Notifíquese a la interesada.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Botellín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y Contaduría. Cumplido, gírese a la Secretaría de Producción y Servicios a fin de su toma de conocimiento y competente intervención en el diligenciamiento de lo propuesto en el punto 2 del Apartado III del Dictamen de la Procuración General de Buenos Aires de fecha 2 de junio de 1998.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA